Respuesta de la AN a la iniciativa del Presidente ilegítimo a una supuesta Constituyente.



Un nuevo Acuerdo fija posición sobre la Constituyente.

El 2 de mayo, la Asamblea Nacional a través de un nuevo Acuerdo rechaza expresamente por inconstitucional la pretensión del Ejecutivo Nacional de convocar a una supuesta Asamblea Constituyente sin consultar al electorado venezolano a través de un proceso de referéndum con voto directo, universal y secreto.

Además, en el Acuerdo denunció y expresamente declaró que Nicolás Maduro Moros usurpa el poder del pueblo de Venezuela, depositario del poder constituyente originario al violar flagrantemente los artículos 5 y 347 de la Constitución.

Por último, alertó que la Constituyente responde a un Golpe de Estado continuado con una clara intención de disolver la República.

Argumentos jurídicos para el rechazo:

1.- Artículos 5 y 347 de la Constitución, en los cuales se establece que el constituyente originario es el pueblo, en quien reside intransferiblemente la soberanía.   La Asamblea Nacional en el Acuerdo recuerda que esta afirmación es un presupuesto del Estado y un principio fundamental de Derecho Constitucional.

Además, recuerda la Asamblea Nacional que esa soberanía se ejerce de dos formas:

-Directamente en la forma prevista en la Constitución o,
-Indirectamente, por los órganos que ejercen el Poder Público y por el voto.

2.- Principio de Universalidad del Sufragio.  Advierte la Asamblea Nacional que cualquier convocatoria a una Asamblea Nacional Constituyente debe preservar la universalidad del sufragio, por lo que estaría fuera de la Constitución la instalación de un órgano corporativo que fracture la soberanía con pretensiones de Asamblea Nacional Constituyente.

Argumentos políticos para el rechazo:

-Violación sistemática de la Constitución.   El Acuerdo destaca en uno de sus considerandos que desde hace más de 30 días hay protestas en la calle, exigiendo la celebración de elecciones y el respeto a la Constitución y a la Asamblea Nacional electa el 6 de diciembre de 2015 por catorce millones de electores, reiterando la Asamblea Nacional que esa situación de protesta y de reclamo es causada precisamente por las continuas violaciones al texto fundamental en que han incurrido e incurre el Ejecutivo Nacional, el Poder Judicial y el Poder Ciudadano.

Reclama la Asamblea Nacional se mantendrán firme en esa exigencia, a pesar de la brutal represión que ha dejado víctimas fatales. 

-Que hay una crisis que no puede ignorarse.  Recuerda la Asamblea Nacional que el problema actual es la crisis humanitaria, económica y social, cuyo responsable principal el gobierno a través de las erradas políticas del gobierno y la crisis de gobernabilidad.

En este sentido, la Asamblea reitera que la causa de la crisis es el gobierno de Nicolás Maduro Moros y no la Constitución.

Calificación de esta Convocatoria.

La Asamblea Nacional califica este proceso político de la siguiente manera:

-Es un fraude a la Constitución y una usurpación del Poder Originario que corresponde exclusivamente al pueblo, único sujeto político que podría convocar a una legítima Asamblea Nacional Constituyente, tal como lo establece inequívocamente el artículo 347 de la Constitución;

-Es la más reciente y grave materialización del golpe a la Constitución de un gobierno que se niega a respetar las reglas del Estado Democrático de Derecho y pretenden una vez más burlar la soberanía popular y hacen en tal sentido un llamado a defender la Constitución en base al artículo 333 de la Constitución.

Exigencias que hace el Acuerdo.

El Acuerdo en rechazo a la fraudulenta convocatoria de una supuesta Asamblea Constituyente no electa democráticamente y en defensa de la soberanía popular que reside intransferiblemente en el Pueblo, hace los siguientes llamados:

-Al Poder Electoral, al Tribunal Supremo de Justicia, al Poder Ciudadano y a todos los órganos del Poder Público que respeten la soberanía popular y que se abstengan de avalar la iniciativa fraudulenta de Nicolás Maduro Moros de convocar una Asamblea Constituyente sin una consulta al electorado que tenga como cauce de instrumentación el voto directo, universal y secreto de los venezolanos a través de un referéndum.

-A la Fuerza Armada Nacional, en todos sus componentes y estructuras, para que observen el artículo 333 de la Constitución y respeten de manera fiel el marco jurídico-institucional establecido en el Texto Fundamental, no atendiendo órdenes superiores que lesionen derechos humanos y menoscaben los principios fundamentales de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

Por último y no menos importante, el rol del Parlamento en esta crisis.

La Asamblea Nacional reitera su compromiso con la defensa de la Constitución y el restablecimiento de su efectiva vigencia, ante las decisiones del Ejecutivo Nacional de derogarla por mecanismos distintos a los previstos en ella.

En ese sentido, insiste como lo ha hecho en el pasado, en convocar a los venezolanos a cumplir con el mandato del artículo 333 de la Constitución como mecanismo de defensa del orden constitucional.

Por otro lado, reitera en el Acuerdo, que sus exigencias para la solución de la crisis son las contenidas en el “Manifiesto de la Asamblea Nacional como vocera del pueblo soberano para lograr restituir la democracia”, aprobado en sesión especial realizada el pasado día jueves 27 de abril de 2017, entre ellas la fijación del cronograma electoral para la celebración de elecciones libres, sin presos políticos ni inhabilitados.

Carlos Romero
6 de junio de 2017

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