Dos sentencias, una Sala Constitucional y un mismo fin político.
El 16 de mayo de 2017, la Sala Constitucional en su Sentencia 355, recordó que hay un nuevo paradigma de participación ciudadana desde la vigencia de la Constitución de 1999, a través del cual la participación no se condiciona al ejercicio del sufragio o la designación de representantes a cargos públicos de representación popular. La Sala Constitucional reconoce que el nuevo paradigma privilegia la participación ciudadana como un derecho general en el proceso de desarrollo económico y social, reivindicando el papel de los sujetos sociales en la formulación de políticas y programas de acción pública. La supuesta intervención efectiva de los ciudadanos en todos los ámbitos del acontecer nacional, que busca esa nueva concepción de participación, contrasta de manera radical con la realidad experimentada por la sociedad venezolana en el caso de la solicitud del referendo revocatorio, en el proceso de legalización de partidos políticos y ahora en la convocatoria unilateral de una