Ruptura del orden constitucional y desconocimiento al Ejecutivo Nacional




La Asamblea Nacional a través de sus Acuerdos ha venido expresando en palabras y dejando registro de la historia política que transcurre en la actualidad, llegando a decir aquello que muchos quieren decir, pero no se atreven, no saben cómo, no logran articular espacios para hacerlo o simplemente muchos esperan que sean otros lo que lo expresen.

Esos Acuerdos ponen en relieve que la única Asamblea Nacional desde 1999 se ha pronunciado oportuna y de manera decisiva contra un gobierno que simplemente pretende anularla.  Eso es importante destacarlo porque NO SE PUEDE PERMITIR que nos arrebaten la Asamblea Nacional, como hizo la Asamblea Nacional Constituyente con el Congreso de la República.

En los Acuerdos aprobados por la Asamblea Nacional se pueden encontrar argumentos políticos para rechazar cualquier intento de avanzar en un proceso constituyente, ignorando que desde mayo 2016 se ha venido produciendo un golpe de estado continuo.

Una mirada a aspectos importantes de varios Acuerdos:

Acuerdo exhortando al cumplimiento de la Constitución y sobre la responabilidad del Poder Ejecutvio Nacional, del TSJ y del CNE para la preservación de la Paz y ante el cambio democrático en Venezuela.  10 de mayo de 2016.

En ese Acuerdo, la Asamblea Nacional denunció:  ruptura del órden constitucional y democrático en Venezuela, por violación a las  disposiciones constitucionales por parte del Poder Ejecutivo Nacional, del Tribunal Supremo de Justicia y del Consejo Nacional Electoral.

Luego el 23 de octubre 2016 la declara formalmente, en el Acuerdo para la restitución del orden constitucional en Venezuela.

Retomando el Acuerdo del 10 de mayo de 2016, La Asamblea Nacional exhortó a los distintos actores del Poder Público para que cumplieran su labor.   

En cualquier asamblea o reunión, basta revisar esas exhortaciones y preguntarle a los asistentes si la misma fue o no atendida por la Asamblea Nacional y en base a la respuesta construir una conclusión que sería la narrativa de un argumento político en el cual se destaque la intencionalidad de acabar con la institucionalidad de la Constitución de 1999 y por ello llega a la Constituyente.

En ese Acuerdo, la AN expresamente eleva un llamado a los siguientes actores:

-Presidente de la República, la AN le instó a remover los obstáculos que impedían el diálogo.  Cuestionó al gobierno de pretender permanecer en el poder, lo cual calificó como una actitud irresponsable.

-A la Sala Constitucional le exigió ser intérpretes estrictos del texto constitucional.  Les instó a no incurrir en abusos en el ejercicio de la función jurisdiccional y que hicieran valer la independencia del Poder Judicial frente al gobieron de Nicolás Maduro.

-Al CNE le exigió condiciones favorables para el ejercicio del derecho fundamental a la participación política de los venezolanos.  Se exhortó al poder electoral actuar como órgano imparcial.

En ese Decreto de mayo de 2016 la Asamblea Nacional propuso al ejecutivo demostrar responsabilidad en el ejercicio del gobierno y a tal fin, propusieron:

  •  Liberación de presos ,
  • Ayuda humanitaria,
  • Abandone discurso de ofensa y de odio.
  • Construir agenda comun con país.

Una Agenda reconocida por todos los actores, y que debe repetirse una y otra vez, porque no puede una Constituyente venir e imponer una realidad sin atender las necesidades elementales de la sociedad que se han exigido en distintas oportunidades y por distintos actores, como en este caso la AN.

Acuerdo sobre el Rescate de la Democracia y la Constitución.  13 de octubre 2016.

En ese Acuerdo hay un principio que como argumento político y jurídico es importante destacar y recordar una y otra vez.

La supremacía constitucional no cede ante el autoritarismo del Poder Ejecutivo, ni ante la tergiversada interpretación  de sus normas por parte dre la Sala Constitucional, es una obligación el 333 de la Constitución.

Importante es señalar que en ese Acuerdo la Asamblea Nacional fijó una posición, que en cada oportunidad los ciudadanos deberíamos divulgar, anunciar y respaldar, porque es el único Poder legitimo y que ha dicho las cosas como son.  La posición que asumió en aquél momento, fue:

Desconocer la autoridad y vigencia de los actos del Poder Ejecutivo y de las sentencias del TSJ contrarias a los valores, princpios y garantías democráticos y lesionen los derechos funamentales.

El 350 de la Constitución puede soportarse en este Acuerdo para desconocer todo acto y toda sentencia que violente los valores, principios y garantías democráticos.

Dos exhortaciones hace la Asamblea Nacional en ese Acuerdo:

Nuevamente se dirige al CNE a exigir condiciones favorables al ejercicio de derechos políticos, garantizando su plena vigencia y efectividad.

Además, llama a la Fuerza Armada Nacional Bolivariana para que garanticen el ejercicio de los derechos políticos y el repesto de la volutnad del electorado, espeicalmente el referendo revocatorio y elecciones regionales y coadyuven al restablecimieno del Estado de Derecho.

Por último, se compromete en ese Acuerdo a:

Consultar y organizar a la sociedad venezolana para foverecer un gran movimiento cívico nacional en defensa de la Constitución de la democraica y el voto.

Acuerdo para la restitución del orden constitucional en Venezuela.  23 de octubre de 2016

En este Acuerdo la Asamblea Nacional declara la ruptura del orden constitucional y la existencia de un golpe de estado continuado cometido por el régimen de Nicolas Maduro contra la Constitución y el pueblo.

Se dirige a la Fuerza Armada Nacional Bolivariana y le exige no obedecer ni ejecutar ningún acto o decisión contraria a la Constiución.

Nuevamente se dirige a la sociedad organizada y convoca al pueblo a la defensa activa, constante y valiente de la Carta Magna, la democracia y el estado de derecho hasta lograr la restitución del orden constitucional

Y plantea en ese Acuerdo evaluar la situación constitucional del Presidente.

Acuerdo en rechazo a la ruptura del orden constitucional y a la permanencia de la situación de golpe d eestado en venezuela   5 de abril 2017

La Asamblea Nacional en ese texto, condena lo que calificó de violación generalizada y sistemática del orden constitucional y democrático en Vneenzuela y el golpe de estado comentdio lo cual se hav isto conformado por más de 50 sentencias inconstitucionales y agravado por las sentencias 155 y 156.
Acuerdo en rechazo a la ejcución continuada del golpe de estado y en condena a la represión, persecusición, torturas y otras violaciones a los derchos humanos de la población. 19 de abril 2017.

Se exhorta a las autoridades y funcionarios públicos a respetar la Constitución y garantizar la plena vigencia de los derechos fundamentales.

Claramente a lo largo de 4 Acuerdos desde mayo 2016 y hasta abril 2017, el mensaje de la Asamblea Nacional ha estado insistiendo en la ruptura del orden constitucional y democrático provocada por los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, a tal punto que llegó a desconocer la autoridad y vigencia de esos poderes cuando contrarian a los valores y principios constitucionales.

Ese mismo Poder Ejecutivo, pretende ahora manipular la Constitución para imponer una Constituyente, engañando a los ciudadanos y buscando ocuparlos en un debate que pretende dejar en un segundo nivel o restarle importancia a una realidad:   la ruptura del orden constitucional y democrático en el país.

Es ilegítimo convocar a una Constituyente, quien no respeta la Constitución y quien está a espaldas de la voluntad popular, por ello es inconstitucional también esa convocatoria porque no hay mecanismo alguno que logre incluir la voz del soberano, que es la misma voz que en el año 1999 aprobó la Constitución.

Como representantes del pueblo, la Asamblea Nacional, abrió el debate político sobre un tema nacional en el seno del espacio natural de los debates políticos y ha denunciado lo que hoy es más que evidente, el régimen está fuera de la Constitución.

 Carlos Romero Mendoza
29 de mayo de 2017

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