Algunas ideas para el Debate público que se plantea.
Giovanni Sartori nos advierte que
sabemos “demasiado poco sobre las
condiciones necesarias para conseguir la democracia posible”[1],
en este sentido, la Carta Democrática Interamericana a través de sus normas facilita
la identificación de algunas de esas condiciones, a saber:
Transparencia de las actividades
gubernamentales; probidad; responsabilidad de los gobiernos en la gestión
pública; respeto por los derechos sociales; libertad de expresión y de prensa;
la subordinación constitucional de todas las instituciones del Estado a la
autoridad civil legalmente constituida y el respeto al estado de derecho de
todas las entidades y sectores de la sociedad.
La Carta Democrática advierte la
necesidad de fortalecer a partidos y organizaciones políticas; así como también,
reconoce que los mecanismos plurales de participación ciudadana son esenciales
para el pleno y efectivo ejercicio de la democracia. La Carta Democrática Interamericana afirma
expresamente que la participación fortalece la democracia representativa.
Leopoldo López y otros dirigentes
políticos nacionales han hecho un llamado para abrir un debate político desde
cada rincón del país; por lo tanto, podría ser oportuno poner en la agenda de
ese debate el tema de la Libertad como garantía para el ejercicio del derecho ciudadano
a asociarse y a participar en los
asuntos públicos. Un tema que ha estado
pendiente desde el 2006 como consecuencia de la activación de los Consejos
Comunales.
Así como en el estado de Nuevo
León, México, el municipio San Pedro Garza García[2],
y en España, el Ayuntamiento de Villena[3]
en la Comunidad Valenciana, han facilitado recientemente espacios para que sus
vecinos logren conocer y debatir sobre el derecho a participar en los asuntos
locales, a los fines de reformar las normas locales existentes; la
relegitimación reciente del Poder Público Municipal resulta una oportunidad
para emular esa iniciativa y abrir legitimamente el debate planteado desde las
comunidades, directamente con los vecinos afectados, para impulsar algunas ordenanzas
que impulsen la libertad y la pluralidad en la participación ciudadana local.
La Constitución garantiza la
libre asociación para fines lícitos y la libre participación ciudadana en
asuntos públicos, por lo tanto, como norma Fundamental está por encima de todas
las demás leyes, en tal sentido garantiza a todos los ciudadanos que el
ejercicio efectivo de la soberanía popular no se circunscribe o se limita a los
órganos del Poder Popular.
La soberanía popular reside en el
pueblo quien la ejerce a través de los mecanismos que la propia Constitución
establece y mediante el sufragio. Por
lo tanto, un Cabildo Abierto o una Asamblea de Ciudadano, se convierten en
espacios constitucionales legítimos para el debate político sobre la Libertad en
el ejercicio de los derechos políticos de los ciudadanos y para la construcción
propuestas. A tal fin, las ordenanzas se convierten en herramientas jurídicas útiles
para la legitimidad y legalidad de los mecanismos que la constitución garantiza
para la participación.
Un debate de esta naturaleza
podría extenderse a dos temas adicionales: el primero es la recuperación de
importantes niveles de autonomía municipal y el segundo, la relación entre el
municipio y las comunas. El primero, exige
preguntarnos si realmente el municipio es el espacio idóneo para que el
ciudadano experimente la participación efectiva y de esa forma pueda
reencontrarse con el valor democracia.
El segundo tema, luego de reconocer
al municipio como actor esencial en la recuperación de la democracia,
permitiría desde el Municipio defender algo del orden constitucional perdido, a
través de la construcción de una propuesta alternativa que despoje del
contenido ideológico a las comunas y la transforme en un modelo con un contenido
adecuado y coherente al significado de esa palabra en otros países de América
Latina como Colombia, Argentina, etc...
Recientemente la viceministra de
participación comunal Rosalba Orozco, advertía que entre Municipio y Comuna no hay
conflicto de poderes, y reconocía la necesidad de que hubiera cooperación entre
ambas, pues según su criterio, el municipio es responsable de las políticas
macro y en tal sentido las comunas pueden cooperar y apoyar[4].
Una formula para aclarar esa
relación, podría ser esa propuesta alternativa, a través de la cual se impulse un nuevo modelo de comuna, libre de
ideología y vinculada directamente al Municipio; con una representación más
democrática a través de Juntas Parroquiales Comunales electas mediante votación
directa, secreta y universal.
Una propuesta así, realmente no
altera la realidad práctica, pues las parroquias hoy son demarcaciones
territoriales inútiles y las juntas parroquiales espacios de participación que han
quedado en el olvido; por lo tanto, no hay entidades locales efectivamente
desarrolladas en la base territorial del municipio y ello brinda la oportunidad
de crear una oferta que atraiga la atención a los temas esenciales de la democracia.
Carlos Romero Mendoza
[2] Municipio San Pedro Garza García. Consulta Pública. 17 de enero 2014. Online en: http://www.sanpedro.gob.mx/consultas/consultasPublicas.asp?#
[3]El periodico de villena. Primera reunión para la elaboración del
Reglamento Municipal de Participación Ciudadana de Villena. 17 de enero 2014.
Online en: http://www.elperiodicodevillena.com/noticia.asp?idnoticia=85724
[4]El Nacional. Parlamentos comunales dictarán normas de
convivencia. 13 de enero 2014. Online en: http://www.el-nacional.com/caracas/Parlamentos-comunales-dictaran-normas-convivencia_0_335966573.html