Formarán a comunidades en Municipio Sucre sobre el Contencioso Administrativo.

Este sábado 21 de mayo, el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), a través de la Sala Político Administrativa, sostendrá un primer encuentro con las comunidades organizadas del municipio Sucre del estado Miranda, con el fin de dictar charlas informativas en el marco del Programa de Difusión Nacional de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, publicada en Gaceta Oficial N° 39.447, del 16 de junio de 2010.

La jornada que se efectuará en la sede del Instituto Nacional de Transporte y Tránsito Terrestre (INTTT), ubicada en la California Norte, municipio Sucre, explicará la importancia que tiene el instrumento legal para que las Comunas, Consejos Comunales, y demás organizaciones del poder popular puedan ejercer sus derechos y reclamos frente a la “omisión, demora y deficiente prestación de servicios públicos”, previsto en dicha Ley.

Además, la Sala Político Administrativa del TSJ por medio de un calificado equipo de trabajo, impartirá conocimientos a las comunidades sobre los servicios públicos, su régimen legal, así como el contenido y alcance del reclamo por omisión, demora y deficiente prestación del servicio público, el cual se encuentra contemplado en la referida Ley.

Cabe destacar que los reclamos podrán ser gestionados por los Tribunales Móviles, el cual es uno de los proyectos bandera que adelanta el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) presidido por la magistrada Luisa Estella Morales Lamuño, cuyo fin es llevar la justicia a las comunidades; además de asegurar al justiciable la protección y tutela de sus derechos y garantías constitucionales.

Al mismo tiempo, el Tribunal Supremo de Justicia estará presente en otras entidades del País, con el fin de dar a conocer a los Jueces y Juezas, Consejos Comunales y cualquier otra organización del poder popular, los objetivos del nuevo instrumento jurídico frente a posibles demandas que presenten los ciudadanos o ciudadanas ante los Juzgados de Municipio por omisión, demora o deficiencia del por parte del ente prestador del servicio público.

Fuente:
Autor:
Prensa TSJ


Fecha de Publicación:
19/05/2011

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