La creación del Distrito Motor y el impulso del Poder Popular.
En días anteriores había destacado en un escrito la creación de una primera Comuna siguiendo los pasos previstos en la Ley Orgánica de Comunas, en esta oportunidad los medios de comunicación digital, dan cuenta de la creación de un Distrito Motor de Desarrollo, figura creada en la Ley Orgánica del Consejo Federal de Gobierno y desarrollada brevemente en el reglamento de esa ley.
Dos noticias quiero destacar en esta materia, la primera que habla de un futuro Distrito Motor de Desarrollo y otra que ya anuncia su creación con la justificación de recuperar la zona del Sur del Lago luego de los impactos sufridos por las intensas lluvias caídas en la zona.
La primera nota de prensa fechada el 18 de marzo de 2011 en el Diario El Periodiquito (1) anuncia que se evalúa la posibilidad de crear un Distrito Motor del Rio Apure, que se extienda por seis municipios de los estados Apure, Barinas y Guárico,
Esta nota de prensa permite leer que para el alcalde de Camaguán, José Vásquez, esta propuesta busca el aprovechamiento integral de las riquezas naturales y humanas de estos pueblos llaneros y su objetivo principal es fomentar actividades de carácter socio productivas en consonancia con el proceso revolucionario.
El Alcalde de Camagúan recuerda en la nota de prensa, que los municipios apureños de San Fernando, Biruaca y Achaguas así como los guariqueños de Camaguán y Guayabal junto a la jurisdicción barinesa de Arismendi cuentan con salida al Río Apure, y que todos están estratégicamente ubicados a menos de una hora entre sí, lo que es sumamente positivo. Mencionó que el proyecto tiene una gran viabilidad, que se incrementa con la construcción del Ferrocarril de Los Llanos, que atraviesa el centro del país hasta San Fernando, al igual que con la nueva geopolítica de la nación.
La segunda nota de prensa anuncia la creación formal de un Distrito Motor de Desarrollo para el Sur del Lago, y con fecha 25 de marzo El Universal (2) destaca la decisión del Presidente Chávez de crear esta figura para la reconstrucción de las comunidades Sur del Lago de Maracaibo, que han sido gravemente afectadas por las intensas lluvias que se registran en la entidad desde el pasado mes de octubre de 2010.
La información señala que para la creación de este Distrito Motor de Desarrollo el mandatario nacional aprobó un total de 450 millones 181 mil 99 bolívares con nueve céntimos para la ejecución del Plan de Reconstrucción y Reordenamiento del Sur del Lago de Maracaibo.
Registra la nota de prensa que el vicepresidente Elías Jaua explicó que: "la creación de este Distrito Motor de Desarrollo nos permitirá al Gobierno Nacional generar el ordenamiento territorial de toda esta región, y al mismo tiempo lograr el desarrollo económico y social de todo el Sur del Lago".
Se informa además en la nota de prensa, que el Decreto Reconstrucción y Reordenamiento del Sur del Lago de Maracaibo involucra a 17 municipios, de tres estados del país, que abarcan una Superficie de 1.057.942,40 hectáreas.
Los municipios son: Francisco Javier Pulgar, Jesús María Semprúm, Sucre, Colón y Catatumbo, estado Zulia; García Heiva, Panamericano y Samuel Darío Maldonado del Táchira; Alberto Adriani, Tulio Febres Cordero, Julio César Salas, Obispo Ramos de Lora y Caracciolo Parra Olmedo, estado Mérida; así como La Ceiba, Sucre, Bolívar y Monte Carmelo, estado Trujillo.
Tres aspectos deben llamarnos la atención de estas notas de prensa:
1. El Distrito Motor de Desarrollo se plantea como una organización política especial, que abarca varios Municipios que no pertenecen a un mismo Estado.
2. En el caso del Apure se habla de la propuesta como un aporte al proceso revolucionario y a la nueva geopolítica de la nación.
3. En el caso del Sur del Lago se habla de una estrategia para que el Gobierno pueda generar el ordenamiento territorial de toda esa región.
Por lo tanto hablamos de una figura que ha sido creada con las siguientes características:
1. Se trata de una unidad territorial decretada de manera discrecional por el Presidente, y que conforme a lo establecido en la Ley Orgánica del Consejo Federal de Gobierno y su reglamento, responde a un modelo de desarrollo sustentable, endógeno y socialista para la creación, consolidación y fortalecimiento del Poder Popular y de la estructura productiva socialista.
2. Esta creación implica la designación política de una autoridad única que será designado por el Presidente de la República.
3. Tienen el mismo diseño que las Comunas, en el sentido que el artículo 21 del Reglamento del Consejo Federal de Gobierno, prevé que se puede crear estos Distritos Motores de Desarrollo aún cuando no coincidan con los límites geográficos de un estado o municipio.
4. El artículo 22 del Reglamento de la Ley establece que tendrá además su propio Plan de Desarrollo Distrital.
En otras palabras, estamos ante otra figura cuya implantación va modificando poco a poco y sigilosamente la ordenación del territorio nacional, imponiendo autoridades políticas y un plan de desarrollo con recursos propios que por su origen en el Ejecutivo Nacional, van imponiendo un marcado diseño centralista y se va alejando del diseño del Estado Federal y Descentralizado previsto en la Constitución.
Carlos Romero