La Comisión del Poder Popular y Medios de Comunicación en la AN y su labor de monitoreo.

Con fecha 25 de enero de 2011, el portal web de la Asamblea Nacional informa que la Comisión del Poder Popular y Medios de Comunicación tendrá dentro de sus competencias hacer el seguimiento del bloque de leyes del Poder Popular, con la finalidad de estudiar su comportamiento en la práctica; para tal fin se prevé la designación de comisiones de seguimiento.

Otro aspecto que estará interrelacionado con la aplicación de las cinco leyes aprobadas el pasado año es el desarrollo del concepto del pueblo legislador, así está establecido en la Misión de la instancia legislativa, y al respecto le corresponderá establecer las metodologías y las funciones de trabajo en las Comunas.

Se trata de desarrollar los mecanismos de participación ciudadana y de promover el rol protagónico de los ciudadanos y ciudadanas en el impulso del Poder Popular, de acuerdo con lo que establece el Reglamento Interior y de Debates en su artículo 39.

También estudiará, investigará y propondrá la materia legislativa correspondiente al desarrollo de las telecomunicaciones, los medios de comunicación social, la libertad de expresión y el derecho a la información veraz y oportuna.

Leyes del Poder Popular

El informe anual de la Comisión de Participación Ciudadana, ahora Comisión del Poder Popular y Medios de Comunicación, señala que la instancia parlamentaria aprobó la Ley Orgánica del Poder Popular, Ley Orgánica de las Comunas, Ley Orgánica de Planificación Pública Popular, Ley Orgánica de Contraloría Social y la Ley Orgánica del Sistema Económico Comunal.

En tal sentido, la Ley de las Comunas establece el ejercicio directo de gobierno por parte del pueblo, la cual establece las funciones del Banco de las Comunas, que tiene por objeto garantizar la gestión y administración de los recursos financieros y no financieros que le sean asignados.

La Ley de Planificación Pública Popular tiene como ámbito de aplicación los institutos, órganos y entes públicos, las sociedades mercantiles y de propiedad estatal, fundaciones, asociaciones civiles y demás personas jurídicas con o sin fines empresariales.

La Ley Orgánica del Poder Popular contempla todo lo relativo a la participación directa de las comunidades en la Gestión Pública, y desarrolla el contenido del artículo 5 de la Constitución vigente.

De acuerdo con lo que establece el nuevo Reglamento, la instancia parlamentaria se manejará de acuerdo con la Visión de consenso y credibilidad ante las instituciones del pueblo organizado.

Cabe destacar que en la Presidencia de la Comisión Permanente del Poder Popular y Medios de Comunicación fue designado el diputado Darío Vivas (PSUV) mientras que en la Vicepresidencia fue designada la diputada Érica Farías (PSUV). Está previsto que este jueves, en la sesión plenaria de la Asamblea Nacional, se conocerán los nombres de los demás integrantes de la instancia.

Fuente:
http://www.asambleanacional.gov.ve/index.php?option=com_content&view=article&id=29103:comision-del-poder-popular-y-medios-hara-monitoreo-de-leyes&Itemid=50

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