Aprobada en segunda discusión reforma a la Ley de Sistema Nacional de Juventud.
Con fecha 22 de septiembre de 2009, la web de la Asamblea Nacional, informa sobre la aprobación en segunda discusión la Ley de Reforma Parcial de la Ley Nacional de Juventud, ordenando su remisión a la Comisión de Familia, Mujer y Juventud, a los fines de elaborar el informe final para la sanción definitiva por parte del Parlamento de esta normativa.
La nota de prensa destaca que la reforma de la Ley Nacional de la Juventud implica, ampliar y profundizar la institucionalidad juvenil del Estado y la sociedad, de acuerdo al principio de corresponsabilidad, resaltando que se busca procurar la protección del desarrollo integral de los jóvenes, regulando sus deberes y derechos a fin de otorgar las condiciones pertinentes para su efectiva incorporación hacia la vida adulta productiva.
Crea las siguientes instancias:
El Consejo Interinstitucional del Poder Popular de la Juventud como organismo asesor y consultivo del Instituto Nacional del Poder Popular de la Juventud, a los fines de cumplir funciones de armonización y articulación con los Poderes Públicos, con el Consejo del Poder Popular de la Juventud y con instituciones privadas, pudiéndose reunir hasta tres veces al año o cuando el órgano rector lo considere pertinente, donde las decisiones serán tomadas por consenso.
El Consejo Nacional del Poder Popular de la Juventud, como máxima representación del protagonismo juvenil, con facultades para representar y garantizar la participación de los jóvenes y las jóvenes en el diseño, seguimiento y evaluación de políticas, planes y programas en el área.
De de igual modo se crean los Consejos del Popular a nivel comunal, parroquial, municipal, de circuito, estadal y nacional.
La reforma, al igual que la ley vigente incluye ,por supuesto, normas que establecen las garantías para su capacitación, primer empleo y su participación en el proceso de desarrollo nacional mediante políticas públicas del Estado con la participación solidaria de la familia y de la comunidad organizada.
La nota de prensa destaca que la reforma de la Ley Nacional de la Juventud implica, ampliar y profundizar la institucionalidad juvenil del Estado y la sociedad, de acuerdo al principio de corresponsabilidad, resaltando que se busca procurar la protección del desarrollo integral de los jóvenes, regulando sus deberes y derechos a fin de otorgar las condiciones pertinentes para su efectiva incorporación hacia la vida adulta productiva.
Crea las siguientes instancias:
El Consejo Interinstitucional del Poder Popular de la Juventud como organismo asesor y consultivo del Instituto Nacional del Poder Popular de la Juventud, a los fines de cumplir funciones de armonización y articulación con los Poderes Públicos, con el Consejo del Poder Popular de la Juventud y con instituciones privadas, pudiéndose reunir hasta tres veces al año o cuando el órgano rector lo considere pertinente, donde las decisiones serán tomadas por consenso.
El Consejo Nacional del Poder Popular de la Juventud, como máxima representación del protagonismo juvenil, con facultades para representar y garantizar la participación de los jóvenes y las jóvenes en el diseño, seguimiento y evaluación de políticas, planes y programas en el área.
De de igual modo se crean los Consejos del Popular a nivel comunal, parroquial, municipal, de circuito, estadal y nacional.
La reforma, al igual que la ley vigente incluye ,por supuesto, normas que establecen las garantías para su capacitación, primer empleo y su participación en el proceso de desarrollo nacional mediante políticas públicas del Estado con la participación solidaria de la familia y de la comunidad organizada.
Para conocer la ley vigente, pueden acudir al siguiente registro en este blog de fecha viernes 20 de junio de 2008, bajo el título de:
Conociendo la vigente Ley Nacional de Juventud.
Conociendo la vigente Ley Nacional de Juventud.