Partidos opinan sobre la Ley de Procesos Electorales aprobada en primera discusión.
CARLOS ESCARRÁ. DIPUTADO ASAMBLEA NACIONAL.
27 de mayo 2009. El diario de Yaracuy:
“La reforma constitucional, en relación con la Ley de Procesos Electorales, se orienta hacia la concepción de lo que es el acto comicial, al respeto de la soberanía popular, el incremento de las vocerías nominales por sobre los sistemas de listas establece sistemas para que los instrumentos de votación estén junto a la comunidad, entre otras cosas”.
“Teníamos un sistema perverso, con el que personas que no tenían la mayoría, eventualmente por un sistema electoral montado en la cuarta república, podían ejercer cargos representación popular. Parte de esta reforma, que es lo que le está doliendo a mucha gente, es que, precisamente, queremos que se respete la voluntad popular”.
“Lo que se quiere ahora es llevar el proceso electoral a donde está la gente, ya que nosotros previmos en la constitución de 1999 que el voto es un derecho y no un deber como era antes, precisamente tenemos que facilitar el ejercicio del derecho, es parte de la responsabilidad del estado."
Puntos que sobre el Proyecto de Ley destaca la nota publicada en El Diario Yaracuy:
1. Las definiciones, referidas al artículo 2, sobre lo que debe ser un proceso electoral, se establece que ante todo es un proceso político, técnico.
2. El artículo 7, en el que se establece el sistema paralelo, y el artículo 11 significa que ahora van a existir más circuitos, la gente se medirá en su circuito y el que tenga más votos ganará.
3. “Eso del sistema de lista, mediante el cual se permite la elección de diputados que resultan ser los más flojos, porque no están involucrados con su comunidad. En adelante con la reforma a la ley van a entrar sólo dos diputados lista”.
Fuente: http://www.eldiariodeyaracuy.com/index.php/politica/45-politica/24511-ley-de-procesos-electorales-garantiza-la-voluntad-popular
Juan Carlos Caldera. Primero Justicia.
23 de mayo 2009. Web del partido político:
Denuncia el dirigente nacional que en el proyecto de Ley Orgánica de Procesos Electorales aprobado en primera discusión desaparece el principio de representación proporcional establecido en el artículo 63 de la Constitución Nacional y que en el mismo se cercena la posibilidad de tener distintas visiones en el seno de la Asamblea Nacional.
En la nota de prensa se puede leer la siguiente explicación que hace el secretario político sobre este tema:
El principio de representación proporcional permite que si una fuerza política logra alcanzar 40% de los votos, en esa misma proporción, obtendrá el número de puestos en los cargos postulados.
“Lo que pasa con esta ley, es que si un partido o alianza electoral obtiene el 40% de los votos pudiese solamente ser representado por el 10% de los cargos, es decir, esta es una ley que castiga al pueblo porque no va a tener representación de las distintas fuerzas políticas y excluye a quienes piensan distinto a la mayoría”.
Además, el dirigente exige a la Asamblea Nacional que las próximas elecciones parlamentarias programadas para el 2010 se realicen bajo los parámetros de la ley vigente y sean esos nuevos diputados los encargados de de debatir la nueva ley de procesos electorales.
Algunas de las fallas que destaca el dirigente sobre este proyecto de ley debatido en la Asamblea Nacional:
-El proyecto guarda “silencio” sobre el uso y disposición de los recursos del estado para la realización de campañas electorales y la utilización de los medios de comunicación.
-No se especifica la presencia de los observadores internacionales y nacionales, figuras que, según Caldera, han alcanzado cada día mayor impulso dentro de los procesos electorales en el mundo.
-Los testigos electorales, presentes en cada una de las etapas del proceso electoral y que da representación a las alianzas políticas participantes, es otro punto que no está estipulado de manera clara dentro de lo establecido en el proyecto de ley.
-No se estipula, como en la normativa vigente, los lapsos para la convocatoria de los procesos de votación y sobre la duración de las campañas electorales.
Y finaliza su declaración afirmando:
“Esta ley es como una plastilina porque permite que el Consejo Nacional Electoral convoque los procesos electorales a conveniencia del que manda en Miraflores”.
Fuente: http://www.primerojusticia.org.ve/noticias.php?ID_NOTICIA=358
AD. Angel Medina, Secretario Juvenil de Acción Democrática:
26/05/2009. El Universal
El Gobierno tiene "un miedo terrible" a enfrentarse con la oposición y que la nueva norma "no busca democracia sino control del poder".
"Hemos visto cómo el Gobierno ha venido creando las condiciones legales e institucionales para que la contienda electoral en Venezuela sea cada vez menos equitativa".
Medina recordó que es el gobierno de Hugo Chávez el que promovió la aplicación de las morochas, un modelo que "violenta el derecho de representación proporcional", y el que ha utilizado ingentes recursos del Estado para favorecer su opción en los dos últimos procesos electorales.
Fuente: http://eluniversal.com/2009/05/26/pol_apo_gobierno-teme-medir_1404889.shtml
COPEI. Wilfredo Feo Kriscke. Secretario de Profesionales y Técnicos de Copei.
15 DE MAYO DE 2009. El Universal.
"Es realmente preocupante la modificación planteada en relación a la observación tanto de los testigos de los partidos políticos como de los observadores internacionales. De aprobarse lo que contempla el artículo que regula este aspecto, se estaría retrocediendo e impidiendo una mayor garantía de pulcritud del proceso".
Para este dirigente de COPEI, esta ley debe ser ampliamente debatida, porque en los últimos meses la AN ha aprobado leyes sin debatirlas ampliamente, respondiendo a la línea partidista y a los designios del “gran jefe”.
Fuente:
http://www.eluniversal.com/2009/05/15/pol_ava_copei:-nueva-ley-ele_15A2331203.shtml
http://www.cadenaglobal.com/noticias/default.asp?Not=215149&Sec=5
Sumate: Dashiell López
27 de mayo en El Nacional:
“Es el reconocimiento y la legalización de todas las irregularidades que en los últimos años ha venido permitiendo y cometiendo el Consejo Nacional Electoral".
El instrumento "constituye una amenaza más al derecho a elegir de los venezolanos" y representa un claro "retroceso en relación con la actual Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política".
Observaciones que se formulan:
-Destaca la eliminación de la "autonomía de las Mesas de Votación", al señalar que "mientras en el centro de votación permanezcan electores por sufragar se mantendrá abierto el centro de votación..." (artículo 69), lo que también retrasaría los procesos de escrutinio y auditoría de las mesas de votación".
-El CNE también tendría la potestad de conformar, nuclear, y establecer la hora de apertura y cierre de las mesas electorales (artículo 79).
-Los funcionarios que aspiren a la reelección se mantengan en sus cargos durante todo el proceso comicial.
-No se contempla la observación nacional e internacional,
-Se deja a discreción del CNE la elaboración de 10 reglamentos de aspectos fundamentales sobre las elecciones, con lo cual se le estaría dando mayor peso a normativas futuras y permitirían el constante cambio en las reglas de juego para cada elección
El 15 de mayo Súmate objetó las declaraciones de autoridades del Consejo Nacional Electoral y aseguró que dicho órganismo " hace ver que la discusión de la ley justificaría la omisión en la convocatoria de las elecciones pendientes" y advirtió que "este intento de confundir a la opinión pública deja en evidencia nuevamente la falta de transparencia del organismo comicial".
Consideró súmate en su declaración del 15 de mayo que es "errada" la argumentación de postergación de todas las elecciones aplicando lo dispuesto en el artículo 298 de la Constitución Nacional, que impide que, una vez convocado un proceso electoral, con seis meses de anticipación, no podrán modificarse las leyes electorales y, por lo tanto, deberán regirse por la normativa vigente para ese momento.
Además, explicó que el propósito del artículo 298 de la Constitución es otorgarle seguridad jurídica a los electores, partidos políticos y candidatos sobre la normativa con la cual concurrirán a tales elecciones, y que la misma no sea modificada para un proceso ya en curso.
A juicio de Súmate, mientras no sea sancionada una nueva ley de procesos electorales y no sean derogadas las actuales, según lo establecido en el artículo 218 de la Constitución de la República, siguen plenamente vigentes la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política (LOSPP) de 1998, el Estatuto Electoral del Poder Público, así como las normas generales y transitorias que sobre los procesos electorales estén contenidas dentro de la Ley Orgánica del Poder Electoral, la Ley Orgánica del Poder Público Municipal, la Ley de Partidos Políticos, Reuniones Públicas y Manifestaciones, la Ley sobre el Régimen del Distrito Metropolitano de Caracas, la Ley sobre Elección y Remoción de los Gobernadores de Estados y las normativas que con carácter general y reglamentario ha dictado el CNE para regular elecciones y referendos no previstos en la LOSPP.
Otra de las observaciones tiene que ver al proyecto de Ley de Procesos Electorales, tiene que ver con el principio de representación proporcional en los cuerpos colegiados, el cual, sostiene Súmate, ha venido siendo vulnerado a través de técnicas de postulación fraudulentas tales como la oferta electoral a través de "morochas", "las alianzas perfectas" y cualquier otro mecanismo que busque desvincular el principio de la representación proporcional en la adjudicación de la totalidad de los escaños, tanto los obtenidos por votos nominales y votos lista.
Fuente:
http://www.el-nacional.com/www/site/p_contenido.php?q=nodo/82934/Nacional/S%C3%BAmate:-Proyecto-de-Ley-de-Procesos-Electorales-legaliza-irregularidades-del-CNE
http://el-nacional.com/www/site/p_contenido.php?q=nodo/81591/Nacional/S%C3%BAmate:-Discusi%C3%B3n-de-proyecto-de-ley-no-justifica-diferir-las-elecciones
http://www.sumate.org/Noticias/NPS/2009/282.html
http://www.entornointeligente.com/resumen/resumen.php?items=870689
http://diariodelosandes.com/content/view/80173/105693/
UNT. Dirigentes Vicente Bello y Enrique Márquez:
15/05/2009
El proyecto de Ley Orgánica de Procesos Electorales vulnera los derechos humanos de los venezolanos, particularmente los civiles y políticos, al mantener el sistema de las tarjetas "morochas", que en la práctica dejan sin representación en un cuerpo deliberante a cualquier grupo político, aunque éste obtenga hasta 15% de los sufragios válidos emitidos. El texto aprobado en primera discusión no recogió ninguna de las recomendaciones presentadas por la Organización de Estados Americanos (OEA), la Unión Europea (UE) y el Centro Carter, durante las sucesivas oportunidades, entre 2004 y 2006, en las cuales actuaron como observadores de los comicios.
El CNE "desperdició la posibilidad de establecer condiciones de equidad en la competencia electoral" y que, comparativamente con las reformas legislativas de los años 1983, 88, 92 y 97, "este es el proyecto más pobre y más atrasado desde el punto de vista legislativo". "Hemos visto con tristeza la calidad del proyecto elaborado teniendo tantas posibilidades. Hoy se está generando un retroceso tanto en la calidad como en los derechos de todas las organizaciones políticas".
Lamentó que pese a existir expertos electorales en las universidades nacionales, como la Central de Venezuela, de Carabobo y la del Zulia, ninguna de sus recomendaciones fueron incorporadas en el proyecto.
Sobre la suspensión de las elecciones, opinó UNT:
Bello comentó declaraciones del rector suplente Levy Alter Valero, que estimó "muy peligrosas", según las cuales mientras el Parlamento no sancione la nueva Ley Electoral se suspendería la realización de cualquier proceso comicial.
Si bien aclaró que no existe ninguna norma que sustente la opinión de Alter, Bello dijo que preocupa que la AN ha apelado a "innovaciones legislativas" para ejecutar medidas inconstitucionales. Señaló que la tesis expuesta por Levy Alter podría poner en peligro la realización de las elecciones de concejales y juntas parroquiales, ya diferidas este año, y hasta la elecciones para la elección de la AN correspondientes al 2010.
"Es un mandato constitucional. Toda nueva Ley Electoral tiene que aprobarse seis meses antes de la convocatoria de cualquier proceso. Si eso llegara a materializarse estaríamos ante una situación muy compleja".
Sobre la representación proporcional:
Además de la vulneración del artículo 63, sobre la representación proporcional, el CNE desoyó todas las recomendaciones para el control eficiente sobre el uso de los recursos del Estado en las campañas. "Esa es una propuesta específica contenida en el informe final de la Unión Europea para que durante la campaña la propaganda institucional para la promoción de obras públicas no contenga nombres ni símbolos de ningún candidato", dijo.
También el proyecto desmejora las condiciones para la integración de las juntas electorales y mesas de votación, puesto que ya no será requisito tener educación superior, sino que se sortearán los miembros de la totalidad del padrón. Tampoco se prevén medidas para modernizar el sistema de expedición de cédulas e impedir falsificación.
Fuente: http://politica.eluniversal.com/2009/05/15/pol_art_proyecto-de-ley-ele_1389079.shtml
UNT Delsa solorzano:
26/05/2009. UNION RADIO.
"La opinión del órgano electoral está siendo violada. La iniciativa de este tipo de ley le corresponde sólo al Consejo nacional Electoral, quien presenta su propuesta a la Asamblea Nacional y ésta, a su vez, debe abrir el proceso de discusión para su aprobación".
"Es en segunda discusión cuando los señores diputados pueden hacer los cambios que consideren necesarios al proyecto; pero qué hizo el poder legislativo, ni siquiera debatió sobre el proyecto presentado por el ente electoral, sino que en la primera discusión aprueban una ley totalmente distinta a la presentada”.Entre las observaciones al proyecto de ley aprobada en primera discusión, señala:
-Incumplimiento de todo lo referido al Sistema de Representación Proporcional de las Minorías establecido también en la Constitución, “inventando algo que el oficialismo llama, Sistema Paralelo”, que según expresa Solórzano, le proporciona la CNE “la potestad absoluta de redistribuir los circuitos electorales a libre albedrío y conveniencia del oficialismo, y con ello indiscutiblemente se viola el Sistema Proporcional de las Minorías”.
-Se vulnerar la voluntad popular, quebranta el principio legal que tiene de cumplir con el trámite de discutir la propuesta presentada por el CNE, “burlándose así también del Organismo electoral.
-Deja potestad absoluta al CNE para que vía reglamentaria luego él pueda decidir lo que le de la gana, lo cual genera una enorme inseguridad jurídica en materia electoral”.
-De ser aprobada la Ley, el país contará con entes legislativos donde la minoría no estarán representadas y quien salga favorecido en alguna elección “se lo llevará todo”.
Fuente: http://www.unionradio.net/actualidad/?NewsId=12734
27 de mayo 2009. El diario de Yaracuy:
“La reforma constitucional, en relación con la Ley de Procesos Electorales, se orienta hacia la concepción de lo que es el acto comicial, al respeto de la soberanía popular, el incremento de las vocerías nominales por sobre los sistemas de listas establece sistemas para que los instrumentos de votación estén junto a la comunidad, entre otras cosas”.
“Teníamos un sistema perverso, con el que personas que no tenían la mayoría, eventualmente por un sistema electoral montado en la cuarta república, podían ejercer cargos representación popular. Parte de esta reforma, que es lo que le está doliendo a mucha gente, es que, precisamente, queremos que se respete la voluntad popular”.
“Lo que se quiere ahora es llevar el proceso electoral a donde está la gente, ya que nosotros previmos en la constitución de 1999 que el voto es un derecho y no un deber como era antes, precisamente tenemos que facilitar el ejercicio del derecho, es parte de la responsabilidad del estado."
Puntos que sobre el Proyecto de Ley destaca la nota publicada en El Diario Yaracuy:
1. Las definiciones, referidas al artículo 2, sobre lo que debe ser un proceso electoral, se establece que ante todo es un proceso político, técnico.
2. El artículo 7, en el que se establece el sistema paralelo, y el artículo 11 significa que ahora van a existir más circuitos, la gente se medirá en su circuito y el que tenga más votos ganará.
3. “Eso del sistema de lista, mediante el cual se permite la elección de diputados que resultan ser los más flojos, porque no están involucrados con su comunidad. En adelante con la reforma a la ley van a entrar sólo dos diputados lista”.
Fuente: http://www.eldiariodeyaracuy.com/index.php/politica/45-politica/24511-ley-de-procesos-electorales-garantiza-la-voluntad-popular
Juan Carlos Caldera. Primero Justicia.
23 de mayo 2009. Web del partido político:
Denuncia el dirigente nacional que en el proyecto de Ley Orgánica de Procesos Electorales aprobado en primera discusión desaparece el principio de representación proporcional establecido en el artículo 63 de la Constitución Nacional y que en el mismo se cercena la posibilidad de tener distintas visiones en el seno de la Asamblea Nacional.
En la nota de prensa se puede leer la siguiente explicación que hace el secretario político sobre este tema:
El principio de representación proporcional permite que si una fuerza política logra alcanzar 40% de los votos, en esa misma proporción, obtendrá el número de puestos en los cargos postulados.
“Lo que pasa con esta ley, es que si un partido o alianza electoral obtiene el 40% de los votos pudiese solamente ser representado por el 10% de los cargos, es decir, esta es una ley que castiga al pueblo porque no va a tener representación de las distintas fuerzas políticas y excluye a quienes piensan distinto a la mayoría”.
Además, el dirigente exige a la Asamblea Nacional que las próximas elecciones parlamentarias programadas para el 2010 se realicen bajo los parámetros de la ley vigente y sean esos nuevos diputados los encargados de de debatir la nueva ley de procesos electorales.
Algunas de las fallas que destaca el dirigente sobre este proyecto de ley debatido en la Asamblea Nacional:
-El proyecto guarda “silencio” sobre el uso y disposición de los recursos del estado para la realización de campañas electorales y la utilización de los medios de comunicación.
-No se especifica la presencia de los observadores internacionales y nacionales, figuras que, según Caldera, han alcanzado cada día mayor impulso dentro de los procesos electorales en el mundo.
-Los testigos electorales, presentes en cada una de las etapas del proceso electoral y que da representación a las alianzas políticas participantes, es otro punto que no está estipulado de manera clara dentro de lo establecido en el proyecto de ley.
-No se estipula, como en la normativa vigente, los lapsos para la convocatoria de los procesos de votación y sobre la duración de las campañas electorales.
Y finaliza su declaración afirmando:
“Esta ley es como una plastilina porque permite que el Consejo Nacional Electoral convoque los procesos electorales a conveniencia del que manda en Miraflores”.
Fuente: http://www.primerojusticia.org.ve/noticias.php?ID_NOTICIA=358
AD. Angel Medina, Secretario Juvenil de Acción Democrática:
26/05/2009. El Universal
El Gobierno tiene "un miedo terrible" a enfrentarse con la oposición y que la nueva norma "no busca democracia sino control del poder".
"Hemos visto cómo el Gobierno ha venido creando las condiciones legales e institucionales para que la contienda electoral en Venezuela sea cada vez menos equitativa".
Medina recordó que es el gobierno de Hugo Chávez el que promovió la aplicación de las morochas, un modelo que "violenta el derecho de representación proporcional", y el que ha utilizado ingentes recursos del Estado para favorecer su opción en los dos últimos procesos electorales.
Fuente: http://eluniversal.com/2009/05/26/pol_apo_gobierno-teme-medir_1404889.shtml
COPEI. Wilfredo Feo Kriscke. Secretario de Profesionales y Técnicos de Copei.
15 DE MAYO DE 2009. El Universal.
"Es realmente preocupante la modificación planteada en relación a la observación tanto de los testigos de los partidos políticos como de los observadores internacionales. De aprobarse lo que contempla el artículo que regula este aspecto, se estaría retrocediendo e impidiendo una mayor garantía de pulcritud del proceso".
Para este dirigente de COPEI, esta ley debe ser ampliamente debatida, porque en los últimos meses la AN ha aprobado leyes sin debatirlas ampliamente, respondiendo a la línea partidista y a los designios del “gran jefe”.
Fuente:
http://www.eluniversal.com/2009/05/15/pol_ava_copei:-nueva-ley-ele_15A2331203.shtml
http://www.cadenaglobal.com/noticias/default.asp?Not=215149&Sec=5
Sumate: Dashiell López
27 de mayo en El Nacional:
“Es el reconocimiento y la legalización de todas las irregularidades que en los últimos años ha venido permitiendo y cometiendo el Consejo Nacional Electoral".
El instrumento "constituye una amenaza más al derecho a elegir de los venezolanos" y representa un claro "retroceso en relación con la actual Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política".
Observaciones que se formulan:
-Destaca la eliminación de la "autonomía de las Mesas de Votación", al señalar que "mientras en el centro de votación permanezcan electores por sufragar se mantendrá abierto el centro de votación..." (artículo 69), lo que también retrasaría los procesos de escrutinio y auditoría de las mesas de votación".
-El CNE también tendría la potestad de conformar, nuclear, y establecer la hora de apertura y cierre de las mesas electorales (artículo 79).
-Los funcionarios que aspiren a la reelección se mantengan en sus cargos durante todo el proceso comicial.
-No se contempla la observación nacional e internacional,
-Se deja a discreción del CNE la elaboración de 10 reglamentos de aspectos fundamentales sobre las elecciones, con lo cual se le estaría dando mayor peso a normativas futuras y permitirían el constante cambio en las reglas de juego para cada elección
El 15 de mayo Súmate objetó las declaraciones de autoridades del Consejo Nacional Electoral y aseguró que dicho órganismo " hace ver que la discusión de la ley justificaría la omisión en la convocatoria de las elecciones pendientes" y advirtió que "este intento de confundir a la opinión pública deja en evidencia nuevamente la falta de transparencia del organismo comicial".
Consideró súmate en su declaración del 15 de mayo que es "errada" la argumentación de postergación de todas las elecciones aplicando lo dispuesto en el artículo 298 de la Constitución Nacional, que impide que, una vez convocado un proceso electoral, con seis meses de anticipación, no podrán modificarse las leyes electorales y, por lo tanto, deberán regirse por la normativa vigente para ese momento.
Además, explicó que el propósito del artículo 298 de la Constitución es otorgarle seguridad jurídica a los electores, partidos políticos y candidatos sobre la normativa con la cual concurrirán a tales elecciones, y que la misma no sea modificada para un proceso ya en curso.
A juicio de Súmate, mientras no sea sancionada una nueva ley de procesos electorales y no sean derogadas las actuales, según lo establecido en el artículo 218 de la Constitución de la República, siguen plenamente vigentes la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política (LOSPP) de 1998, el Estatuto Electoral del Poder Público, así como las normas generales y transitorias que sobre los procesos electorales estén contenidas dentro de la Ley Orgánica del Poder Electoral, la Ley Orgánica del Poder Público Municipal, la Ley de Partidos Políticos, Reuniones Públicas y Manifestaciones, la Ley sobre el Régimen del Distrito Metropolitano de Caracas, la Ley sobre Elección y Remoción de los Gobernadores de Estados y las normativas que con carácter general y reglamentario ha dictado el CNE para regular elecciones y referendos no previstos en la LOSPP.
Otra de las observaciones tiene que ver al proyecto de Ley de Procesos Electorales, tiene que ver con el principio de representación proporcional en los cuerpos colegiados, el cual, sostiene Súmate, ha venido siendo vulnerado a través de técnicas de postulación fraudulentas tales como la oferta electoral a través de "morochas", "las alianzas perfectas" y cualquier otro mecanismo que busque desvincular el principio de la representación proporcional en la adjudicación de la totalidad de los escaños, tanto los obtenidos por votos nominales y votos lista.
Fuente:
http://www.el-nacional.com/www/site/p_contenido.php?q=nodo/82934/Nacional/S%C3%BAmate:-Proyecto-de-Ley-de-Procesos-Electorales-legaliza-irregularidades-del-CNE
http://el-nacional.com/www/site/p_contenido.php?q=nodo/81591/Nacional/S%C3%BAmate:-Discusi%C3%B3n-de-proyecto-de-ley-no-justifica-diferir-las-elecciones
http://www.sumate.org/Noticias/NPS/2009/282.html
http://www.entornointeligente.com/resumen/resumen.php?items=870689
http://diariodelosandes.com/content/view/80173/105693/
UNT. Dirigentes Vicente Bello y Enrique Márquez:
15/05/2009
El proyecto de Ley Orgánica de Procesos Electorales vulnera los derechos humanos de los venezolanos, particularmente los civiles y políticos, al mantener el sistema de las tarjetas "morochas", que en la práctica dejan sin representación en un cuerpo deliberante a cualquier grupo político, aunque éste obtenga hasta 15% de los sufragios válidos emitidos. El texto aprobado en primera discusión no recogió ninguna de las recomendaciones presentadas por la Organización de Estados Americanos (OEA), la Unión Europea (UE) y el Centro Carter, durante las sucesivas oportunidades, entre 2004 y 2006, en las cuales actuaron como observadores de los comicios.
El CNE "desperdició la posibilidad de establecer condiciones de equidad en la competencia electoral" y que, comparativamente con las reformas legislativas de los años 1983, 88, 92 y 97, "este es el proyecto más pobre y más atrasado desde el punto de vista legislativo". "Hemos visto con tristeza la calidad del proyecto elaborado teniendo tantas posibilidades. Hoy se está generando un retroceso tanto en la calidad como en los derechos de todas las organizaciones políticas".
Lamentó que pese a existir expertos electorales en las universidades nacionales, como la Central de Venezuela, de Carabobo y la del Zulia, ninguna de sus recomendaciones fueron incorporadas en el proyecto.
Sobre la suspensión de las elecciones, opinó UNT:
Bello comentó declaraciones del rector suplente Levy Alter Valero, que estimó "muy peligrosas", según las cuales mientras el Parlamento no sancione la nueva Ley Electoral se suspendería la realización de cualquier proceso comicial.
Si bien aclaró que no existe ninguna norma que sustente la opinión de Alter, Bello dijo que preocupa que la AN ha apelado a "innovaciones legislativas" para ejecutar medidas inconstitucionales. Señaló que la tesis expuesta por Levy Alter podría poner en peligro la realización de las elecciones de concejales y juntas parroquiales, ya diferidas este año, y hasta la elecciones para la elección de la AN correspondientes al 2010.
"Es un mandato constitucional. Toda nueva Ley Electoral tiene que aprobarse seis meses antes de la convocatoria de cualquier proceso. Si eso llegara a materializarse estaríamos ante una situación muy compleja".
Sobre la representación proporcional:
Además de la vulneración del artículo 63, sobre la representación proporcional, el CNE desoyó todas las recomendaciones para el control eficiente sobre el uso de los recursos del Estado en las campañas. "Esa es una propuesta específica contenida en el informe final de la Unión Europea para que durante la campaña la propaganda institucional para la promoción de obras públicas no contenga nombres ni símbolos de ningún candidato", dijo.
También el proyecto desmejora las condiciones para la integración de las juntas electorales y mesas de votación, puesto que ya no será requisito tener educación superior, sino que se sortearán los miembros de la totalidad del padrón. Tampoco se prevén medidas para modernizar el sistema de expedición de cédulas e impedir falsificación.
Fuente: http://politica.eluniversal.com/2009/05/15/pol_art_proyecto-de-ley-ele_1389079.shtml
UNT Delsa solorzano:
26/05/2009. UNION RADIO.
"La opinión del órgano electoral está siendo violada. La iniciativa de este tipo de ley le corresponde sólo al Consejo nacional Electoral, quien presenta su propuesta a la Asamblea Nacional y ésta, a su vez, debe abrir el proceso de discusión para su aprobación".
"Es en segunda discusión cuando los señores diputados pueden hacer los cambios que consideren necesarios al proyecto; pero qué hizo el poder legislativo, ni siquiera debatió sobre el proyecto presentado por el ente electoral, sino que en la primera discusión aprueban una ley totalmente distinta a la presentada”.Entre las observaciones al proyecto de ley aprobada en primera discusión, señala:
-Incumplimiento de todo lo referido al Sistema de Representación Proporcional de las Minorías establecido también en la Constitución, “inventando algo que el oficialismo llama, Sistema Paralelo”, que según expresa Solórzano, le proporciona la CNE “la potestad absoluta de redistribuir los circuitos electorales a libre albedrío y conveniencia del oficialismo, y con ello indiscutiblemente se viola el Sistema Proporcional de las Minorías”.
-Se vulnerar la voluntad popular, quebranta el principio legal que tiene de cumplir con el trámite de discutir la propuesta presentada por el CNE, “burlándose así también del Organismo electoral.
-Deja potestad absoluta al CNE para que vía reglamentaria luego él pueda decidir lo que le de la gana, lo cual genera una enorme inseguridad jurídica en materia electoral”.
-De ser aprobada la Ley, el país contará con entes legislativos donde la minoría no estarán representadas y quien salga favorecido en alguna elección “se lo llevará todo”.
Fuente: http://www.unionradio.net/actualidad/?NewsId=12734