El referendo sobre el Distrito Capital.
Con fecha 18 de abril, El Universal informa sobre las dos preguntas que Ledezma, alcalde metropolitano, propone en su solicitud de referendo, a saber:
1) "¿Está usted de acuerdo que a la Alcaldía Metropolitana se le quiten sus bienes, recursos y competencias, en perjuicio de los servicios públicos que se le prestan a sus habitantes, tales como transporte público, seguridad, disposición de la basura, educación, ordenación de tránsito, vialidad, planificación y otros?".
2) "¿Está usted de acuerdo que a los ciudadanos se le disminuyan sus derechos políticos de elegir y revocar a sus autoridades mediante el voto popular?".
La misma nota de prensa indica textualmente lo siguiente:
En esta instancia se da por descontada que la solicitud será admitida al contar con los votos favorables de Díaz y del rector Luis Salamanca. No obstante, para que el CNE convoque el referendo -cuyo resultado no tendría valor vinculante- se requiere que la mayoría de los rectores principales lo avalen. De ser admitida, los rectores deberán definir si se realizará en los cinco municipios o sólo en Libertador. Aunque el rector Díaz estima que involucra a los cinco municipios, extraoficialmente el resto de los rectores estiman que debe limitarse a Libertador.
Nuevamente quiero recordar que para el referendo consultivo de 1999, que permitió la convocatoria a una Asamblea Constituyente, el TSJ valido la consulta, aun cuando la Constitución de 1961 no establecía la posibilidad alguna de referendos y aun así, inspirada por la soberanía del pueblos se realizo. La constitución vigente consagra varios referendos, pero por supuesto el interés político de entonces no existe hoy para este tema en particular, y se irrespeta el derecho, la ley y al ciudadano, imponiendo rigideces legales, ante una solicitud soberana de participar y ser protagonico.
Fuente: http://www.eluniversal.com/2009/04/18/ccs_art_ledezma-solicita-ref_1353412.shtml
1) "¿Está usted de acuerdo que a la Alcaldía Metropolitana se le quiten sus bienes, recursos y competencias, en perjuicio de los servicios públicos que se le prestan a sus habitantes, tales como transporte público, seguridad, disposición de la basura, educación, ordenación de tránsito, vialidad, planificación y otros?".
2) "¿Está usted de acuerdo que a los ciudadanos se le disminuyan sus derechos políticos de elegir y revocar a sus autoridades mediante el voto popular?".
La misma nota de prensa indica textualmente lo siguiente:
En esta instancia se da por descontada que la solicitud será admitida al contar con los votos favorables de Díaz y del rector Luis Salamanca. No obstante, para que el CNE convoque el referendo -cuyo resultado no tendría valor vinculante- se requiere que la mayoría de los rectores principales lo avalen. De ser admitida, los rectores deberán definir si se realizará en los cinco municipios o sólo en Libertador. Aunque el rector Díaz estima que involucra a los cinco municipios, extraoficialmente el resto de los rectores estiman que debe limitarse a Libertador.
Nuevamente quiero recordar que para el referendo consultivo de 1999, que permitió la convocatoria a una Asamblea Constituyente, el TSJ valido la consulta, aun cuando la Constitución de 1961 no establecía la posibilidad alguna de referendos y aun así, inspirada por la soberanía del pueblos se realizo. La constitución vigente consagra varios referendos, pero por supuesto el interés político de entonces no existe hoy para este tema en particular, y se irrespeta el derecho, la ley y al ciudadano, imponiendo rigideces legales, ante una solicitud soberana de participar y ser protagonico.
Fuente: http://www.eluniversal.com/2009/04/18/ccs_art_ledezma-solicita-ref_1353412.shtml