El Consejo Nacional de Prevención y Seguridad Ciudadana.
En Gaceta Oficial de la República de Nº 39.140 de fecha 17 de marzo de 2009, aparece el decreto Nº 6.640, mediante el cual se crea el Consejo Nacional de Prevención y Seguridad Ciudadana, presidida por el Vicepresidente, y cuyo objetivo, según su artículo 1 es:
Articular los esfuerzos de los distintos actores e instituciones públicas y privadas del Estado para la formulación de una Política Pública Nacional de Seguridad Ciudadana a ser ejecutada en los diferetnes niveles del Gobierno.
Este Consejo estará integrado por: Ministerios: relaciones interiores y de justicia, Educación Superior, Salud y Protección Social, Mujer, Deporte, Cultura, COmunicación e Información, Ciencia, Tecnología e Industrias Intermedias, Planificación y Desarrollo, Ambiente, Obras Públicas y Vivienda, y por un represante del TSJ, del Min. Público, Defensoría del Pueblo, Asamblea Nacional, Gobernadores, Alcaldes, Consejos Comunales, misiones sociales, artistas, deportistas, ONGs, Iglesias, sectores universitarios, medios de comunicación, entre otros sectores.
El decreto no desarrolla y por ende, no explica cómo serán elegidos esos respresentantes, pero es bien numerosa la participación en este Consejo. Esta instancia tendrá una Secretaria Técnica, con autonomía funcional y administrativo que servirá de apoyo tecnico según diagnóstico participativo a nivel nacional y su responsabilidad será: el proceso de definición, planificación y evaluación de la política pública expresada en planes, proyectos y medidades, que someterá a discusión del Consejo Nacional de Prevención. ¿Entonces será una instancia de decisión o mera articulación de esfuerzos este Consejo?.
Se promoverá, según el Decreto la creación de Consejo de Prevención y Seguridad Ciudadana a nivel regional y local. ¿Cómo se hará?, no lo dice el decreto. Un vacío queda allí.
Fuente: Gaceta Oficial. Martes 17 de marzo de 2009.