La regulación de los programas de educación superior para Misión Sucre.
La resolución Nº 2963, de fecha 13 de mayo del 2008, dictada por el Ministerio del Popder Popular para la Educación Superior y publicada en Gaceta Oficial del 14 de mayo del 2008, establece la regulación de los programas nacionales de formación en educación superior.
La motivación de la Resolución.
La motivación que hace el Ministerio en la Resolución dictada, parte por afirmar que la universalización de la Educación Superior y la municipalización de la Educación Superior, es una política de Estado, además, esencial para lograr los objetivos del Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación y del Sistema Nacional de Educación Superior.
Con la universalización de la educación superior, señala la resolución, se busca el desarrollo humano integral, el fortalecimiento del poder popular, la plena soberanía nacional y la consolidación político-social del proyecto de Nación prpuest en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Con la municipalización de la Educación Superior, se busca la participación de todas las comunidades, en la generacion, transformación y socialización del conocimiento, y a una educacion permanente, comprometida con los valores de solidaridad, igualdad, justicia, amor al prójimo, respeto al ambiente y a la vida, en su integridad y diversidad, con estrecha vinculación al fortalecimiento de capacidades en función del desarrollo; que tiene en la Misión Sucre su exponenete protagónico.
¿Cuál es el objetivo de la Resolución 2963?
Regular la creación de los Programas Nacionales de Formación en Educación Superior, y la autorización para la gestión de dichos prgramas a carto de instituciones de Educación Superior, en un espacio geográfico determinado. (art. 1).
¿Cuáles son las caracteristicas comunes de los Programas Nacionales de Formación en Educación Superior?
1.- La formación Humanista.
2.- La vinculación con las comunidades y el eejrcicio profesiona a lo largo de todo el trayecto formativo.
3. La conformación de los ambientes educativos como espacios comunicacionales abiertos, caracterizados por la libre expresión y el debate de las ideas, el respeto y la valoración de la diveridad, la multiplicidad de fuentes de información , entre otros elementos indispensables para la formación, asociados a ambientes de formación y prácticas educativas ligados a las necesidades y características de las distintas localidades que propicien el vúnculo con la vida social y productiva.
4.- La participación activa y compromentida de los estudianes de los procesos de creación intelectual y vinculación social, relacionados con investigaciones e innovacinoes educativas relacionadas con el perfil de su futuro desempeño y conducentes a la solución de los problemas del entorno por la vía científica.
5.- Modalidades curriculares flexibles, adaptadas a las distintas necesdides educativas, a las diferentes disponibilidades de timpempo, recursos y características de cada muncipio.
6.- El empleo de sistema de evaluación pertintnet que premitan el control de la calidad del proceso y del impacto.
7.- La promoción, el reconocimento y la acreditación de expreiencias formativas en distitntos ámbitos.
¿El CNU participará en este Programa?
El Programa Nacional de Formación de Educación Superior, será informado al Consejo Nacional de Universidades (CNU) y la opinión de éste "podrá" ser considerada por el Ministerio del Poder Popular para la Educación Superior.
¿Cómo se autorizará la aplicación de este Programa Nacional de Educación Superior?.
Hay ciertos requisitos que exige la resolución en el artículo 6 que deben ser verificados por el Ministerio del Poder Popular para la Educación Superior, a los fines de emitir un acto administrativo que autorice a la institutción de Educación Superior respectiva la aplicación del Programa Nacional de Formación de Educación Superior. Y cada seis meses el Instituto de Educación Superior hará un informe sobre los avances del Programa.