La inexistencia del Distrito Capital

Aún cuando uno lee periódicamente sobre el Distrito Capital, desde el punto de vista estricto del Derecho, nadie puede sostener que esta instancia, uno de los niveles en los que se divide nuestro territorio nacional, conforme a lo que señala el artículo 16 de la Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela, no existe.

Si leemos por ejemplo el titular de El Universal del día 10 de mayo del 2008, en materia deportiva, señala que el Distrito Capital es candidato al titulo, esto con relación a unos juegos que se desarrollan en Guárico. Igualmente si vamos a hacer una gestión legal, escucharemos, además, leeremos: jurisdicción del Distrito Capital. El 27 de febrero del 2008, igualmente en El Universal, se habla de la falta de agua en San Agustín, y se menciona a la operadora de acueductos del Distrito Capital.

¿Quienes son las autoridades del Distrito Capital?. Muchos confunden Distrito Capital con Distrito Metropolitano, ésta última instancia que según el artículo 18 de la Constitución dice es una instancia de gobierno en dos niveles municipales y textualmente dice: municipios del Distrito Capital y los municipios del Estado Miranda. En otras palabras: Hatillo, Sucre, Chacao y Baruta del Estado Miranda y el único municipio es Libertador, pero allí se escribió en plural.

La disposición transitoria primera, obliga a crear el Distrito Capital mediante Ley Especial, la cual luego de casi 10 años no ha sido sancionada y menos aún debatida por la Asamblea Nacional, la tarea está pendiente, vienen elecciones y desde el 2000 nadie ha tomado como su bandera la inexistencia y la omisión legislativa en esta materia que sin duda debe ser abordada para poder analizar la gobernabilidad en la ciudad capital.

Entradas populares de este blog

El Estado Docente en el marco de la nueva Ley Orgánica de Educación.

La importancia de la participación ciudadana y su reconocimiento en Iberoamerica.

Las sanciones previstas en la nueva LOE.