El ciudadano como enemigo del gobierno: el terrorismo de Estado, caso Nicaragua y Venezuela
I.-Nicaragua y Venezuela: dos casos de terrorismo de Estado. II.- Acciones contra la ciudadanía. III.- ¿Se puede hablar de terrorismo de Estado?
I.-Nicaragua y Venezuela: dos casos de terrorismo de Estado
Cuando la ONU celebra el 18 de junio el Día Internacional para contrarrestar el odio, se promueve la reflexión sobre la necesaria tarea de enfrentar toda forma de expresión que insulte, ofenda, denigre y discrimine a grupos específicos de la sociedad, calificados como grupos más vulnerables: migrantes, población LGTB+, entre otros.
Cuando por un muñeco que se utilizó en una protesta frente al partido PSOE en Madrid el pasado año viejo, sobre el cual escribí semanas atrás, un tribunal español, reafirmó que según el marco institucional europeo, no puede calificarse delito de odio ese acto que se enmarca dentro de la libertad de expresión de un grupo de personas que en el ejercicio de sus derechos políticos reclaman o protestan en contra de una autoridad pública.
¿Qué sucede cuando es el Estado quien agrede, ofende, denigra y discrimina a la sociedad?, en ese caso hay quienes nos hablan de terrorismo de Estado.
Precisamente como “terrorismo de estado”, calificó en el 2021, la hija de Victor Hugo Tinoco, ex vicencaciller de Nicaragua, quien fue secuestrado en un centro comercial por hombres encapuchados (1) y luego en febrero 2022 condenado a 13 años de prisión por delito de conspiración para cometer menoscabo a la integridad nacional en perjuicio del Estado de Nicaragua y de la sociedad, e inhabilitado para ejercer cargos públicos. (2)
Tinoco junto a otros opositores, en total 46, fueron detenidos durante la campaña electoral en la cual fue reelegido para un cuarto período de gobierno Daniel Ortega.
II.- Acciones contra la ciudadanía
En Venezuela el conflicto político que despertó el fraude electoral del 28 de julio ha llevado al régimen de Nicolás Maduro a tomar dos decisiones que son claro ejemplo de un Estado que responde asumiendo que sus ciudadanos cuando son disidentes políticos, son enemigos y en un marco muy claro de intolerancia política.
La primera de esas medidas, busca sin duda crear temor y miedo entre la ciudadanía opositora, al anunciar el propio Nicolás Maduro de forma pública, que se habilitaría una APP para que a través de ella sus seguidores pudieran denunciar a todo aquél venezolano que en el ejercicio de su derecho a expresarse libremente y a participar públicamente a través de la protesta pacífica, esté promoviendo acciones en reclamo contra el fraude electoral.
Distintos medios dan cuenta, que en respuesta a las solicitudes de muchos ciudadanos, tanto Google como PlayStore quitaron de sus plataformas esa App. Este es un ejemplo concreto en el cual la tecnología es utilizada como herramienta para profundizar el clima de intolerancia y potenciar sentimientos de odio entre vecinos de una misma comunidad. (3)
Esa medida recuerda la Ley de Inteligencia y Contrainteligencia Militar, conocida en Venezuela como Ley Sapo, aprobada por Hugo Chávez en el 2008, que establecía la obligación de cualquier persona a cumplir con tareas de inteligencia en el caso de ser solicitado por las autoridades, con la pena de ser enjuiciadas en caso de negarse. El termino Sapo en Venezuela se usa como sinónimo de delator, por cierto tal Ley por presión fue derogada ese mismo año. (4)
En la actualidad, casi 10 años después, en el 2017 la Asamblea Constituyente aprueba una Ley Constitucional contra el Odio, para la Convivencia Pacífica y la Tolerancia y como lo mencioné en un artículo previo, en ella introduce y sanciona entre los tipos de odio: el odio a la nación, el odio político, el ideológico y social. Esa es una Ley viciada de nulidad absoluta, que opera de hecho como herramienta política de control político sobre la sociedad.
La otra medida, es la preparación de dos cárceles de máxima seguridad para manifestantes en Venezuela que reclaman por el fraude electoral, y los califica el propio Nicolás Maduro como “centros de reeducación”; para el 2 de agosto 2024 el propio Maduro afirmaba tener a 1.200 capturados y además, anunció que buscaba a 1.000 más. (5)
El régimen de Maduro es un claro ejemplo de cómo las instituciones del Estado asumen el ciudadano como enemigo del Estado, recordemos otro episodio al respecto, también ilustrativo sobre la intolerancia política en Venezuela.
En el año 2017 la fraudulenta Asamblea Nacional Constituyente de Venezuela, por unanimidad de sus integrantes, todos oficialistas, calificaron de “traidores a la patria” a opositores y algunos exministros del Chavismo por apoyar las sanciones económicas dictadas por Estados Unidos.
Ese episodio no puede ser valorado como una declaración política en el medio de un debate en la Asamblea Nacional Constituyente, pues en esa sesión, se acordó, iniciar conjuntamente con los órganos del Estado competentes, lo que calificaron como “juicio histórico” por traición a la patria contra todos aquellos opositores que promovieron y apoyaron las sanciones, argumentando que son acciones inmorales contra los intereses del pueblo venezolano (6).
Por cierto, dos días después, de esa decisión del órgano constituyente que no logró arrebatar la legitimidad y el reconocimiento a la Asamblea Nacional legítima y constitucionalmente válida elegida en el 2015, el propio Fiscal General, Tarek William Saab, anunció la designación de dos fiscales para investigar a los "traidores a la patria" que respaldaron las sanciones económicas de Estados Unidos contra Venezuela. (7)
La medida de un órgano fraudulento, sin duda busca crear un ambiente político para justificar la persecución en contra de los principales dirigentes de oposición del momento y otras figuras públicas como el exministro chavista del Interior Miguel Rodríguez Torres o la exfiscal general de la República Luisa Ortega Díaz.
En ese contexto de medidas políticas en las cuales se utilizan las instituciones del Estado para amedrentar, generar terror y someter a la población civil por razones políticas, no podemos olvidar, cuando en febrero 2023, el régimen de Daniel Ortega, ordenó despojar de nacionalidad a 94 nicaragüenses, todos opositores políticos y quienes fueron calificados por un tribunal como "traidores a la patria”, entre ellos destacan escritores, defensores de derechos humanos, periodistas, entre otros, a quienes no sólo les quitó la nacionalidad, sino también les confiscó los bienes inmuebles. (8)
Para el momento de la medida, el régimen de Nicaragua ya había expulsado de su territorio a 222 opositores y mediante una Ley aprobada de forma "expres", sobre la cual también escribí en un artículo anterior, sirvió de marco para arrebatar la nacionalidad nicaragüense, a los opositores.
El magistrado Ernesto Rodríguez Mejía, del Tribunal de Apelaciones de Managua, fue el responsable de anunciar que a los acusados se les imputaba el delito de “conspiración para cometer menoscabo a la integridad nacional” y “propagación de noticias falsas”, asumiendo como uno de los argumentos el actuar en nombre de la paz social y la independencia, soberanía y derecho a la libre determinación. (9)
Humberto Belli, exministro de Educación de Nicaragua calificó la medida como “una aberración jurídica monumental”; además agregó que “para que a ti te sentencien de cometer un delito, primero tienen que darte el derecho a la defensa, tiene que haber un juicio y aquí no ha existido ningún juicio. No nos han llamado a defendernos, no nos han manifestado las pruebas de nuestro delito. Sencillamente los jueces de repente nos tienen una sentencia con unas penas durísimas, de perder todos nuestros bienes y de perder nuestra nacionalidad, súbitamente”. (10)
Por cierto, esos mismos delitos, son los que sirven de fundamento para que los primeros días de agosto 2024, el régimen de Daniel Ortega haya encarcelado a 11 sacerdotes nicaraguenses, quienes podrían pagar condenas desde los 2 años hasta 30 años de carcel.
El término de traidores a la patria, la manipulación legislativa para lograr tejer un supuesto marco institucional que le permita tener una narrativa para actuar, la excusa de preservar la paz, la soberanía, la independencia, en fin, son parte de un guion diseñado para orquestar toda una estrategia que anule cualquier disidencia posible.
Por cierto, Nicaragua, junto a Bolivia, Cuba y Honduras fueron los primeros gobiernos en reconocer el mismo domingo 28 de julio, día de las elecciones, el supuesto triunfo electoral de Nicolás Maduro (11), resulta curioso que en la sesión de la OEA del 31 de julio en la que fracasó la OEA en adoptar Resolución por el caso Venezuela, de ese grupo de países, los dos que participan en la OEA: Bolivia y Honduras, no hayan votado en contra, sino que acompañaron a otros países en la abstención. (12)
III.- ¿Se puede hablar de terrorismo de Estado?
El término terrorismo de Estado no ha sido definido por ningún instrumento internacional, nos dice Raúl Carnevali Rodríguez, en un trabajo publicado sobre el tema en el 2015, y nos dice que estamos frente a ese fenómeno, cuando el propio Estado usa la violencia en contra de su población, ya sea a través de organismos propios o de grupos paraestatales, es decir, los que –sin formar parte del aparato institucional– cooperan en este propósito. (13)
Los ejemplos mencionados de Nicaragua y Venezuela, evidencian que hay hechos que permiten hablar de terrorismo de Estado, pues estos gobiernos han adoptado medidas orientadas al control social con la intención de anular cualquier disidencia posible, violentando de forma muy clara en su actuación, el derecho a la defensa, la libertad de expresión, la libre participación en asuntos públicos y a través de las cuales, ofende, denigra e intenta invisibilizar a quienes disienten políticamente de quienes detentan el poder político.
La ausencia de un tipo penal, no quiere decir que tales actos puedan quedar impunes, en tal sentido es necesario acudir al derecho internacional y en particular, fundamentar las violaciones en los derechos humanos para exigir la responsabilidad del Estado y sus funcionarios; tanto en el caso de Nicaragua como en el caso de Venezuela, se han activado las acciones en las instancias internacionales correspondientes.
Para Carnevali, el termino terrorismo de Estado, es muy complejo y advierte que ningún Estado que se considere democrático, va a establecer disposiciones que permitan autocalificarse como Estado terrorista, sobre todo si el terrorismo, en su esencia, se entiende como un cuestionamiento al Estado respecto a sus decisiones adoptadas democráticamente; igualmente, ningún Estado de gobierno autoritario o de carácter dictatorial dispondrá de preceptos en esta dirección, más aún si ha llegado al poder a través de la violencia.
Refiriéndose a las experiencias de las dictaduras latinoamericanas, Carnevali afirma que cuando no hay contrapeso alguno y las victimas no pueden recurrir a instancias internas para resguardarse, debemos hablar de delitos contra la humanidad, regulados normas del Derecho Internacional (14) y es ese termino el más adecuado para enfrentar jurídicamente a un Estado que actúa en contra de sus ciudadanos.
Por su parte, otro trabajo sobre el tema, publicado en el 2010 y firmado por Henry Torres Vásquez, citando a otro autor, Larmaca Pérez, reitera que el termino terrorismo de Estado no corresponde a una definición jurídica, sino que por el contrario, según el autor citado, es un termino pasional o periodístico.
Frente a la indefinición legal de terrorismo, Torres afirma que tal situación lo que hace es facilitar que los propios Estados en donde se promueve el terror contra sus ciudadanos, justifiquen las propias, convenientes y convincentes interpretaciones para crear la narrativa necesaria que les permita actuar en contra de esos ciudadanos que son opositores.
Citando a otro autor, Torres es categórico al afirmar que según el concepto que aporta Garzón Valdés sobre terrorismo de Estado, identifica a Sudán, Cuba, Venezuela e incluso hace referencia a Colombia, como países donde se actúa en contra de sus propios ciudadanos; el concepto nos dice:
“El terrorismo de Estado es una forma del ejercicio del poder estatal cuya regla de conocimiento permite y/o impone, con miras a crear el temor generalizado, la aplicación clandestina, impredecible y difusa, también a personas manifiestamente inocentes, de medidas coactivas prohibidas por el ordenamiento jurídico proclamado, obstaculiza o anula la actividad judicial y convierte al gobierno en agente activo de la lucha por el poder”. (15)
El autor concluye afirmando que como Lege ferenda se hace necesario considerar como delito de terrorismo de Estado, aquellos ilícitos que van ligados a una forma de gobernar en el Estado, recordando además, que desde hace mucho tiempo en la ley penal internacional, muchos de esos hechos que accionan los Estados, son delitos que pueden ser valorados en instancias con competencia universal, debido a su carácter de ofender a la comunidad internacional, es decir, son crímenes contra la humanidad.
El crimen contra la humanidad de la cual hace parte el terrorismo político convencional, en opinión de García Aran, que es una "definición abierta, construida sobre unos hechos contra los derechos humanos (...), que pasan a integrarse en el concepto de crimen contra la humanidad cuando se les añade una nota específica: la persecución de la disidencia política o ideológica".
Aún cuando para algunos pareciera imposible pensar o imaginarse que un gobierno pueda considerar a sus ciudadanos como enemigos, el caso Venezuela y Nicaragua evidencian en la actualidad que tal situación es una realidad; las expresiones de odio de todo tipo se aprovechan del clima de intolerancia e incertidumbre y hacen de las redes sociales herramientas para poder expresarse.
En ese sentido, ya Maduro sentenció el 4 de agosto a TikTok e Instagram como herramientas del odio (16), por lo que pidió regular el uso de las redes en Venezuela; pero hay que tener claro, que previo a las elecciones la censura, el cierre de medios de comunicación y los bloqueos a distintas web principalmente informativas, es una política de Estado que viene operando.
A diferencia de Nicaragua en Venezuela hay un régimen que con gran claridad perdió las elecciones en todo el país. Los resultados que oportuna y tempranamente publicó la oposición demuestra que en cada Estado de los 24, y en cada Municipio de los 365 perdió Nicolás Maduro.
Han pasado 100 días y el Consejo Nacional Electoral no ha presentado informe final de resultados desglosado y la comunidad internacional, independientemente si son o no aliados, coinciden en exigir o reclamar la presentación de los resultados de forma detallada.
En ese sentido, los escenarios probables en los próximos meses o semanas, nos advierten de la negociación bien para la transición a un cambio negociado, o incluso, para repetir las elecciones que pudiera ser una de las estrategias del Tribunal Supremo de Justicia, instancia a la que acudió Maduro la semana pasada, y que creo que en el mundo de la diplomacia internacional podría resultar una opción válida si las tensiones aumentan y la violencia se incrementa; o bien, por último, la implosión de un régimen, lo que si está claro, es que el régimen sabe que hasta enero 2025 no hay la obligación constitucional de entregar el poder.
Carlos Romero Mendoza
@carome31
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Fuente:
1Euronews. Estamos viviendo un terrorismo de Estado en Nicaragua. Cristian Tinoco. 23 de junio 2023. https://es.euronews.com/2021/06/23/estamos-viviendo-un-terrorismo-de-estado-en-nicaragua-cristian-tinoco
2Swissinfo.ch. Juez otorga casa por cárcel a exvicecanciller de Nicaragua Victor Hugo Tinoco. 17 de mayo 2022. Online en; https://www.swissinfo.ch/spa/juez-otorga-casa-por-c%C3%A1rcel-a-exvicecanciller-de-nicaragua-v%C3%ADctor-hugo-tinoco/47602554#:~:text=Managua%2C%2017%20may%20(EFE),de%20Derechos%20Humanos%20(Cenidh).
3Caraota Digital. Maduro llamó a denunciar “guarimbas” en la VenApp y terminó siendo retirada de la play store y appstore. https://www.caraotadigital.net/venezuela/maduro-llamo-a-denunciar-guarimbas-en-la-venapp-y-termino-siendo-retirada-de-la-play-store-y-app-store/
4BBC.Mundo. Chávez deroga la “ley espía”. 11 de junio 2008. Online en: http://news.bbc.co.uk/hi/spanish/latin_america/newsid_7447000/7447454.stm
5Semana. Nicolás Maduro anuncia dos cárceles de máxima seguridad para manifestantes en Venezuela; dice que erán “centros de reeducación”. 2 de agosto 2024. Online en: https://www.semana.com/mundo/articulo/nicolas-maduro-anuncia-dos-carceles-de-maxima-seguridad-para-manifestantes-en-venezuela-dice-que-seran-centros-de-reeducacion/202441/
6La Vanguardia. Venezuela comienza a perseguir por decreto a
los “traidores a la patria”. 30 de agosto 2017 Online en: ttps://www.lavanguardia.com/internacional/20170830/43910811821/venezuela-decreto-traidores-patria.html
7____________. Ministerio público designa fiscales para investigar a traidores. 31 de agosto 2024. Online en: https://www.lavanguardia.com/politica/20170831/43942561546/ministerio-publico-venezolano-designa-fiscales-para-investigar-a-traidores.html
8DW. Ortega retira nacionalidad y confisca a 94 opositores. 16 de febrero 2022. Online en: https://www.dw.com/es/ortega-retira-nacionalidad-y-confisca-a-ram%C3%ADrez-belli-y-92-opositores/a-64717352
9El Nuevo Herald. Estos disidentes ya habían salido de Nicaragua. Aún así, Ortega quiso arremeter contra ellos. 17 de febrero 2023. Online en: https://www.elnuevoherald.com/noticias/america-latina/article272537921.html
10iDEM
11EL Heraldo. Honduras, Nicaragua, Bolivia y Cuba felicitan a Nicolás Maduro por su reelección en Venezuela. 29 de julio 2024. https://www.heraldo.es/noticias/internacional/2024/07/29/honduras-nicaragua-felicitan-nicolas-maduro-reeleccion-venezuela-1752010.html
12El Diario. OEA: ¿Qué países se abstuvieron de votar en la resolución sobre las elecciones en Venezuela?. 31 de julio 2024. Online en: https://eldiario.com/2024/07/31/oea-paises-se-abstuvieron-resolucion-elecciones-venezuela/
13CARNEVALI RODRIGUEZ, Raúl. El terrorismo de Estado como violación a los derechos humanos. En especial la intervención de los agentes estatales. En: Estudios Constitucionales. Año 13. No. 2. 2015. pp 203-236. Online: https://www.scielo.cl/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0718-52002015000200008
14Idem. Página 205
15TORRES VASQUEZ, Henry. El concepto de terrorismo de Estado: una propuesta de Lege Ferenda. En: Revista Diálogo y Saberes. Julio-Diciembre 2010. Paginas 129 y 130. Online en; https://dialnet.unirioja.es/servlet/articulo?codigo=3618445#:~:text=En%20este%20art%C3%ADculo%20se%20plantea%20que%20el%20principal,y%20se%20propone%20el%20mismo%20como%20Lege%20ferenda.
16 ABC Maduro dice que Instagram y TikTok son multiplicadores del odio. 4 de julio de 2024. Online en: https://whttps://www.abc.es/internacional/maduro-dice-instagram-tiktok-multiplicadores-odio-venezuela-20240805033905-vi.html
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