La ciudadanía, los tribunales europeos y la exigencia de responsabilidad al Estado en materia climática

1.-  La ciudadanía organizada toma la vía de la justicia en materia climática. 2.-  Dos sentencias históricas y que son referencia obligada en materia de responsabilidad del Estado en materia climática. 3.-  Una mirada a la fundamentación jurídica en esos casos históricos. 4.-   ¿Hacia dónde va la llamada justicia climática?

1.-  La ciudadanía organizada toma la vía de la justicia en materia climática

Si los “políticos no actúan, entonces alguien debería hacerlo y ese alguien puede ser el juez" dijo en el año 2018 la directora de una organización llamada Urgenda, Marjan Minnesma, cuando expresó su satisfacción luego que el Tribunal de Apelación de la Haya ratificara la decisión del año 2015 que obligó a Holanda a reducir drásticamente sus emisiones de gases invernadero(1); además, agregó, que con esa decisión, se aumentará la esperanza y hará que la gente agote la vía democrática. 

¿Qué es Urgenda?

Es una Fundación holandesa que tiene como objetivo una transición rápida hacia una sociedad sostenible, con un enfoque en la transición hacia una economía circular utilizando solo energía renovable (2), y además, importante destacar, es el nombre con el cual es identificado el caso de la demanda contra el gobierno de Holanda por no cuidar la salud de sus ciudadanos, al cual se unieron en el 2013 unas 886 personas (3).

En el 2015 un Tribunal decidió que Holanda debía ampliar su compromiso climático; luego el gobierno apeló y y en el 2018 se ratificó la decisión, entonces decidió ir a la Corte Suprema y en el 2019 nuevamente se ratifica la decisión contra el Gobierno de Holanda, quedando obligado a ampliar su capacidad de respuesta en materia climática, reduciendo al menos 25% la reducción de los gases de efecto invernadero en 2020 con respecto a las emisiones registradas en el año 1990, objetivo que por cierto se cumplió, como destaca noticias publicadas entonces por agencias como EFE.

Y ahora en abril 2024, las noticias destacan que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos a condenado al Gobierno de Suiza por lo que calificó como “lagunas críticas” ante el cambio climático en el caso Verein KlimaSeniorinnen Schwez y otros vs. Suiza. 

¿Qué es Verein KlimaSeniorinnen Schwez?

Pues es una organización de señoras jubiladas que actúan en función de la acción climática, y que según el portal Público son conocidas como “Abuelas por el clima” (4);  National Geographic nos dice que son más de 2.000 mujeres suizas mayores de 65 años, preocupadas por las repercusiones que el empeoramiento de la crisis climática podría tener en su salud y calidad de vida, especialmente en relación con las olas de calor. (5)

Holanda y Suiza, son dos sentencias que concretan la participación de la ciudadanía organizada legítimamente en el impulso de acciones jurisdiccionales para exigir la respuesta efectiva y necesaria de cada gobierno en su compromiso por enfrentar los efectos del cambio climático.


2.-  Dos sentencias históricas y que son referencia obligada en materia de responsabilidad del Estado en materia climática

Sobre la reciente decisión del Tribunal Europeo de Derechos Humanos condenando a Suiza, Irene Rubiera, abogada de Ecologistas en Acción destaca que la decisión del Tribunal Europeo de Derechos Humanos de abril 2024, es la primera en la cual se reconoce de una forma “tan firme una violación de derechos humanos por parte de la inacción climática de los estados6

Por su parte, sobre el caso de Holanda,  Ana Barreira, directora del Instituto Internacional de Derecho y Medio Ambiente, destaca que si bien no es la primera ONG que en el mundo logra llevar un Gobierno a tribunales por el tema medioambiental, pero si ha sido la primera que ha tomado la iniciativa en Europa y el primer caso internacional en ganar.

Sobre esa decisión, Van Berkel, asesor jurídico de Urgenda, afirmó que antes de este caso, la reducción de las emisiones era una cuestión de voluntad política, pero ahora, "es una cuestión legal. Existe una obligación. Esto significa que los países tienen que tomarse muy en serio las políticas contra el cambio climático. Además, es un valioso precedente para proteger los derechos de los ciudadanos. Aquellos que crean que se están violando sus derechos fundamentales tendrán la posibilidad de acudir a los tribunales para reclamar su derecho a sus respectivos Gobiernos. Es una gran oportunidad”.7

Y precisamente sobre ese caso tan “paradigmático” como lo calificó Ana Barreira, directora del Instituto Internacional de Derecho y Medio Ambiente (8) , Natalia Castro Niño9, Profesora de Derecho Internacional Público de la Universidad Externado de Colombia. Miembro del Comité Asesor del Capítulo Colombia de ICON-S, nos recuerda hay casos en Colombia, EE UU, Australia y Pakistán en donde se ha decidido favorablemente acciones semejantes, pero la importancia de Urgenda radica en que supera de forma contundente cuatro obstáculos generados por instituciones tradicionales del Derecho respecto de los litigios climáticos, que cito a continuación por considerarlos importantes:

1.- La Corte considera admisible la acción promovida por una ONG y un grupo de individuos en defensa de intereses de generaciones presentes y futuras. Lo anterior supone una comprensión ampliada de la representación de intereses colectivos, cuya admisibilidad es aún cuestionada en múltiples contextos.

2.- El juez fundamenta su decisión en una apropiada composición de normas internas e internacionales, tanto en materia ambiental como de derechos humanos. Esta forma de argumentar constituye un camino prometedor no solo para el litigio climático, sino además para garantizar la eficacia de normas internacionales diversas a nivel interno.

3.- La decisión tiene en cuenta la evidencia científica para establecer la relación de causalidad existente entre la inacción de las autoridades respecto de la mitigación de emisiones de GEI y los daños que generará el calentamiento global en la vida y la salud de las personas. A pesar de la incertidumbre que rodea los escenarios proyectados y de la imposibilidad para determinar con exactitud la contribución de cada actor respecto del calentamiento global, el juez estima suficientes los estudios del IPCC y el principio de precaución para considerar probados los riesgos que el comportamiento del Estado supone para los derechos de sus ciudadanos.

4,. La decisión descarta el argumento según el cual los jueces no deben interferir en cuestiones de política ambiental nacional e internacional, reservadas a otras ramas del poder. Según la Corte, aunque el cambio climático requiera la acción conjunta de la comunidad internacional, los jueces nacionales son competentes para verificar la adopción, por parte del Estado, de las medidas necesarias para garantizar el cumplimiento de los compromisos internacionales y la protección de los derechos humanos en su territorio.

3.-  Una mirada a la fundamentación jurídica en esos casos históricos

Por mí formación jurídica, es inevitable no enfocar la mirada hacia la fundamentación jurídica de ambos casos y al respecto se destaca el papel clave que tienen el derecho a la vida y el derecho a la vida privada y familiar prevista en el artículo 2 y 8 del Convenio Europeo de los Derechos Humanos, que se acompañan de otros convenios e informes científicos internacionales para motivar y justificar las decisiones que en ambos casos históricos se han adoptado en Europa.

Así mismo, en cada uno de los Estados, sus respectivas Constituciones también sirven de fundamentación para complementar el análisis integral de la situación para llegar a la decisión.

En cuanto al caso Urgande la Constitución de Holanda, destaca la fundamentación en el artículo 21 que establece la obligación de los poderes públicos de velar por la habitabilidad del país y por la protección y mejora del medio ambiente, que impone al Estado un deber de diligencia debida correlativo. (10)

En el caso de Suiza, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos encuentra en el derecho a la vida y libertad personal, previsto en su artículo 10 numerales 1 y 2; el derecho a la protección de la esfera privada, previsto en el numeral 1 del artículo 13; el derecho al desarrollo duradero entre la naturaleza y su capacidad de renovación y su utilización por el ser humano, artículo 73 y el artículo 74 que plantea la protección del medio ambiente. (11)

Para Volker Türk (12), Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos, el aumento de litigios asociados con el cambio climático incoados por sociedad civil en el mundo, tanto en instancias nacionales como en cortes internacionales, así como los que se ventilan ante los órganos de tratados de derechos humanos de las Naciones Unidas, contribuyen a sensibilizar y promueven medidas más ambiciosas para evitar los perjuicios derivados del cambio climático y remediar sus consecuencias.

Según el Informe sobre Litigios Climáticos Mundiales 2023, elaborados bajo la responsabilidad del Programa de Naciones Unidas para el Medio Ambiente,  hasta diciembre 2022, se habían presentado más de 2.180 casos relacionados con el clima en 65 jurisdicciones, representa un aumento de 884 casos en comparación al 2017 y 1550 casos en comparación al año 2020.  Lo que supone un aumento en la búsqueda por una respuestas jurisdiccional para exigir respuesta efectiva de los gobiernos en materia climática.  (13)

Sobre el impacto de la decisión del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, la directora del Instituto Internacional de Derecho y Medio Ambiente, Ana Barreira, pide cautela ante el entusiasmo que ha generado la decisión, y recuerda, que hay casos climáticos que son estratégicos porque generan concienciación, pero la vía judicial no debe ser la única respuesta para hacer frente la crisis, recordando que hay de hecho importantes iniciativas que se han impulsado a través de la Convención Marco de Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, por ejemplo.

Estas dos sentencias deben ser estudiadas con más detalle y valorar su contribución, además, de su impacto para una mejor comprensión sobre el derecho humano universal para un medio ambiente limpio, saludable y sostenible, declarado como tal en el 2022.

4.-   ¿Hacia dónde va la llamada justicia climática?

La decisión del Tribunal Europeo de los Derechos Humanos contra Suiza, ha despertado críticas en los medios de comunicación de ese país, que han reaccionado calificando como "absurdo veredicto" que hace pensar para la Neue Zürcher Zeitung (NZZ) que "Estrasburgo persigue la política climática desde el banquillo de los jueces". 

Además el NZZ advierte que la "jurisprudencia activista" allana el camino para "todo tipo de demandas, cuestionando la legitimidad del grupo que lideró la demanda calificándola de "peones de grupos de presión ecologístas".

Por su parte, para Tages-Anzeiger, si bien el Tribunal Supremo había puesto de manifiesto las limitaciones de la agenda climática suiza, la democracia se vería sometida a presión si los tribunales empezaban a dar forma a la política. (14)

Por último, creo oportuno señalar otro hecho importante en materia del cambio climático y el papel de los Estados, y es que el año pasado en marzo 2023 la Asamblea General de las Naciones Unidadas adoptó una resolución por consenso, a través del cual solicita a la Corte Internacional de Justicia una opinión consultiva sobre las obligaciones de los Estados con respecto al cambio climático.

Una nota de prensa de la ONU destaca que la Resolución solicita:

1.-    La opinión de la Corte Internacional de Justicia en cuanto a las consecuencias jurídicas que los Estados deben afrontar por sus “actos y omisiones que hayan causado daños significativos al sistema climático y a otros elementos del medio ambiente”, perjudicando en particular a los pequeños Estados insulares en desarrollo, que, “debido a sus circunstancias geográficas y a su nivel de desarrollo, son especialmente afectados por los efectos adversos del cambio climático o son más vulnerables a ellos”.

2.-    Pregunta a la CIJ “cuáles son las obligaciones que tienen los Estados en virtud del derecho internacional de garantizar la protección del sistema climático y otros elementos del medio ambiente frente a las emisiones antropógenas de gases de efecto invernadero en favor de los Estados y de las generaciones presentes y futuras.” (15)

Tres preguntas quiero dejar sobre este tema:

¿Habrá un antes y un después de estas sentencias para lo que califica la organización Ecologistas en Acción, el derecho climático europeo e internacional, que lleva a considerar al cambio climático, no sólo como una cuestión política, sino también moral, y de derechos humanos? (16)

¿Los Estados se sensibilizarán y promoverán medidas más ambiciosas para evitar los perjuicios derivados del cambio climático y remediar sus consecuencias, luego de estas decisiones, tal y como afirma el comisionado Volker Türk, reconociéndose así la protección del clima como un derecho humanos?

¿Será esta decisión parte de toda una estrategia de activismo ecológico en Europa, que podría dañar la democracia, como sugiere  un titular publicado por el portal web Swissinfo.ch del 10 de abril 2024? (17)

El tema de la responsabilidad del Estado y el papel de la sociedad civil organizada para responder a los desafíos del presente, es un tema permanente, que no está orientado a un tema en particular, pero sin duda el fenómeno del cambio climático, está en la agenda global y sobre el mismo hay una corriente negacionista y también quienes quieren hacer política electoral con el tema. 

Por demás, visto desde la dimensión de cómo responden los Estados a los retos del presente, éste un tema por demás apasionante y al cual hay que hacerle un importante seguimiento para valorar su evolución y su impacto.

Carlos Romero Mendoza.
@carome31

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Referencia digital

1EuroNews. Fallo histórico contra el cambio climático en Holanda. Online el 9 de octubre 2018. Online en: https://es.euronews.com/2018/10/09/fallo-historico-contra-el-cambio-climatico-en-holanda

2Urgenda. Recuperado el 13 de abril 2024. Online en: https://www.urgenda.nl/en/home-en/

3National Geographic. Urgenda: el fallo histórico contra el cambio climático en Holanda. 24 de octubre 2023. Online en: https://www.nationalgeographic.com.es/mundo-ng/urgenda-fallo-historico-contra-cambio-climatico-holanda_15169

4Público. ¿Por qué la sentencia de Estrasburgo que condena a Suiza por inacción climática es histórica?. 9 de abril 2024. Online en: https://www.publico.es/sociedad/sentencia-estrasburgo-condena-suiza-inaccion-climatica-historica.html

5National Geographic. Victoria de “abuelas por el clima”: TEDH condena a Suiza por inacción climática. 10 de abril 2024. Online en: https://www.nationalgeographic.com.es/medio-ambiente/victoria-abuelas-por-clima-tedh-condena-suiza-por-inaccion-climatica_22010#:~:text=La%20Asociaci%C3%B3n%20KlimaSeniorinnen%2C%20apodadas%20%22Abuelas,logra%20la%20victoria%20en%20Estrasburgo.&text=En%20una%20sentencia%20hist%C3%B3rica%2C%20el,inacci%C3%B3n%20frente%20al%20cambio%20clim%C3%A1tico.

6Ver nota 4.

7Ver nota 3.

8Idem

9CASTRO NIÑO, Natalia. “Urgenda contra Países Bajos”, un hito en la lucha judicial contra el cambio climático. En; Legis ÁmbitoJurídico. 6 de febrero 2019. Online en: https://www.ambitojuridico.com/noticias/etcetera/educacion-y-cultura/urgenda-contra-paises-bajos-un-hito-en-la-lucha-judicial

10PONCE SOLÉ, Juli. Una histórica sentencia del Tribunal Supremo holandés del 20 de diciembre 2019 que obliga al Estado a reducir emisiones de gases invernadero de 20% a partir del 2020. Lecciones para el caso español: calentamiento global y derecho a una buena administración. En: Estudios y Comentarios. 10 de enero 2020. Online en: https://laadministracionaldia.inap.es/noticia.asp?id=1510252

11Constitución Federal de la Confederación Suiza. 18 de abril 1999. Recuperado el 10 de abril 2024. Online en: https://derechopenalenlared.com/legislacion/constitucion_suiza.pdf

12  Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos. La protección del clima es un derecho humano. 5 de junio 2023. Online en: https://www.ohchr.org/es/statements-and-speeches/2023/06/climate-protection-human-right

13ONU Programa para el Medio Ambiente. Informe Mundial sobre Litigios Climáticos: Revisión Global 2023. 27 de julio 2023.  Online en: https://www.unep.org/es/resources/informe/informe-mundial-sobre-litigios-climaticos-revision-global-2023


14   Swissinfo.ch. La prensa suiza reclama que la "absurda" decisión europea sobre el clima podría dañar la democrcia. 10 de abril 2024. Online en: https://www.swissinfo.ch/spa/cambio-climatico/la-prensa-suiza-se%C3%B1ala-que-la-absurda-decisi%C3%B3n-europea-sobre-el-clima-podr%C3%ADa-da%C3%B1ar-la-democracia/75458506

15Noticias ONU. La Corte Internacional de Justicia opinará sobre las obligaciones de los Estados con respecto al cambio climático.29 de marzo 2023. Online en: https://news.un.org/es/story/2023/03/1519767#:~:text=La%20resoluci%C3%B3n%20pide%20la%20opini%C3%B3n%20de%20la%20Corte,cambio%20clim%C3%A1tico%20o%20son%20m%C3%A1s%20vulnerables%20a%20ellos%E2%80%9D.

16Ecologístas en Acción. Victoria histórica: Estrasburgo condena a Suiza por inacción climática. 9 de abril 2024. Online en: https://www.ecologistasenaccion.org/314229/victoria-historica-estrasburgo-condena-a-suiza-por-inaccion-climatica/

17 Ver nota 14.

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