El Congreso español y el informe sobre la desinformación

Con fecha diciembre 2013 la Oficina C del Congreso de Diputados de España publicó un documento titulado Desinformación en la era de la digitalización, el mismo fue presentado en febrero 2024 junto a otros 6 estudios a través de los cuales se busca facilitar a los diputados un conocimiento interdisciplinar sobre diversos temas de interés general a los fines de contribuir con el debate y la dinámica de la labor parlamentaria.

La Oficina C, responsable de esos 6 informes elaborados en el 2023, que son presentados como Informes C, según la información oficial es la Oficina de Ciencia y Tecnología del Congreso de Diputados de España.

La información oficial nos habla de los informes C, como aquellos “documentos breves sobre los temas seleccionados por la Mesa del Congreso que contextualizan y resumen la evidencia científica disponible para el tema de análisis. Además, recogen las áreas de consenso, disenso, las incógnitas y los debates en curso.” (1)

El informe reconoce que la desinformación no es un fenómeno nuevo, y luego de 26 páginas de contenido, que se acompañan de 11 páginas de referencias bibliográficas, logran concretar lo que denominan 11 ideas bases a través de las cuales intentan resaltar los aspectos más relevantes y esenciales que deben considerarse para comprender mejor este fenómeno.

Esos tres aspectos son:

1.- La desinformación un fenómeno de la era digital.

El informe advierte que en estos tiempos que denomina “era digital”, sus efectos se agravan y entre las 11 ideas bases concluye afirmando que en primer lugar, la desinformación se amplifica, así como también lo hacen otros desórdenes informativos que suponen un riesgo para las democracias.

Los desórdenes informativos, son “producciones intencionales cuya estrategia consiste en la fabricación de la duda y falsas controversias con el fin de conseguir beneficios económicos e ideológicos. Los desórdenes están interrelacionados entre sí y dependen, de forma necesaria, de las tecnologías post internet, lo que ha modificado la naturaleza misma de la comunicación interpersonal colectiva”.(2)

El informe en su contenido nos presenta una clasificación de esos desórdenes informativos, entre los cuales está la desinformación, acompañada de información errónea e información dañina, que en el mencionado texto definen de la siguiente manera:
  • Información errónea, presentada como aquella información falsa, que se comparte inadvertidamente y sin intención dañina porque alguien ha sido engañado, por creencias genuinas o simple descuido.
  • Información dañina, aquella que puede ser real o falsa, no siempre es verificable y se comparte con el fin de causar daño explícito. Puede incluir opinión, información personal o de otro tipo robada o expuesta sin permiso.
  • Desinformación, es información falsa y persigue causar daño. La Comisión Europea la define como información verificablemente falsa o engañosa que se crea, presenta y divulga con fines lucrativos o para engañar deliberadamente a la población, y que puede causar un perjuicio público. Este perjuicio incluye su capacidad para dañar el debate público y los procesos democráticos, especialmente en el ámbito electoral, además de impactar negativamente sobre bienes públicos como la salud, la economía o la seguridad, entre otros
Así mismo, el Informe agrega entre sus ideas bases, que en la era digital, también ocurre una explosión informativa de diferentes calidades que dificulta la identificación de contenidos veraces generando incertidumbre, como consecuencia de una dinámica en la que cualquiera puede generar contenido, difundirlo y compartirlo.

Y en el contexto de estos tiempos, la inteligencia artificial, se puede percibir como un fenómeno que si bien puede intensificar el alcance y peligro de esos desórdenes de información, también podría ofrecer oportunidades para detectar esos desordenes y combatirlos.

2.- La desinformación un fenómeno complejo caracterizado por:

2.1.- El reto que supone enfrentar la desinformación a los fines de proteger a la ciudadanía y ampliar sus derechos, pero sin restringir otros como la libertad de expresión o el derecho a la información veraz.

2.2- Unos efectos que no se limitan a crear falsas creencias, busca además, generar confusión, desconfianza, dividir y amplificar sesgos y prejuicios; además agrega, que para ello, los instigadores suelen explotar componentes afectivos y sustituir verosimilitud por veracidad. Persigue cambios estructurales en la percepción ciudadanía más que efectos concretos a corto plazo.

2.3- El contexto sociopolítico en el cual se desarrolla, marcado por la crisis de confianza democrática, la situación geopolítica, los factores sociales y psicológicos y el propio modelo de negocio digital, que además, se ve apoyado en tecnologías poco transparentes y en constante evolución.

2.4.- La dificultad que supone lograr un análisis integral del impacto de la desinformación, pese al consenso sobre sus riesgos.

2.5.- La necesidad de comprometer en responsabilidad y cooperación a todos los agentes (políticos, informativos, comerciales) para no explotar la incertidumbre y la desinformación.

3.- Soluciones concretas para enfrentar la desinformación

El informe presentado por la Oficina C entre sus 11 Ideas bases destaca 3 concretas soluciones, a saber:

3.1- Fomentar un diálogo con la ciudadanía que refuerce la confianza y se adecúe al nuevo contexto informativo; tarea que expresamente señala corresponde a las instituciones democráticas.

3.2- Impulsar medidas para combatir la desinformación que busquen la resiliencia y la alfabetización mediática y digital del conjunto de la sociedad.

3.3- Promover medidas orientadas a defender y reforzar la democracia ante la desinformación y consolidar mecanismos que la combatan de forma sistémica, desde la atribución de responsabilidades o su desmonetización hasta la extensión de la pluralidad y libertad de medios y la moderación de la contienda electoral online.

De esta forma logro resumir esas 11 ideas bases, pero debo agregar dos propuestas concretas que están allí mencionadas en el texto, que considero se pierden en el contenido y debían estar entre las soluciones registradas en 11 ideas bases, ellas son:
  1. Consolidar una estrategia nacional que integre multiples dimensiones de la desinformación y vertebre el desarrollo de políticas públicas en la materia.
  2. Reformar la Ley Orgánica 5/1985 del Régimen Electoral General para evitar las injerencias y garantizar un marco en el que se minimice el impacto de la desinformación.
Por último, debo reconocer que el informe es un extraordinario aporte para profundizar en las causas e impactos de la desinformación, pero quedó corto en valorar los instrumentos políticos, técnicos y jurídicos que se han adoptado en España para enfrentar principalmente el reto de la desinformación.

En ese sentido, por ejemplo, hubiera sido útil, cuando el Informe C aborda la desinformación como un tema de Seguridad Nacional valorar el impacto del Procedimiento de Actuación contra la Desinformación, aprobado por el Consejo de Seguridad Nacional y publicado en el Boletín Oficial de Estado el 5 noviembre 2020. 

Así como también, una revisión de la medida que en el 2021 asumió el Consejo de Ministros de crear un Foro contra las campañas de desinformación en el ámbito de la seguridad nacional y que produjo un interesante documento de reflexión sobre la materia publicado en el 2023.





Carlos Romero Mendoza.
@carome31


Fuente directa para acceder a:

Informe C. Desinformación en la era digital. Una amenaza compleja para las democracias.  Diciembre 2023. Online en: https://oficinac.es/sites/default/files/informes/OFICINAC_desinformaci%C3%B3n_20231214_web.pdf

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Referencia digital.

1Oficina C. Resumen C: Desinformación en la era digital. Una amenaza compleja para las democracias. Recuperado el 20 de febrero 2024. Online en: https://oficinac.es/es/informes-c/desinformacion-era-digital


2Del-Fresno-García, Miguel (2019). “Desórdenes informativos: sobreexpuestos e infrainformados en la era de la posverdad”. El profesional de la información, v. 28, Recuperado 6 de marzo 2023. Online en: https://revista.profesionaldelainformacion.com/index.php/EPI/article/view/epi.2019.may.02

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