Despoblación y Empleo, tres leyes autonómicas en España

1.- El empleo en tres leyes autonómicas.  2.- El empleo en la Ley de Aragón.  3.- El Empleo en la Comunitat Valenciana.  4.- El empleo en Castilla La Mancha.  5.- Conclusiones.

1.- El empleo en tres leyes autonómicas

El empleo y la vivienda, fueron destacados en el IV Congreso de Despoblación realizado en Albacete, España, el pasado mes de febrero 2023, como las dos cuestiones fundamentales que hay que mejorar en las zonas más afectadas por la despoblación.1

En mí interés por profundizar en el fenómeno de la despoblación, quiero dedicar esta publicación a revisar cómo 3 leyes autonómicas que abordan este fenómeno desarrollan medidas orientadas promover el empleo en las zonas afectadas por la despoblación.

Esas tres leyes a que hago referencia son:
  1. Ley 13/2023, de 30 de marzo, de dinamización del medio rural de Aragón.
  2. Ley 5/2023, de 13 de abril, integral de medidas contra el despoblamiento y por la equidad territorial en la Comunitat Valenciana.
  3. Ley 2/2021, de 7 de mayo, de Medidas Económicas, Sociales y Tributarias frente a la Despoblación y para el Desarrollo del Medio Rural en Castilla-La Mancha.
Iniciaré el recorrido de la revisión a esas tres leyes autonómicas revisando cada exposición de motivos, para identificar cómo se plantea el empleo en cada caso particular; en ese sentido, empiezo por la Ley de dinamización del medio rural de Aragón, en cuyo contenido se reconoce que para lograr contribuir con el crecimiento, desarrollo económico y empleo en el medio rural, es clave la aplicación del principio de igualdad de oportunidades para todos los residentes del territorio autonómico.

La exposición de motivos nos permite conocer que la Comunidad Autónoma de Aragón, cuenta con una Directriz especial de política demográfica y contra la despoblación, presentada como instrumento normativo de planeamiento territorial adoptado a través del Decreto 165/2017, de 31 de octubre, que se presenta como documento autonómico que pauta los objetivos y actuaciones sectoriales en materia de demografía y poblamiento.

La Ley de dinamización del medio rural, hace referencia intencionalmente, a varios aspectos previstos en la mencionada Directriz, y expresamente se reconoce que con la Ley adoptada en el 2023 y que se revisa en esta publicación, se quiere contribuir a impulsar su desarrollo junto a los objetivos establecidos en la propia Ley tendientes a dotar de una mejor funcionalidad a los municipios que sufren la despoblación catalogados como dependientes según la estructura de asentamiento de Aragón, desde una perspectiva comarcal.

Por su parte, la exposición de motivos de la Ley de la Comunitat Valenciana, nos plantea la necesidad de ampliar la base económica de los municipios en riesgo de despoblamiento, a los fines de ofrecer, entre otros aspectos, condiciones que sean favorables para el emprendimiento y la creación de empleos estables y de calidad, en lo privado y en lo público, que además, respondan a las potencialidades del territorio, incentivando la atracción y la retención del talento jóven especialmente femenino y a la profesionalización.

Por último en lo que se refiere a la exposición de motivos de cada Ley, en el caso de Castilla-La Mancha sólo se presenta al empleo como una medida prevista en la Ley específicamente en su capítulo I del Titulo IV de Cohesión económica, social y territorial del medio rural.

2.- El empleo en la Ley de Aragón

La Ley 13/2023, de 30 de marzo, de dinamización del medio rural de Aragón, nos dice que sus contenido busca, entre otros fines, la creación y promoción del empleo, reconociéndolo como una de las fórmulas para fomentar la actividad económica continuada y diversificada en el medio rural, manteniendo los sectores tradicionales del mundo rural.

Específicamente sobre el empleo, la Ley plantea entre sus objetivos los siguientes:

1) Impulsar y reforzar programas de orientación, inserción, formación y promoción del empleo, emprendimiento económico y social, difusión de la cultura y de I+D+i adecuados a la realidad rural, y a las oportunidades y valores ligados a un medio rural vivo y de futuro, considerando el fomento del empleo como elemento fundamental para la dinamización del medio rural.

2) Promover la realización de proyectos de inclusión social en el medio rural para atender las necesidades específicas de las personas o colectivos con dificultades de integración social y facilitar de manera coordinada con las entidades locales la atención sociosanitaria, la educación, el acceso a la vivienda y la información y orientación para el empleo.

Esos dos objetivos que específicamente abordan el tema del empleo, se desarrollan a través de los siguientes elementos:

1.- Programa de Gestión Territorial: presentado como el instrumento técnico-político en el que se deben fijar los lineamientos para abordar las políticas de empleo en esta materia, el Programa, está previsto en la directriz especial de política demográfica y contra la despoblación en Aragón.

2.- Instituto Aragonés de Empleo: es el órgano responsable de promocionar programas de formación para el empleo, como las escuelas taller y los talleres de empleo, enfocados hacia una economía multifuncional y circular, para atender a los nichos de empleo del medio rural.

Expresamente se señala que tales programas deben dirigirse principalmente, a jóvenes, mujeres y desempleados del medio rural, con la finalidad de favorecer su capacitación, asentamiento y permanencia en el territorio y, expresamente se destaca la necesidad de favorecer la implantación de talleres artesanos, para potenciar la capacidad del sector artesanal a los fines de generar autoempleo y preservar ese sector.

Así mismo, en el ámbito de la inserción profesional se garantizará que las convocatorias públicas de los distintos programas de empleabilidad para colectivos con especiales dificultades de inserción en el mercado de trabajo, mujeres, jóvenes menores de 30 años no ocupados y no integrados en los sistemas de educación o formación o cualesquiera otros programas experimentales para personas jóvenes desempleadas o mayores de 45 años, incorporen criterios para la adquisición y mejora de competencias y habilidades sociales generando nuevas oportunidades en el medio rural.

Por último, la Ley nos dice que este Instituto será el responsable de la prestación del servicio de intermediación, información y orientación profesional, a través de sus redes de oficinas de empleo.

3- Centros de investigación aragoneses: la ley exige que la coordinación y el impulso de esos centros situados fuera de las grandes capitales, así como la promoción de nuevos centros de investigación en ámbitos de especial relevancia para el desarrollo de un ecosistema de innovación e investigación en el medio rural, orienten sus actividades al fomento del empleo de alta cualificación y a la atracción de talento a las zonas rurales.

4.- Responsabilidad social como herramienta de toda la sociedad para lograr el desarrollo sostenible e integrador del medio rural: la Ley de Aragón exige en esta materia, la existencia de un un plan de responsabilidad social de Aragón, que debe ser impulsado por el Instituto Aragonés de Fomento, y además, establece que el componente rural debe ser valorado como elemento diferenciador de la responsabilidad social empresarial para la obtención del sello de responsabilidad social de Aragón.

La Ley nos aclara que por componente rural (responsabilidad social rural) debemos entender todas aquellas actuaciones desarrolladas por empresas u organizaciones, dentro de su responsabilidad social corporativa, que supongan un incremento del empleo local, de su calidad, una valorización del patrimonio natural y cultural de la zona o una mejora de las condiciones de vida de la población residente en la zona de influencia, incidiendo de este modo en el desarrollo sostenible e integrador del medio rural.

5.- La participación de las entidades locales: En Aragón se reconoce a las entidades locales como colaboradoras estratégicas en el desarrollo de programas de empleo que atiendan a colectivos con especiales dificultades de acceso al empleo por su edad, falta de experiencia o excesivo tiempo de permanencia en situación de desempleo.

En ese mismo sentido, las entidades locales están llamadas a articular acciones con el Instituto Aragonés de Empleo, para fomentarán el empleo con fines experienciales a través de proyectos de interés general y social, contribuyendo a la mejora de la empleabilidad de las personas participantes.

6.- Economía social y el empleo, la Ley reconoce que la economía social debe contribuir a la tarea de crear y consolidar el empleo inclusivo, estable y de calidad.

La Ley de Aragón, nos permite conocer medidas específicas que se plantean para el fomento del empleo en el medio rural y en especial, destaca que las mismas estarán orientadas a: mujeres, jóvenes, desempleados de larga duración, personas en situación o riesgo de exclusión social y personas con discapacidad en zonas menos pobladas, a saber:

a) El apoyo a la creación de empleo en las empresas, al autoempleo y al empleo en cooperativas, sociedades laborales y demás formas jurídicas que conforman la economía social, singularmente en los sectores de actividad económica relacionados con el uso de nuevas tecnologías, la economía circular, sectores emergentes o actividades relacionadas con el patrimonio, el comercio local, el medio ambiente, el turismo o el aprovechamiento de recursos ociosos o infrautilizados en las zonas que generen los empleos.

En este ámbito se adoptarán medidas que promuevan una participación activa de la mujer a través de incentivos o mejoras en las ayudas destinadas a las mismas.

b) El desarrollo de políticas activas de empleo que contribuyan a la mejora constante de la empleabilidad de las personas en el medio rural y la reducción de la temporalidad a través de medidas que favorezcan un empleo estable y de calidad y la mejora de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo.

c) La realización de programas de formación profesional para personas desempleadas y programas mixtos de empleo y formación, especialmente, en servicios de proximidad y de atención a personas dependientes.

d) El fomento de actuaciones para la formación de los trabajadores del medio rural en materia de relaciones laborales, salud laboral, igualdad de género, integración y sostenibilidad, en el marco del dialogo social.

En cuanto a estructura de la Ley, en el caso de Aragón registra el tema de empleo en su título IV, Dinamización y diversificación económica.


3.- El Empleo en la Comunitat Valenciana

La Ley 5/2023, de 13 de abril, integral de medidas contra el despoblamiento y por la equidad territorial en la Comunitat Valenciana, establece entre sus fines el promover y garantizar oportunidades de empleo, formación, ocio, cuidados y acceso a servicios fundamentales, para lograr mejorar la calidad de vida en los municipios afectados por la despoblación. La perspectiva del despoblamiento se presenta como un principio transversal en distintos ámbitos, entre los cuales está el empleo.

Las Consellerias en la Comunitat Valenciana, según su competencia, son presentadas como responsables de promover la reactivación y diversificación de la actividad económica, y a tal fin están llamadas para la aplicación de mecanismos de priorización o de discriminación positiva en sus programas de inversión o convocatorias, con el fin de favorecer aquellas actividades que generen empleo y que contribuya a fijar población y a mejorar la calidad de vida de las personas residentes en los municipios en riesgo de despoblamiento, sin perjuicio de lo dispuesto por la Ley 19/2018, de 13 de julio, de aceleración de la inversión a proyectos prioritarios.

La Ley valenciana en su Capítulo II desarrolla normas orientadas a la reactivación y diversificación socio-económicas y promoción de empleo del Titulo III Medidas de cohesión social, económica y territorial, en ese capítulo, entre otras normas, quiero destacar la identificación de una serie de medidas para la creación y mantenimiento del empleo a saber:

1.- Impulso de programas específicos de empleo en municipios con riesgo de despoblamiento, en especial, orientados a mujeres, jóvenes, personas paradas de larga duración, personas en riesgo de exclusión social y personas con diversidad funcional, favoreciendo actuaciones de ámbito supranacional o mancomunado.

2.- Servicios de orientación profesional, garantizados a través de la red de oficinas de atención al público y los puntos de acceso online en el territorio del Servicio Valenciano de Ocupación y Formación, considerando, en su caso, la ampliación a aquellos municipios en riesgo de despoblación y sus comarcas, para garantizar así el acceso a servicios especializados que aumenten las oportunidades en el ámbito del trabajo.

3. Programas de formación y políticas activas de empleo, que a través de un carácter territorial y transversal, permitan su adaptación a las necesidades de las empresas y de las personas en municipios en riesgo de despoblamiento.

En este sentido la Ley destaca que se reforzarán y ampliarán los planes territoriales de empleo, para abordar la orientación, la formación ocupacional, la inserción laboral y el fomento del empleo desde la vinculación al territorio, así como la atracción y retención de talento joven, especialmente femenino, específicamente orientados hacia comarcas con municipios en riesgo de despoblamiento; todo ello, contando con los agentes sociales y sectoriales presentes en el territorio.

4. Programas de formación dirigidos a mejorar la empleabilidad de las personas residentes en los municipios en riesgo de despoblamiento, a la reducción de la temporalidad y parcialidad, y a la mejora de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo.

En estos programas, dice la Ley, se atenderán específicamente las necesidades de formación, cualificación y recualificación profesional de mujeres y personas mayores de 50 años, así como los programas que combinen la formación y el empleo, priorizando, entre otros, sectores emergentes en el ámbito de las energías renovables, la digitalización y la gestión ambiental, la agricultura y ganadería sostenibles y de calidad, y la capacitación en servicios de proximidad y de atención a personas dependientes o en situación de vulnerabilidad.

4.- El empleo en Castilla La Mancha

A diferencia de las otras dos leyes el empleo no está expresamente señalado entre el objeto de la Ley 2/2021, de 7 de mayo, de Medidas Económicas, Sociales y Tributarias frente a la Despoblación y para el Desarrollo del Medio Rural en Castilla-La Mancha; pero se entiende que está implícito, pues es claro que el empleo es una de las piezas claves en cualquier propuesta orientada a buscar el desarrollo integral rural en cualquier comunidad autónoma, más cuando, como ocurre en esta Ley se reconoce que la lucha contra la despoblación tendrá especial atención.

Cuando la Ley nos presenta sus objetivos, uno sólo de ellos hace referencia expresa a la economía plateada, como una oportunidad que ofrece el envejecimiento de la población, para desplegar un nuevo sector de actividad y de empleo en el mundo rural, que el legislador ubico en la población mayor a 55 años.

El empleo encuentra espacio cuando la Ley Castilla La Mancha desarrolla una serie de medidas transversales para el fomento y diversificación de economía rural y en tal sentido, plantea:

1) Gestionar y ejecutar programas de empleo específicos, destinados a colectivos de determinados sectores de actividad, o cualificación para la puesta en marcha de proyectos empresariales o planes dirigidos a la lucha contra la despoblación y fijación de la población en zonas rurales o desarrollo estratégico de determinados territorios.

2) Fomentar la economía social, con el fin de promover, crear y consolidar empleo inclusivo en el medio rural.

Y con mayor precisión, la Ley de Castilla-La Mancha, plantea que para la creación y mantenimiento del empleo en el medio rural, en especial para mujeres, jóvenes, personas paradas de larga duración, personas en riesgo de exclusión social y personas con discapacidad, particularmente en zonas escasamente pobladas o en riesgo de despoblación se articularán las siguientes medidas:

a) El apoyo económico y de asesoramiento a la creación de empresas, al autoempleo y al empleo en cooperativas y demás formas jurídicas que conforman la economía social, singularmente en los sectores de actividad económica relacionados con el uso de nuevas tecnologías y con prácticas innovadoras en materia medioambiental. Especialmente se apoyará el cooperativismo y las redes de mujeres rurales con la finalidad de promover una representación equilibrada de mujeres y hombres.

b) Desarrollar un programa de captación del talento, para facilitar a las personas con titulación universitaria, ciclos formativos o certificados de profesionalidad, el traslado a las zonas rurales escasamente pobladas o en riesgo de despoblación, fomentando su contratación, su actividad emprendedora o la continuidad de su formación profesional.

c) El mantenimiento de puestos de trabajo en sectores productivos especialmente significativos en el medio rural, compaginando las fuentes tradicionales de empleo rural con una nueva empleabilidad en sectores emergentes.

d) El fomento de políticas activas de empleo que contribuyan a la mejora constante de la empleabilidad de las personas en el medio rural y la reducción de la temporalidad y parcialidad, así como la responsabilidad social y la mejora de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo.

e) Desarrollar programas de empleo específicos dirigidos a la lucha contra la despoblación, fijación de la población o desarrollo estratégico.

f) Potenciar la formación profesional para el empleo, en particular para mujeres y personas mayores de 50 años, a fin de mejorar la cualificación de la población del medio rural, a través de la formación presencial con una ratio reducida, de la tele-formación, y de las aulas móviles y virtuales, así como los programas que combinen la formación y el empleo ligados a la actividad empresarial o sectores emergentes, garantizando la prestación de servicios en el territorio y la recualificación profesional de sus habitantes, priorizando, entre otros, la formación y capacitación en servicios de proximidad y de atención a personas dependientes o en situación de vulnerabilidad.

g) Garantizar la orientación profesional de todos sus habitantes mediante un sistema adaptado al entorno rural con un servicio de proximidad y una metodología flexible que permita aprovechar los yacimientos de empleo y la sostenibilidad de estas zonas y con especial atención a las iniciativas de autoempleo.

h) El diseño de actividades de información y formación que faciliten la implicación de las personas que habitan el medio rural en el turismo geológico, ecológico, minero y otros aprovechamientos culturales endógenos.

i) La colaboración con las entidades locales para acercar los servicios de empleo de la Comunidad Autónoma, a las personas residentes en las zonas rurales de la región.

Importante destacar que la Ley establece el apoyo a la promoción económica y empresarial en el medio rural para la digitalización de las empresas con el objeto de mejorar la competitividad en los mercados internacionales globales y la generación de empleo de calidad y entre otras, también se exige medidas tendentes a evitar el éxodo rural de las mujeres y para mejorar su acceso a la formación y al empleo en las zonas rurales.

Y por último, la Ley plantea que para los proyectos que generen actividad económica y empleo en las zonas escasamente pobladas o en riesgo de despoblación, se puede crear un sistema de complemento a las ayudas y subvenciones que hayan obtenido de la Administración General del Estado, contemplando los límites de ayuda fijados en el mapa de ayudas regionales de la Unión Europea, sujeto al régimen previsto en la letra c) del apartado 2 del artículo 75 del Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha.

Importante destacar, que en la Ley de Castilla La Mancha, el empleo es presentado como uno de los criterios de actividad económica para los diferentes sectores de la actividad económica de la población.

5.-    Conclusiones

Las tres leyes reiteran claramente el papel estratégico del empleo en cualquier iniciativa de reactivación o recuperación económica de las zonas rurales y en particular de aquellas zonas afectadas por la despoblación; a tal fin, coinciden en plantear programas de creación de empleo, así como de formación y capacitación del capital humano tanto para mantener los empleos existentes como para responder a nuevas iniciativas en esta materia, según cada caso en particular.

Como hemos visto, las políticas de empleos tienen en principio como potenciales beneficiarios de las políticas que se diseñen a las mujeres y jóvenes, sin olvidar que hay personas que superan los 50 años que pueden seguir aportando tiempo, experiencia y capacidad creativa, más aún cuando es necesario para reactivar zonas afectadas por la despoblación.

El empleo fue uno de los temas que se plantearon para enfrentar la despoblación en los programas electorales autonómicos para las elecciones del 28 de mayo 2023 en Aragón, Comunitat de Valencia y Castilla-La Mancha, nuevamente buscando información en el portal web de Rtve.es que permite comparar programas electorales, puedo citar los siguientes ejemplos:

En Aragón 2, Aragón Existe propuso incentivos para trabajadores, emprendedores y empresas que se instalen en el medio rural, así como facilidades para el teletrabajo para los empleados públicos.  VOX también propuso incentivos, pero en ese caso orientado a retención de talento joven y emprendimiento local.

En la Comunitat Valenciana 3, el PSPV-PSOE, vinculó su propuesta de empleo para enfrentar la despoblación a la bioeconomía y economía circular; por su parte Podemos propuso promocionar una oferta de formación profesional enfocada en la recuperación de los oficios tradicionales. 

Por último en Castilla-La Mancha 4, el PP propuso una deducción de 2.000 y 3.000 euros en el ejercicio de alta para emprendedores que se ubiquen en zonas de intensa o extrema despoblación, y VOX propuso impulsar la creación y crecimiento de empresas en la economía rural concediendo a tal fin incentivos fiscales. 

Ahora que se inicia nuevo período de gobiernos autonómicos habrá que revisar las propuestas que se formulen para atender la despoblación y en ese contexto, en particular la creación y mantenimiento de empleos como fórmula para frenar el fenómeno de la despoblación. 

Carlos Romero Mendoza.
@carome31

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1CMMNoticias.com. Empleo y Vivienda, claves para luchar contra la despoblación. 17 de febrero 2023. Online en: https://www.cmmedia.es/noticias/castilla-la-mancha/albacete/empleo-vivienda-claves-lucha-despoblacion.html 

2 Rtve.es. Aragón. En: 28M Elecciones Autonómicas y Municipales. Recuperado el 24 de junio 2023. Online en: https://www.rtve.es/noticias/elecciones/autonomicas-municipales/comparador-programas/aragon/



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