Una mirada al Acuerdo sobre la Crisis Humanitaria del 15 de enero 2019.



 La Asamblea Nacional el día 15 de enero 2019, ha aprobado un Acuerdo mediante el cual se autoriza la ayuda humanitaria para atender la crisis social que sufre la sociedad venezolana.

El contenido del Acuerdo se desarrolla en 10 considerando y 11 acuerdos.

I.-         Algunos antecedentes el Acuerdo.

En el pasado reciente, la Asamblea Nacional ha actúado en materia de salud y seguridad alimentaria y además, el Acuerdo recuerda que en septiembre del 2018 el Consejo de Derechos Humanos de la Organizaciones de las Naciones Unidas aprobó una Resolución mediante la cual se reconoce la crisis humanitaria en Venezuela.

Actúación de la Asamblea Nacional en dos temas relacionados con la crisis humanitaria:

En el caso de la Salud, la Asamblea Nacional logró aprobar la Ley Especial para atender la Crisis Nacional de Salud en fecha 28 de abril de 2016, así como también, ha aprobado diversos acuerdos relativos a la crisis hospitalaria, la epidemia de malaria y la reaparición de enfermedades como tuberculosis y difteria.

En materia de alimentación, ha aprobado 3 Acuerdos previos en los cuales ha desarrollado el tema seguridad humanitaria, específicamente abordando el tema de la seguridad alimentaria, a saber:

El  11 de febrero de 2016 con el título Acuerdo mediante el cual se declara crisis humanitaria e inexistencia de Seguridad Alimentaria de la Población Venezolana.

En ese Acuerdo la Asamblea Nacional, acordó exigir a distintos actores que respondieran al país atendiendo a sus atribuciones:

-Al presidente le solicitaron un Plan de Seguridad Alimentaria.
-Al BCV la publicación de los datos estadísticos sobre la escasez de alimentos.
-Al INE y al INN la publicación de datos estadísticos sobre la pobreza, la desnutrición, etc...
-A la FAO y a UNICEF que enviara una comisión de expertos a evaluar la realidad en Venezuela.
-A la Comisión Permanente de Política Exterior, Soberania e Integración, que solicitara informes sobre el estado de acuerdos relacionados con el tema de la seguridad alimentaria.
-A la Comisión Permanente de Administración y Servicio, la elaboración de un informe sobre la situación del Corporación Venezolana de Alimentos y sobre los distintos actores relacionados con el tema agroalimentario.

El 21 de julio de 2016 con el Acuerdo de condena de la represión política y de la violación de los derechos humanos, a propósito del ejercicio del derecho constitucional a la protesta por el hambre y la escasez de alimentos.

El 14 de marzo de 2017 aprueba una Declaratoria de crisis humanitaria en materia alimentaria en el país; en ese Acuerdo la Asamblea Nacional recordó que según el artículo 305 de la Constitución Nacional el Estado está obligado a garantizar la seguridad alimentaria de la población.

En ese mismo texto la Asamblea Nacional había exhortado a los órganos del Poder Público ha adoptar, atendiendo a sus atribuciones respectivas, medidas urgentes para combatir el hambre.   Igulamente hizo un llamado para que se activen todos los mecanismos institucionales viables para enfrentar la problemática conjuntamente con la sociedad organizada.

En aquél momento se creó una Comisión para definir la participación de los distintos sectores en una consulta nacional para defnir las acciones que debían emprenderse para impedir que se agravara la crisis alimentaria.

Así mismo, la Comisión estaba comprometida a identificar la cooperación internacional para combatir el hambre.

Por último la Asamblea Nacional se había comprometido en marzo de 2017 a a probar una Ley sobre la crisis humanitaria en materia alimentaria.

II.-        El papel de los organismos multilaterales actores claves en este Acuerdo

En este nuevo Acuerdo que autoriza la ayuda humanitaria para atender la crisis social que sufre el pueblo venezolano, permite interpretar, que los organismos multilaterales tendrán una enorme responsabilidad para que el Acuerdo del 15 de enero 2019 se pueda efecutar de manera efectiva.

En tal sentido la Asamblea Nacional mediante el texto del Acuerdo ha exhortado a los organismos multilaterales a:

-No permitir que el Estado monopolice  la administracióin y orientación de la ayuda humanitaria.
-Apoyar a distintas iglesias, organizaciones no gubernamentales y las redes médicas para hacer contraloría, veeduría y acompañamiento de los programas de ayuda.
-No permitir que la ayuda humanitaria sea utilizada por el régimen que usurpa el poder en Venezuela para los fines de control social y propaganda política.

Así mismo, acordó exigir a los organismos de cooperación que la ayuda humanitaria que canalice, se administre en forma consistente con los criterios de universalidad, humanitarismo, neutralidad, imparcialidad y rendición de cuentas establecidos en la Norma Humanitaria Esencial, en la Carta Humanitaria Internacional y en los mandatos y códigos de conducta de sus agencias.

III.-       Medidas para lograr una efectiva ayuda humanitaria.

Financieras.
-Aprobación de fondos de organismos bilaterales o de agencias de cooperación sobre la asignación de subsidios directos a los hogares más vulnerables.

Dotación de material.
-Dotación de material médico quirúrgico, así como la entrada de medicamentos para enfermedades crónicas y/o de alto costo, así como los medicamentos de alta rotación, todos incluidos en el listado de medicamentos esenciales de la Organización Panamericana de la Salud (OPS) así como en el listado del Fondo Estratégico de la misma organización.
-Dotación de los puestos del nivel primario de salud con suplementos nutricionales, alimentos terapéuticos y esquemas suplementarios de embarazadas.

Vacunación.
-Que se permita la entrada al país de vacunas para subir nuestro actual nivel de cobertura de 25% y llevarlo al estándar internacional de 98% a nivel nacional, para de esta manera atender las epidemias de sarampión y difteria, así como tratamiento para atender la Malaria.

Alimentación
-Exhortar y gestionar la producción e importación extraordinaria de alimentos de la canasta básica para abastecer al país.

Contraloría Social.
-Exigir a los organismos de cooperación internacional, incluyendo las agencias ONU que se apeguen a sus mandatos de incentivar el papel de los parlamentos y la sociedad civil en la contraloría ciudadana de esta ayuda.

IV.-      Diagnóstico de la realidad venezolana:

El Acuerdo del 15 de enero, hace una revisión de la realidad y advierte lo siguiente:

1.- Según la última Encuesta Nacional de Condiciones de Vida de la Población Venezolana (ENCOVI):
-El 87% de los venezolanos está en situación de pobreza;
-Más de 8 millones de venezolanos ingieren solo 2 o menos comidas por día y que 6 de cada 10 venezolanos han perdido 11 kilos de peso en promedio en el último año;

2.- Según Caritas Venezuela se ha duplicación los niveles de desnutrición aguda en niños y embarazadas, el colapso de las estrategias de sobrevivencia familiar entre las familias más pobres, el ascenso a más de 30% de la prevalencia de retardo del crecimiento ya irreversible incluso entre los niños recuperados de la desnutrición y el daño perdurable sobre sus vidas y sobre el capital humano del país.

3.- Según la última Encuesta Nacional de Hospitales (ENH 2018), avalada por la Organización Médicos por la Salud y presentada por la Comisión Permanente de Desarrollo Social Integral de la Asamblea Nacional:
-El 88% de los hospitales del país presentan fallas de medicamentos e insumos;
-El 100% de sus laboratorios prestan un servicio intermitente a los pacientes;
-EL 96% de los servicios de nutrición hospitalaria no están activos;
-El 66% de los servicios pediátricos no cuentan con fórmulas para recién nacidos;
-El 59% de las camas de los hospitales no están operativas;
-El 53% de los pabellones de los centros de salud públicos del país no funcionan y
-El 79% de ellos no tienen servicio de agua, entre otras irregularidades;

Además, el Acuerdo alerta que han muerto muchos venezolanos y otros corren el riesgo de morir ante la indolencia del régimen que hoy usurpa el poder en Venezuela para atender la grave crisis humanitaria que padece el pueblo venezolano.

V.-       La responsabilidad de la crisis humanitaria.

El Acuerdo en sus considerandos es muy categórico al afirmar que el régimen de Nicolás Maduro es el responsable de la peor crisis humanitaria de la historia de Venezuela,  la cual se ha traducido en hambre, hiperinflación, escasez de medicinas y de alimentos, entre otras penurias que sufre el pueblo venezolano.

La Asamblea Nacional también denuncia que los principales elementos de esa crisis son la corrupción y el saqueo de los recursos públicos por parte del régimen que usurpa el poder en Venezuela; así como tambien el uso de la alimentación y la salud como estrategias de dominacioin social y mantenimiento del poder, todo ello en el marco de un modelo social económico y político que, afirman, se ha instaurado en el país.

VI.-      La viablidad del Acuerdo.

Este es un Acuerdo que pone en la balanza la crisis política del momento actúal, pues por un lado está el poder real del régimen y el poder legítimo de la Asamblea Nacional, en consecuencia, para cumplir con este Acuerdo, ¿qué lado de la balanza se inclinará más?.

Y por último, el mismo depende de la efectiva negociación de los organismos multilaterales y de la disposición del régimen de permitir la entrada de alimentos y medicinas al país.

Carlos Romero Mendoza
16 de enero 2019

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