Ruptura del orden constitucional y desconocimiento al Ejecutivo Nacional
La Asamblea Nacional a
través de sus Acuerdos ha venido expresando en palabras y dejando registro de
la historia política que transcurre en la actualidad, llegando a decir aquello
que muchos quieren decir, pero no se atreven, no saben cómo, no logran
articular espacios para hacerlo o simplemente muchos esperan que sean otros lo
que lo expresen.
Esos Acuerdos ponen en
relieve que la única Asamblea Nacional desde 1999 se ha pronunciado oportuna y
de manera decisiva contra un gobierno que simplemente pretende anularla. Eso es importante destacarlo porque NO SE
PUEDE PERMITIR que nos arrebaten la Asamblea Nacional, como hizo la Asamblea
Nacional Constituyente con el Congreso de la República.
En los Acuerdos
aprobados por la Asamblea Nacional se pueden encontrar argumentos políticos
para rechazar cualquier intento de avanzar en un proceso constituyente,
ignorando que desde mayo 2016 se ha venido produciendo un golpe de estado
continuo.
Una
mirada a aspectos importantes de varios Acuerdos:
Acuerdo exhortando al cumplimiento de la
Constitución y sobre la responabilidad del Poder Ejecutvio Nacional, del TSJ y
del CNE para la preservación de la Paz y ante el cambio democrático en
Venezuela.
10 de mayo de 2016.
En ese Acuerdo, la Asamblea Nacional denunció: ruptura del órden constitucional y
democrático en Venezuela, por violación a las
disposiciones constitucionales por parte del Poder Ejecutivo Nacional,
del Tribunal Supremo de Justicia y del Consejo Nacional Electoral.
Luego el 23 de octubre
2016 la declara formalmente, en el Acuerdo
para la restitución del orden
constitucional en Venezuela.
Retomando el Acuerdo
del 10 de mayo de 2016, La Asamblea Nacional exhortó a los distintos actores
del Poder Público para que cumplieran su labor.
En cualquier asamblea o
reunión, basta revisar esas exhortaciones y preguntarle a los asistentes si la misma
fue o no atendida por la Asamblea Nacional y en base a la respuesta construir
una conclusión que sería la narrativa de un argumento político en el cual se
destaque la intencionalidad de acabar con la institucionalidad de la
Constitución de 1999 y por ello llega a la Constituyente.
En ese Acuerdo, la AN expresamente
eleva un llamado a los siguientes actores:
-Presidente de la
República, la AN le instó a remover los obstáculos que impedían el
diálogo. Cuestionó al gobierno de
pretender permanecer en el poder, lo cual calificó como una actitud irresponsable.
-A la Sala
Constitucional le exigió ser intérpretes estrictos del texto
constitucional. Les instó a no incurrir
en abusos en el ejercicio de la función jurisdiccional y que hicieran valer la
independencia del Poder Judicial frente al gobieron de Nicolás Maduro.
-Al CNE le exigió
condiciones favorables para el ejercicio del derecho fundamental a la
participación política de los venezolanos.
Se exhortó al poder electoral actuar como órgano imparcial.
En
ese Decreto de mayo de 2016 la Asamblea Nacional propuso al ejecutivo demostrar
responsabilidad en el ejercicio del gobierno y a tal fin, propusieron:
- Liberación de presos ,
- Ayuda humanitaria,
- Abandone discurso de ofensa y de odio.
- Construir agenda comun con país.
Una Agenda reconocida por todos los actores, y que debe repetirse una y otra vez, porque no puede una Constituyente venir e imponer una realidad sin atender las necesidades elementales de la sociedad que se han exigido en distintas oportunidades y por distintos actores, como en este caso la AN.
Acuerdo
sobre el Rescate de la Democracia y la
Constitución. 13 de octubre 2016.
En
ese Acuerdo hay un principio que como argumento político y jurídico es
importante destacar y recordar una y otra vez.
La supremacía constitucional no cede ante el autoritarismo del
Poder Ejecutivo, ni ante la tergiversada interpretación de sus normas por parte dre la Sala
Constitucional, es una obligación el 333 de la Constitución.
Importante
es señalar que en ese Acuerdo la Asamblea Nacional fijó una posición, que en
cada oportunidad los ciudadanos deberíamos divulgar, anunciar y respaldar,
porque es el único Poder legitimo y que ha dicho las cosas como son. La posición que asumió en aquél momento, fue:
Desconocer la autoridad y vigencia
de los actos del Poder Ejecutivo y de las sentencias del TSJ contrarias a los
valores, princpios y garantías democráticos y lesionen los derechos
funamentales.
El
350 de la Constitución puede soportarse en este Acuerdo para desconocer todo
acto y toda sentencia que violente los valores, principios y garantías
democráticos.
Dos exhortaciones hace la Asamblea
Nacional en ese Acuerdo:
Nuevamente
se dirige al CNE a exigir condiciones favorables al ejercicio de derechos
políticos, garantizando su plena vigencia y efectividad.
Además,
llama a la Fuerza Armada Nacional Bolivariana para que garanticen el ejercicio de los derechos políticos y el repesto de la
volutnad del electorado, espeicalmente el referendo revocatorio y elecciones
regionales y coadyuven al restablecimieno del Estado de Derecho.
Por último, se compromete en ese Acuerdo a:
Consultar
y organizar a la sociedad venezolana para
foverecer un gran movimiento cívico nacional en defensa de la Constitución de
la democraica y el voto.
Acuerdo
para la restitución del orden
constitucional en Venezuela. 23
de octubre de 2016
En este Acuerdo la Asamblea Nacional declara la ruptura del orden constitucional
y la existencia
de un golpe de estado continuado cometido por el régimen de Nicolas Maduro
contra la Constitución y el pueblo.
Se
dirige a la Fuerza Armada Nacional Bolivariana y le exige no obedecer ni
ejecutar ningún acto o decisión contraria a la Constiución.
Nuevamente se dirige a la sociedad organizada y
convoca al pueblo a la defensa activa, constante y valiente
de la Carta Magna, la democracia y el estado de derecho hasta lograr la
restitución del orden constitucional
Y
plantea en ese Acuerdo evaluar la situación constitucional del Presidente.
Acuerdo en rechazo a la ruptura
del orden constitucional y a la permanencia de la situación de golpe d eestado
en venezuela 5 de abril 2017
La
Asamblea Nacional en ese texto, condena lo que calificó de violación
generalizada y sistemática del orden constitucional y democrático en Vneenzuela
y el golpe de estado comentdio lo cual se hav isto conformado por más de 50
sentencias inconstitucionales y agravado por las sentencias 155 y 156.
Acuerdo
en rechazo a la ejcución continuada del golpe de estado y en condena a la
represión, persecusición, torturas y otras violaciones a los derchos humanos de
la población. 19 de abril 2017.
Se
exhorta a las autoridades y funcionarios públicos a respetar la Constitución y
garantizar la plena vigencia de los derechos fundamentales.
Claramente
a lo largo de 4 Acuerdos desde mayo 2016 y hasta abril 2017, el mensaje de la
Asamblea Nacional ha estado insistiendo en la ruptura del orden constitucional
y democrático provocada por los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, a
tal punto que llegó a desconocer la autoridad y vigencia de esos poderes cuando
contrarian a los valores y principios constitucionales.
Ese
mismo Poder Ejecutivo, pretende ahora manipular la Constitución para imponer
una Constituyente, engañando a los ciudadanos y buscando ocuparlos en un debate
que pretende dejar en un segundo nivel o restarle importancia a una
realidad: la ruptura del orden
constitucional y democrático en el país.
Es
ilegítimo convocar a una Constituyente, quien no respeta la Constitución y
quien está a espaldas de la voluntad popular, por ello es inconstitucional
también esa convocatoria porque no hay mecanismo alguno que logre incluir la
voz del soberano, que es la misma voz que en el año 1999 aprobó la
Constitución.
Como
representantes del pueblo, la Asamblea Nacional, abrió el debate político sobre
un tema nacional en el seno del espacio natural de los debates políticos y ha
denunciado lo que hoy es más que evidente, el régimen está fuera de la
Constitución.
Carlos Romero Mendoza
29
de mayo de 2017