El Sistema Público Metropolitano de Salud.

El pasado 11 de junio del 2008, se publica en Gaceta Oficial 38.950, una providencia administrativa del Comité para la organización y rectoría del sistema público metropolitano de salud, mediante la cual crea una subcomisión para la atención de urgencias, cuyo objetivo según la providencia administrativa número 001, del 9 de junio del 2008, es la siguiente: Garantizar la atención médica en casos de urgencias, a la población del área metropolitana de Caracas, a través de un sistema telefónico e informático, como parte del Plan del Sistema Público Metropolitano de Salud, el cual será financiado con un fideicomiso suscrito entre el BANDES y el Min. Popular para las Finanzas.


Este Comité para la organización y rectoría del sistema público metropolitano de salud, fue creado el 28 de enero del 2008, en el Decreto Nº5.836. publicado en la Gaceta Oficial Nº 38.859.


Importante es destacar que este Comité, tiene por objeto crear, implementar y coordinar, la metología adecuada que permita alcanzar el objetivo de crear el Sistema Público Metropolitano mediante el cual se profundice y conosolide la gestión metropolitana en todos los hospitales, ambulatorios, clínicas populares, centros de diagnostico integral, salas de rehabilitación integral, centros diagnósticos de alta tecnología y otros centros similiares, bajo la dependencia del metropolitano y los que se encuentren ubicado en el área metroopolitana de Caracas.


Además el decreto establece que el Poder Público Municipal, están obligados a coadyuvar en el ejercicio del decreto que crea este Comité, que por demás es con caracter temporal.


Ahora bien, si partimos por el reconocimiento que el artículo 18 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, nos habla de un gobierno municipal en dos niveles, con el objetivo de lograr el desarrollo armónico e integral de la ciudad, ¿Cómo se va a lograr alcanzar tal desarrollo, si en ese Comité responsable por crear la oarganización y rectoría del sistema metropolitano de salud, no participan los 5 municipios que integran la ciudad?.


El artículo 3 del Decreto es muy claro:

El Comité estará integrado por: Vicepresidente, Ministros del Poder Popular para: Salud, trabajo y seguridad social; Defensa; Educación,; fINANZAS; Planificación y Desarrollo; Educación Superior; Infraestructura; Ambiente; Participación y Protección Social; Energía y Petróleo; Ciencia y Tecnología y el Presidente del IVSS. Además estarán integrando el Comité: máximas autoridades de la Secretaría Metropolitana de la Salud; Misión Barrio Adentro y de la Dirección General de Salud del Estado Miranda.


En conclusión, un programa que persigue crear todo un sistema público metropolitano, que abrazará sin duda alguna a los mismos habitantes que de manera separada son atendidos por 5 municipios, no cuenta con la participación e integración de los Poderes Municipales, pero éstos deben obligatoriametne coadyuvar en el desrrollo del Sistema.


La dirección General de Salud del Estado Miranda, tiene mucho sentido que participe, porque la competencia que el numeral 8, del artículo 19 de la Ley Especial del Régimen del Distrito Metropolitano, le otorga competencia a éste para promover y coordinar acciones que garanticen la Salud Pública, sólo con el Distrito Capital, es más dice en plural: "con los municipios del Distrito Capital" . Y en consencuencia al no existir el Distrito Capital y menos aún esos varios municipios, pues le corresponde cumplir tal función con el Municipio Libertador y en el caso de los 4 municipios que pertenecen al Estado Miranda, entonces le corresponde hacerlo en conjunto con el director, que seria la máxima autoridad del Estado en materia de Salud.


En este diseño siguen faltando los Alcaldes, pues es obvio que si se ven obligados a coadyuvar con el sistema de salud metropolitano; si este sistema como se acaba de aprobar tiene una linea de emergencia, entre otras cosas que puedan crear, es evidente que el ciudadano o bien se beneficia porque acude al sistema público metropolitano, o a la atención primaria que debe garantizar el municipio, o bien simplemente tendrá un diseño donde el Estado llámese municipio, llamase metropolitano, estado o nación, garantiza servicio de salud, pero ningún nivel político de estos 4, responderán adecuadamente y por lo tanto por mucho diseño, seguirá el ciudadano siendo el principal afectado por no contar con servicios de calidad de salud pública y atención primaria.


¿Este Sistema Metropolitano que no incorpora a los Municipios, tendrá alguna intención de debilitar la gestión en salud primaria y de servicio al ciudadano que algunos municipios han desarrollado positivamente?. ¿Por qué no trabajar en conjunto con los 5 municipios para garantizar un buen servicio público al ciudadano?. Es mucho pedir en un país dividido.


En las elecciones del 23 de Noviembre, cuando el poder municipal se somete al ciudadano para que se designen por voto sus nuevas autoridades, la población de Caracas, debe analizar y reflexionar muy bien en este Sistema Metropolitano de Salud y la relación de los Municipios con ese Sistema, en el sentido de ser bien criticos y exigentes en aras de pensar en una Caracas, que es una ciudad dividida en 5 Municipios y con un Distrito Metropolitano que luce más en su actuación como un Estado, pero además carente el diseño de la figura del Distrito Capital.


Para concluir hay que tener muy presente, las palabras de Luisana Melo, Secretaria de Salud de la Alcaldía Metropolitana, quien señala, según consta en El Universal del 7 de febrero del 2008 lo siguiente:


"Cuando hablamos de la construcción del sistema metropolitano de salud, estamos estableciendo el piloto del sistema público nacional de salud."

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