La Descentralización nunca ha sido política del Estado.

El artículo 4 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, establece que somos un Estado Federal Descentralizado, en los términos que se indiquen en la propia Constitución, ¿Para qué analizar este artículo en momentos en que la descentralización se presenta en una esquina, acosada y si se quiere a punto de desaparecer?. No cabe la menor duda que vivimos un tiempo de recentralización.

Desde que la Constitución fue aprobada, se tiene pendiente una tarea esencial, fundamental e importante para abordar nuestro diseño como Estado Federal Descentralizado al estilo Venezolano, esa tarea es la creación del Consejo Federal de Gobierno. A saber:

Artículo 185. El Consejo Federal de Gobierno es el órgano encargado de la planificación y coordinación de políticas y acciones para el desarrollo del proceso de descentralización y transferencia de competencias del Poder Nacional a los Estados y Municipios. Estará presidido por el Vicepresidente Ejecutivo o Vicepresidenta Ejecutiva e integrado por los Ministros o Ministras, los gobernadores o gobernadoras, un alcalde o alcaldesa por cada Estado y representantes de la sociedad organizada, de acuerdo con la ley.

El Consejo Federal de Gobierno se organizará según la Constitución, por una Secretaría que debe estar integrada por el Vicepresidente Ejecutivo o Vicepresidenta Ejecutiva, dos Ministros o Ministras, tres gobernadores o gobernadoras y tres alcaldes o alcaldesas.

Del Consejo Federal de Gobierno dependerá el Fondo de Compensación Interterritorial, destinado al financiamiento de inversiones públicas para promover el desarrollo equilibrado de las regiones, la cooperación y complementación de las políticas e iniciativas de desarrollo de las distintas entidades públicas territoriales, y a apoyar especialmente la dotación de obras y servicios esenciales en las regiones y comunidades de menor desarrollo relativo.

El Consejo Federal de Gobierno, con base en los desequilibrios regionales, discutirá y aprobará anualmente los recursos que se destinarán al Fondo de Compensación Interterritorial y las áreas de inversión prioritaria a las cuales se aplicarán dichos recursos.

El 18 de abril del 2002, el Presidente Hugo Rafael Chávez hizo un evento público que se anunció como la instalación del Consejo Federal de Gobierno. Por lo tanto se instaló políticamente hablando un espacio que no tenía estructura y menos un desarrollo legal.
La ley fue sancionada por al AN el 30 junio del 2005, pero que luego el 26 de julio del 2005, el Presidente la devolvió con observaciones y desde entonces reposa en la sede de quienes tienen la obligación de legislar.

Aporrea.org, con fecha 27/07/2005, señala que los artículos que recibieron observaciones de fondo fueron el 5, el 9, 10, 13, 17, mientras que las observaciones de forma recayeron en los artículos 3, 4, 6, 8, 10, 13, 15, 17 y en la disposición transitoria tercera.

Las observaciones de fondo se centran en que la Ley otorga al Consejo Federal de Gobierno competencias que ni siquiera están previstas en la Constitución. Recomendó suprimir la alusión -contemplada en los artículos 5, 9, 10, 13, 17, referidos a la "comunidad organizada" como sujeto de descentralización dentro de las políticas que dicte el Consejo Federal de Gobierno, porque en el artículo 148 de la Carta Magna "la articulación de la comunidad organizada a la gestión administrativa de los servicios públicos le corresponde a los estados y municipios a partir de las orientaciones que dicte la ley especial de la material".

Desde el 2005 ha habido silencio por parte de los distintos actores políticos en cuanto a la necesidad de contar con esta figura jurídica, un antecedente que puedo destacar como el primero que activa una serie de llamados qeu concluye en la noticia de reactivar la Ley del Consejo Federal de Gobierno lo hace el 18 de enero del 2008 (http://buscador.eluniversal.com/2008/01/18/pol_art_instan-a--convocar-a_676669.shtml), Ramón Martínez, Gobernador del Estado Sucre, insta aconvocar al Consejo Federal de Gobierno y a conformar tres mesas de trabajo para trabajar sobre la verdadera reconciliación de Venezuela y para tratar la solución a los problemas de desabastecimiento e inflación que atraviesa el país.

Desde el 2000 la tarea está pendiente, y no ha habido dirigente político algúno, aún que haya salido a exigir desde el 2000 que se legisle y se constituya formal y legalemente este Consejo Federal de Gobierno, primero por ser una exigencia Constitucional y segundo porque ese espacio pudiera servir de lucha política para demandar que el país debe tener en su diseño arquitéctonico una dósis importante de Descentralización, según el artículo 4 de la Constitución.

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