La participación ciudadana en Chile y la gestión pública.

Con fecha 21 de  noviembre de 2011, el portal web de La Tercera, de Chile, recoge un artículo sobre el tema de la participación ciudadana y la gestión pública.

LA CRECIENTE demanda de participación ciudadana podría tener estables cauces institucionales si la actual ley sobre asociaciones y participación ciudadana en la gestión pública se reglamentara debida y prontamente.

El Estado ha reconocido "a las personas el derecho de participar en sus políticas, planes, programas y acciones", condenando la discriminación en el ejercicio participativo, e institucionalizando "la promoción del interés general en materia de derechos ciudadanos, asistencia social, educación, salud, medioambiente, o cualquiera otra de bien común". Asume el deber de apoyar financieramente las iniciativas asociativas de la sociedad civil y la propia interrelación de las mismas, constituyendo uniones o federaciones de acuerdo con intereses comunes o territorialidad compartida. Especial rol se le ha reconocido al voluntariado.

La nueva institucionalidad exige que cada órgano de la administración del Estado establezca canales de participación incorporando a los actores interesados en el ámbito de su competencia (stakeholders). Deberán crear consejos de la sociedad civil de carácter consultivo, integrados por asociaciones sin fines de lucro relacionadas con los temas respectivos y publicitarán las materias sobre las que se requiera conocer la opinión ciudadana, dando cuenta pública anual.

La participación territorial se ha redefinido y ampliado. Cada municipalidad tendrá un consejo comunal de organizaciones de la sociedad civil elegido por las asociaciones comunales de interés público. El alcalde, el concejo municipal, el consejo comunal de organizaciones de la sociedad civil, o los ciudadanos inscritos en los registros electorales de la comuna, podrán someter a plebiscito temas relativos a inversiones de desarrollo, plan comunal, plan regulador u otras materias de interés comunal.

Ha creado el Fondo de Fortalecimiento de las Organizaciones de Interés Público, financiado por la ley de presupuestos, el aporte de otros organismos del Estado, así como donaciones gratuitas. Comprometidos con la descentralización los legisladores establecieron consejos regionales del Fondo.

El papel de la sociedad civil en este Fondo será crucial, ya que para dirigirlo se crea un Consejo Nacional integrado por cinco representantes gubernamentales y seis de las organizaciones de interés público. Su presidente "será nombrado por el Presidente de la República de entre las seis personas elegidas por las organizaciones de interés público". La función ejecutiva radicará en el Ministerio Secretaría General de Gobierno, dando apoyo técnico al Fondo, al Consejo Nacional y consejos regionales. Su secretario ejecutivo será nombrado por el Sistema de Alta Dirección Pública. Gracias a esta iniciativa, por primera vez se podrá contar con un Registro Nacional de Personas Jurídicas sin Fines de Lucro a cargo del Servicio del Registro Civil.

Esta nueva responsabilidad asumida por el Estado exige una sólida y pronta respuesta de la sociedad civil, defendiendo y promoviendo los bienes públicos, para construir en conjunto la cultura participativa que la alicaída democracia chilena requiere con urgencia.

Fuente:
http://www.latercera.com/noticia/opinion/ideas-y-debates/2011/11/895-406402-9-participacion-ciudadana.shtml

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