Administración Pública en la tarea de promover las Comunas.

Con fecha 07 de Septiembre de 2010, el portal de AVN informa lo siguiente que se transcribe a continuación:

Quinientos veintidós organismos integrantes de la Administración Pública Nacional deberán activarse para fomentar e impulsar la formación de comunas, tal como lo exigió este domingo a su Gabinete el presidente de la República, Hugo Chávez, en el Estado Táchira.

“Exijo un viraje estratégico, radical, en eso de la formación de las comunas; eso no se le puede dejar sólo al Ministerio de las Comunas, no; nunca se lograría”, expresó.

La comuna es la instancia político-administrativa que dará paso a la primera experiencia de autogobierno popular en Venezuela.

Se trata de una nueva institucionalidad, origen también del nuevo orden de administración socialista del país y de la verdadera descentralización de la administración pública.

“Con la presente Ley -dice la Exposición de Motivos que acompaña el proyecto- se promueve la creación de una nueva instancia de gobierno territorial, la del poder comunal, con las particularidades y características que la diferencian de las otras instancias de gestión gubernamental”.

La norma tiene un propósito político: democratizar el poder, que el pueblo ejerza la soberanía que reside en él, en forma intransferible, tal como lo define el artículo 5 de la
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

El proyecto de Ley, que ya recibió una primera discusión en la Asamblea Nacional (AN), espera por su consulta pública y la segunda discusión en la plenaria, según nos informó el diputado Orestes Leal, miembro de la Comisión de Participación Ciudadana de la AN.

Atención al ciudadano

Dentro de la antigua concepción burocrática del Estado, ninguno de los entes que integran la administración pública posee mecanismos específicos de relación efectiva con la comunidad, más allá de las tradicionales y limitadas oficinas de relaciones públicas e información.

La alternativa oficial que progresivamente toma cuerpo en la administración pública es la Oficina de Atención al Ciudadano, concebida para admitir la participación de todos los venezolanos en los asuntos públicos, tal como reza el artículo 62 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela:

“Todos los ciudadanos y ciudadanas tienen el derecho de participar libremente en los asuntos públicos, directamente o por medio de sus representantes elegidos o elegidas.

La participación del pueblo en la formación, ejecución y control de la gestión pública es el medio necesario para lograr el protagonismo que garantice su completo desarrollo, tanto individual como colectivo. Es obligación del Estado y deber de la sociedad facilitar la generación de las condiciones más favorables para su práctica”.

Origen

Al parecer, la primera Oficina de atención al Ciudadano nació el 7 de abril de 2003 (Gaceta Oficial extraordinaria de esa fecha, número: 5.637), adscrita al Inces, organismo vinculado al Ministerio del Poder popular para las Comunas y Protección Social.

La función que se le establece es la de promover la participación ciudadana; suministrar y ofrecer de forma oportuna y efectiva la información requerida; apoyar, orientar, recibir y tramitar denuncias, quejas, reclamos, sugerencias y peticiones y, en general, resolver las solicitudes formuladas por los ciudadanos.
Todo organismo público debe contar con una Oficina de Atención al Ciudadano.

Consolidación

Las OAC se han ido consolidando progresivamente desde aquella fecha, y de acuerdo con el registro de estos entes que lleva la oficina respectiva de la Contraloría General de la República, en el país hay unas 161 funcionando.

Este mecanismo ha superado la conducta asistencialista que exhibió en un primer momento, para orientarse hacia la actividad organizativa e incluyente de la ciudadanía.

De acuerdo con el Ministerio de Planificación y Desarrollo, el Estado venezolano, vale decir la administración pública, está integrada por 522 organismos, entre ministerios, órganos desconcentrados y entes descentralizados funcionalmente.

Así, tenemos: 26 ministerios, 48 órganos desconcentrados, 72 servicios desconcentrados, 4 autoridades únicas de área, 98 institutos autónomos públicos, 111 fundaciones, 6 asociaciones civiles, 149 empresas del Estado y 8 misiones, para un total de 522 entes a través de los cuales el Estado interactúa con la ciudadanía.

De acuerdo con la exigencia del presidente Chávez, formulada el domingo 5 de septiembre, en el Táchira, todos estos organismos deben actuar de consuno para fomentar, organizar e impulsar las comunas, base de la nueva institucionalidad política y administrativa de Venezuela, que dará paso a la primera experiencia de autogobierno del pueblo socialista de Venezuela, y para ello tienen un instrumento idóneo a la mano: las oficinas de atención al ciudadano.

Fuente:
http://www.avn.info.ve/node/15995

Entradas populares de este blog

El Estado Docente en el marco de la nueva Ley Orgánica de Educación.

Las sanciones previstas en la nueva LOE.

La importancia de la participación ciudadana y su reconocimiento en Iberoamerica.