Una Comisión Presidencial que se mueve cuando se mueve una persona.

Cuando el Ministro Franciso Sesto, estaba en el Ministerio del Poder Popular para la Cultura, se adscribió a este Ministerio, la Comisión Presidencial de Planes y Proyectos especiales para Caracas. Ahora que Sesto, asume el Ministerio del Habitat y Vivienda, entonces el decreto 6.207 de fecha 9 de julio del 2008, reforma el Decreto mediante el cual se crea esta Comisión, con la única intención de adjudicar ahora la Comisión Presidencial al Ministerio del Poder Popular para el Habitat y Vivienda.
Cuando se crea una Comisión y se adscribe a un Ministerio, el sentido común, puro y básico, puede uno interpretar que su objeto se relaciona con la misión de ese Ministerio. Por lo que cambiando al ministro, el Ministerio, con cualquier sucesor, debería continuar el objeto de esa Comisión. Pues en este caso, la situación es diferente, mueven al Ministro y la Comisión es cambiada de Ministerio, asumiendo un nuevo despacho, la administración y coordinación de la Comisión Presidencial respectiva.
Cuando una comisión se mueve por el movimiento de su responsable, uno entonces se pregunta, será esa una Comisión para un fin político particular, o será esa una Comisión para poder abordar temas de Estado como el caso de proyectos y planes para la Capital de la República. Si fuera éste último supuesto el que privara en esencia de la Comisión creada el 3 de Junio del 2008 mediante Gaceta Oficial, entonces no habría impactado mucho en su dependencia ministerial, el cambio del MInistro Sesto.

Entradas populares de este blog

El Estado Docente en el marco de la nueva Ley Orgánica de Educación.

Las sanciones previstas en la nueva LOE.

La importancia de la participación ciudadana y su reconocimiento en Iberoamerica.