Mas control se propone sobre las Comunas en Argentina.


Con fecha 30 de marzo de 2012, el portal web LRN La Región de Noticias en Argentina informó sobre un proyecto de reforma a la Ley Orgánica de Comunas, la nota de prensa dice:

Se presentó un proyecto de modificación de la Ley de la Ley Orgánica de Comunas, N° 2439, referido a la obligación de cumplir con las normas que las Comunas tienen de publicar del uno al diez de cada mes el movimiento de Caja o Tesorería correspondiente al mes anterior, ordenes de pago libradas y conceptos de las mismas. (Art.56 Ley Comunas), el mismo fue presentado  en la Cámara de Senadores de la Provincial de Santa Fe, por parte del legislador del Departamento San Javier, José Baucero.


El respectivo articulo a modificar N° 57 quedara redactado de la siguiente forma: “Las publicaciones a que se refiere el artículo anterior se harán en la pagina oficial que posea la comuna en Internet, en la sede comunal, en carteles fijados parajes públicos y en un diario digital o impreso, debiendo facilitarlo a los vecinos que los soliciten en forma expresa. La demora en estas publicaciones será penada con una multa de cinco unidades Jus semanal al Presidente y tres unidades Jus a los demás miembros. En lo que respecta en cuanto a la falta de publicación del balance anual que deberán hacer las Comisiones Comunales, las multas se aplicarán a partir del treinta de enero”.


Baucero consideró que “la obligación de cumplir con normas ineludibles como la publicidad del movimiento de Caja o Tesorería que deben realizar las Comisiones Comunales,-artículo56- y lo dispuesto por el artículo 57, referido a publicación en parajes y oficinas de la Comuna, y la aplicación de sanción a modo de multas para el presidente comunal y demás miembros en caso de demora en las publicaciones, es una medida que el legislador dispuso cuando se sanciono la ley Orgánica de Comunas en el año 1935, para que los gobernantes puedan ser controlados por la sociedad, creando así mecanismos que aún mantienen validez pero considero necesario reformar para adaptarlos al desarrollo de nuevos medios  tecnológicos como la Internet o los diarios digitales, hoy extendidos en la mayor parte de las comunidades”.



Por lo tanto considero válido adoptar una medida como la unidad Jus para aplicar a la cuantía de la multa prevista en la ley, convencido que ello asegura un valor que trasciende a través de los periodos inflacionarios evitando que las sanciones económicas se vuelvan ridículas y cuasi inexistentes .

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