Justicia Socialista, Justicia Comunal vs Justicia de Paz.

Con fecha 16 de enero de 2010, el portal web de VTV (1), informaba que el Presidente Chávez en el maco de la I Promoción de Abogados de la Universidad Bolivariana de Venezuela anunciaba la creación de la Misión Justicia Socialista en todo el país . Esta nota de prensa y otra publicada por el portal web Ciudad Caracas (2) , el día 17 de enero de 2010, permiten conocer el contenido de las palabras que el Presidente dirigió a los nuevos abogados.

En esas palabras el Presidente ha invitado a los nuevos abogados a transformar la realidad socio-jurídica de la comunidad y a incorporarse al Poder Judicial, Ministerio Público, Procuraduría y otros Ministerios del gobierno para así lograr destruir los “viejos códigos” que aún existen en las instituciones públicas.

Igualmente invitó a los nuevos abogados a involucrarse con las Comunas y los Consejos Comunales para ayudar y trabajar en esas instancias, en especial el Presidente identificó que cada uno de ellos podría colaborar efectivamente a través de la redacción de las denominadas Cartas del Barrio o Documentos contentivos de las reglas de convivencia en las distintas comunidades. Esas llamadas Cartas del Barrio, terminaron siendo las Cartas Comunales a las que hace mención el proyecto de Ley de Comunas aprobado en primera discusión y que una vez publicadas en Gaceta Comunal su contenido seria vinculante para quienes conviven en la Comuna respectiva.

Las Comunas, según su proyecto de ley, tendrá una función denominada Justicia Comunal, que es desarrollada en el Titulo VI de ese proyecto, y que la define como el medio alternativo de justicia que promueve el arbitraje, la conciliación, la mediación y cualquier otra forma de solución de conflictos, ante situaciones derivadas directamente del ejercicio del derecho a la participación y a la convivencia comunal, de acuerdo a los principios constitucionales del Estado Social de Derecho y de Justicia, sin contravenir los principios de la justicia ordinaria.

Por su parte, el artículo 53 del proyecto de ley de Comunas adelanta la necesidad de dictar una ley futura en la que se regule una jurisdicción especial comunal, que defina una organización y establezca su propio funcionamiento, pero además establece la posibilidad de crear instancias y tribunales con competencias en la jurisdicción comunal. Por cierto los Jueces que integrarían esta Justicia Comunal, serán los únicos actores dentro de la Comuna que serán elegidos de manera directa, universal y secreta.

Si la Comuna se organiza dentro de los límites territoriales de un municipio o si se organiza rompiendo la integridad territorial del municipio, entonces en ambos casos el vecino siempre tendrá la opción de acudir a la Justicia de Paz del municipio que corresponda o a la Justicia Comunal de la Comuna que integra; por lo tanto podríamos entonces concluir que estamos ante una estructura paralela, que a la larga sin duda con el impulso de la Comuna como base del Estado Comunal buscaría consolidar un sistema de justicia comunal que sustituya lo existente, partiendo por la Justicia de Paz.

Si bien no hay nada que indique que una va a sustituir a la otra, lo que está claro es que al prosperar la ley y ser publicada en Gaceta ambas coexistirían en el ámbito territorial correspondiente, pero ¿hasta cuándo?.

Es importante recordar que previamente y con fecha 2 de diciembre de 2009, el Diario Los Andes (3), registraba una declaración del diputado Simón Calzadilla, miembro del Secretariado Nacional del PPT, según la cual se anunciaba un proyecto de Ley Orgánica de Justicia Comunal, que permitiría a las comunidades escoger sus jueces comunales y dirimir en espacios colectivos la solución de sus problemas. El proyecto de ley de comunas, nos habla de una futura ley y abre el camino hacia la Justicia Comunal como parte de ese sistema de Justicia Socialista.

Carlos R

Fuente:
VENEZOLANA DE TELEVISIÓN. Recuperado 18 de enero 2010 en:  http://www.vtv.gob.ve/noticias-nacionales/28654
CIUDAD CARACAS. Recuperado 12 de octubre de 2010 en:  http://190.9.128.185/ciudadccs/?p=27374
DIARIO LOS ANDES. Recuperado el 21 de diciembre de 2009 en: http://diariodelosandes.com/content/view/101081/105694/


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