Nuevo Constitucionalismo. Los retos que en 1994 tenía la descentralización. ¿En dónde estamos hoy?

¿Qué problemas se quiso remediar con la Constitución de 1999, reeditada en el año 2000?, a sus X años es importante para poder abordar el impacto del texto constitucional en mejorar la democracia, la convivencia ciudadana entre los mismos ciudadanos, y entre ellos y el Estado, analizar algunos aspectos, en especial, de estudios registrados y publicados años atrás, para identificar las debilidades que entonces se argumentaban a la Constitución de 1961, exigiendo medidas para su reforma en los años 1989.

En el año 1994, el exConstituyentista y expresidente de la Comisión Presidencial para la Reforma del Estado COPRE, Ricardo Combellas, escribío un capitulo denominado: El Nuevo Federalismo y la Descentralización, en su publicación: Una constitución para el futuro. Debate constitucional en Venezuela, publicado en ese año bajo el auspicio de la Fundación Konrad Adenauer. En ese capítulo señaló textualmente:

"A partir de la aprobación de la ´Ley sobre elección y remoción de los Gobernadores de Estado' y la 'Ley orgánica de descentralización, delimitación y transferencia de Competencias del Poder Público', el año de 1989, dio inicio en el país a un proceso de descentralización que, sin duda, rompe con la configuración excesivamente cnetralista del Estado Venezolano. En buena medida la Constitución de 1961 recogió ese espíritu centralista que se había desarrollado con mucha fuerza desde los gobiernos de la hegemonía andina a comienzos de siglo, que muestran en su balance los indiscutibles logros de lainegración nacinal y la solidificaci{on del Estado Central."

Y hoy a más de una década debemos reconocer que aún cuando la Constitución de 1999, reeditada en el 2000, habla de un Estado Federal y Descentralizado, nuestra práctica nos muestra que retomamos ese centralismo tradicional de nuestro Estado.

Ricardo Combellas, reconocía que aún cuando la Constitución de 1961, sólo nos definía como un Estado Federal, esa coletilla que decía y hoy dice aún, que ese diseño es "en los terminos consagrado por esta Constitución", permitó que se lograra la elección de los gobernadores y alcaldes y la transferencia de competencias.

Los retos históricos para fortalecer la descentralización y con ello establecer una nueva configuración de Estado, en el año 1994, cuando la pasión política no estaba tan marcada como en el presente, eran a juicio del Dr. Ricardo Combellas, los siguientes:

1. Consagración de la supremacia del ordenamiento jurídico nacional sobre el ordenamiento jurídico de los estados.

2. El establecimiento de algunos principios ordenadores del proceso de descentralización y la correspondiente distribución de competencia como son los principios de solidaridad, coordinación, concurrencia y subsidiaridad.

3. El reconocimiento formal de la autonomía de los estados para darse constitución política, y en consencuenica, organizar sus poderes públicos de conformidad con los principios y valores de la Constitución.

4. La consagración expresa y definitiva a nivel constitucional de la elección de los gobernadores de estado y la posibilidad de la revocatoria de su mandato.

5. La ampliación de la competencias exclusivas de los estados, en concordancia con el impulso descentralizador.

6. Precisar a nivel constitucional de la definición, el alcance y la modalidad de lo que se denominó competencias concurrentes.

7. Es conveniente prescribir constitucionalmente los ingresos de los estados, pues la precariedad de recursos financieros autónomos, impactan negativamente en las mejores intenciones descentralizadoras.

8. Permitir a las asambleas legislativas de los estados, hoy consejos legislativos regionales, la posibilidad de descentralizar a los municipios competencias con el voto favorable de 2/3 partes de sus miembros.

9. Regular de manera especial todo lo que tiene que ver con la realidad fronteriza y la peculiaridad que esta zona tiene por su ubicación geográfica a los fines de las políticas de descentralización.

10. Revisar mejor el tema de la personalidad jurídica internacional de los estados y municipios.

11. Revisar el mecanismo de fijación del monto de la partida correspondiente a la ley de presupuesto relacionada con el situado constitucional.

12. Creación de una instancia de coordinación del proceso de descentralización donde esté el Presidente y Gobernadores, denominada Consejo de Administración Federal.

13. Incorporar el concepto de Región, instancia entre Federación y estado, como una instancia meramente administrativa y orientada hacia el desarrollo econ{omico y social homogéneo.

Si evalúamos estos 13 elementos escritos en el año 1994 y nos preguntamos ¿qué de esos elementos que representaban un reto para lograr un Estado más descentralizado se han materializado con la Constitución de 1999, reeditada en el 2000, a 10 años de su publicación?. La respuesta individual que nos demos, permite medir si hemos avanzado o retrocedido en la búsqueda de mejorar nuestro diseño de Estado para beneficio e interés de todos los venezolanos.

Fuente bibliográfica:
COMBELLAS, Ricardo. Una Constitución para el futuro. El Debate constitucional en Venezuela. Fundación Konrad Adenauer, 1994. Pp. 29-34.

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