Sancionada la Ley de Trabajo Social.

El día 5 de agosto, tal y como lo registré, Reporte diario de la Economía, destacaba que pronto se aprobaría la Ley del Trabajo Social, el 6 de agosto, un día después, en la página oficial de la Asamblea Nacional, se puede leer, una nota de prensa fechada el 5 de agosto, que informa que esta ley ha sido sancionada y ahora espera porque sea promulgada por el Presidente de la República, y posterior publicación en Gaceta Oficial.

http://www.asambleanacional.gob.ve/index.php?option=com_content&task=view&id=19828&Itemid=195

La Agencia Bolivariana de Noticias, ABN, sobre esta materia destaca y cito textualmente:

Al respecto, el diputado Rafael Ríos (Bolívar), encargado del estudio de la normativa jurídica, expresó que con esta legislación se pretende reivindicar el ejercicio de una labor relacionada directamente con las condiciones y el bienestar de la sociedad, según reseña una nota de prensa de la Asamblea Nacional. “El trabajo social vincula a los profesionales, a los técnicos que han venido formándose en esta disciplina para que ellos, a su vez, vinculen las políticas sociales, los programas sociales y las acciones que tienen que ver con las mejores condiciones de vida de la sociedad”, enfatizó.

Refirió que la primera graduación que hubo en Venezuela de trabajadoras y trabajadores sociales fue en 1941, después de unos estudios realizados en 1940, durante el gobierno de Eleazar López Contreras, quien reconoció la carrera de trabajo social. Enfatizó que la ley viene a regular la vinculación de los trabajadores sociales con la legitimidad científica que genera su trabajo, que genera información, genera data y genera circunstancias y testimonios que sirven para la investigación, “ese vínculo que hay entre la sociedad, con las leyes, con el Estado y con estos profesionales”.

El parlamentario destacó que la ley está ideada con unos elementos referenciales muy importantes que conciben al Colegio Nacional como todo el conglomerado de trabajadores y trabajadoras sociales de Venezuela, el cual tiene sus órganos, como la asamblea nacional de trabajadores sociales, un consejo ejecutivo nacional, conformado a su vez por los coordinadores de cinco consejos que se encargarán de la parte operativa de la gestión y la contraloría del Colegio.

Los cinco consejos son el Consejo de Participación Social y Contraloría, cuyo objetivo es incorporar a los trabajadores sociales a la sociedad, a la comunidad, al colectivo, a las políticas sociales y a los consejos comunales. A su vez, este consejo ejercerá contraloría de la gestión del colegio. Se crea el Consejo Electoral Nacional, cuya competencia es el registro de los afiliados y afiliadas al colegio.

También se crea el Consejo de Seguridad Social Nacional, cuya competencia es vigilar y gestionar la seguridad social de los trabajadores y trabajadoras sociales y sus familiares. Igualmente, se constituye el Consejo Disciplinario Nacional, cuyo propósito es vigilar la ética, el ejercicio profesional en el marco de los códigos deontológicos y los estatutos, que serán un punto de referencia para que los trabajadores sociales tengan un ejercicio profesional equitativo y justo.

Finalmente, el parlamentario mencionó como quinto consejo el Financiero y de Economía Nacional, cuyo objetivo es diseñar y vigilar los mecanismos y las políticas dirigidas a mantener el financiamiento del colegio, asimismo se encargará de conocer los presupuestos que presenten los colegios estadales.

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