Otra vez el mismo tema: regularización de precios y especulación, un tema excusa para justificar la fraudulenta Constituyente.



Dos titulares llaman la atención en lo que seria una posible Agenda en la fraudulenta Constituyente, esos titulares son:

1.- Maduro propone a la ANC Ley para regularizar los precios.

Según esta nota de prensa el Presidente propuso una ley contra la especulación y para regularizar los precios.

2.- Maduro anunció una consulta a través de la ANC para una ley contra la especulación.

Según esta otra nota de prensa el Presidente dijo: “voy sacar a una consulta nacional, un conjunto de acciones para que a través de la ANC, que creé una ley que regule los precios y castigue a las personas que suban de forma desmedida los precios y ayuden a la especulación”.

Comentario.

El Presidente pareciera ignorar que en el pasado ha aprobado vía Decretos Presidenciales normas jurídicas que incluso han sido reformadas y que supuestamente buscaban enfrentar el tema del precio justo, del boicot y de la especulación.    

Veamos cuáles son esas normas a que se hace referencia en el párrafo anterior:
 
La primera fue denominada Decreto con rango, valor y fuerza de Ley especial en defensa popular contra el Acaparamiento, la especulación, el boicot y cualquier otra conducta que afecte el consumo de los alimentos o productos sometidos a control de precios; aprobada el 16 de febrero 2007[1] y reformada el 31 de enero 2008 según consta en Gaceta Oficial No. 38862.

El objeto de ese Decreto es una repetición expresa del título del Decreto.  En el mismo se creó un Comité de Contraloría Social para el Abastecimiento, en coordinación con el Ejecutivo Nacional y el cual legalmente debe rendir cuenta ante los Consejos Comunales y Asambleas de Ciudadanos. 

Ese Decreto tipificó delitos y estableció sanciones, por ejemplo el de especulación con prisión de 2 a 6 años y multa de 130 a 20.000 Unidades Tributarias.

El Decreto mencionado previamente,  fue derogado por el Decreto Ley para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios, publicado el 31 de julio de 2008 y reformado el 24 de abril de 2009, en Gaceta Oficial No. 39.165[2] y cuyo objeto expresamente señalado era:

La defensa, protección y salvaguarda de los derechos e intereses individuales y colectivos en el acceso de las personas a los bienes y servicios para la satisfacción de las necesidades, estableciendo los ilícitos administrativos, sus procedimientos y sanciones; los delitos y su penalización, el resarcimiento de los daños sufridos, así como regular su aplicación por parte del Poder Público con la participación activa y protagónica de las comunidades en resguardo de la paz social, la justicia, el derecho a la vida y la salud del pueblo.

Importante destacar que este Decreto Ley de 2009 también derogó la Ley de Protección al Consumidor y Usuario, publicada el 4 de mayo del 2004 en Gaceta Oficial No. 37.930.

La segunda de esas normas fue la  Ley Orgánica de Precios Justos[3], aprobada en el año 2011, reformada el 23 de enero 2014 y cuyo objeto plantea:

….asegurar el desarrollo armónico, justo, equitativo, productivo y soberano de la economía nacional, a través de la determinación de precios justos de bienes y servicios, mediante el análisis de las estructuras de costos, la fijación del porcentaje máximo de ganancia y la fiscalización efectiva de la actividad económica y comercial, a fin de proteger:


  1. Los ingresos de todas las ciudadanas y muy especialmente el salario de los trabajadores.
  2. El acceso a las personas a los bienes y servicios para la satisafacción de sus necesidades;
  3. Establecer los ilícitos administrativos, sus procedimientos y sanciones, los delitos económicos, su penalización y el resarcimiento de los daños sufridos, para la consolidación del orden económico socialista productivo.


¿El Estado ha logrado proteger esos aspectos señalados?

Ese Decreto Ley es el que crea la Superintendencia Nacional para la Defensa de los Derechos Socio Económicos (SUNDDE).   El Decreto derogó expresamente la Ley para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios, del 1 de febrero de 2010, cuyo texto fue una reforma al Decreto publicado en el año 2009 y mencionado previamente.

Ninguna Constituyente puede solucionar el problema económico del país.   Por lo tanto que el Presidente Nicolás Maduro plantee que el tema lo va a sugerir a la Asamblea Nacional Constituyente, no cambia nada, pues la única manera de abordar esos problemas en la actualidad, no es otra que a través del cambio del fracasado modelo político, económico y social que el régimen de Nicolás Maduro pretende imponer y que en el pasado inmediato no ha logrado enfrentarlos con éxito, aún teniendo sus propios Decretos Presidenciales.

Carlos Romero.
02/07/2017


[1] ROMERO, Carlos. Estado-Habilitante y lucha contra la corrupción. En: Estado-Ley-Democracia.blogspot.com. 20 de octubre de 2017. Online en: http://estado-ley-democracia.blogspot.com/2013/10/estado-habiltante-y-lucha-contra.html
[2] Idem. Reformarán Ley de Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios. En: Estado-Ley-Democracia.blogspot.com. 19 de enero 2017. http://estado-ley-democracia.blogspot.com/2010/01/reformaran-ley-de-defensa-de-las.html
[3] Idem.  Una rápida mirada a la Ley de costos y precios justos. En: Estado-Ley-Democracia.blogspot.com. 19 julio de 2011. Online en: http://estado-ley-democracia.blogspot.com/2011/07/una-mirada-al-decreto-ley-de-costos-y.html

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