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Mostrando entradas de febrero, 2017

Un ejemplo de participación y Tecnología unidas desde la institucionalidad local para hacer efectiva la inclusión en temas públicos.

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Cuando la participación se encuentra con la tecnología para hacer efectiva la inclusión del ciudadano en los temas de la ciudad, encuentran para febrero 2017 una plataforma interesante de revisar y valorar como esfuerzo de acercar al ciudadano a los temas públicos.  El programa se desarrolla en Barcelona, España y se llama Decidamos la Barcelona que queremos. (Imagen 1) Imagen 1 La plataforma se presenta como un espacio digital para una ciudad más abierta, transparente y colaborativa.  En su contenido para el 24 de febrero de 2017 se presenta con varios procesos abierto de consulta o de oferta concreta de participación, a saber:  Coproducción de proyectos en Grácia.    Situación del Teatro Arnau.  Programa de actuación municipal.  Normas de participación.  MetaDecidim Red de Bus.  La Meridiana te pide tú cambio.  Mercado de Sant Antoni.  Cada uno de esos procesos o temas, tienen su propia descripción, por ejemplo, revisemos uno de ellos, a saber: Programa

Asamblea Nacional fija posición frente a proceso de renovación de partidos y organizaciones políticas.

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La Asamblea Nacional fijó posición frente al proceso de legalización de los Partidos Políticos y Organizaciones Políticas mediante el   ACUERDO SOBRE EL DERECHO A LA PARTICIPACIÓN POLÍTICA Y EL PROCESO DE RENOVACIÓN DEL REGISTRO DE MILITANCIA IMPUESTO POR EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, aprobado el día 14 de febrero de 2017. La estructura de ese Acuerdo es la siguiente:   - 10 Considerandos - 04 Acuerdos . El contenido de los Considerandos son los siguientes:     1.-   Fundamento lega l.   Los artículos sobre los cuales la Asamblea Nacional se fundamenta para expresar su rechazo al proceso de renovación del Registro de la militancia de los partidos y organizaciones políticas son los siguientes: 1.-   Artículo 52, a través del cual se consagra el derecho a la libre asociación para fines lícitos y la obligación del Estado a garantizar el ejercicio de esa libertad.   Artículo 52. Toda persona tiene derecho de asociarse con fines lícito

Asamblea Nacional responde al TSJ sobre la prohibición de valorar la responsabilidad política del presidente.

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El 17 de noviembre de 2016, la Asamblea Nacional aprueba un Acuerdo político a través del cual fija posición sobre la sentencia 948 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia [1] , el documento aprobado recibió el título de: ACUERDO EN DEFENSA DE LOS PRINCIPIOS DEMOCRÁTICOS Y REPUBLICANOS, CON MOTIVO DE LA SENTENCIA N° 948 DE LA SALA CONSTITUCIONAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA, DE FECHA 15 DE NOVIEMBRE DE 2016. El Procurador General de la República (e), con la participación de otros abogados, acudieron al TSJ para solicitar un Amparo argumentando que el Acuerdo de iniciar el procedimiento de declaratoria de responsabilidad política del Presidente de la República ante la grave ruptura del orden constitucional y democrático y de la devastación de las bases económicas y sociales de la Nación , aprobado el 25 de octubre de 2016, amenaza a los Poderes Públicos, la democracia y el sistema republicano, en consecuencia atenta contra la estabilidad y paz de la R