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¿Tenemos algo que decir sobre la conservación y aprovechamiento del agua?

En enero 2007 se publicó en Gaceta Oficial la Ley del Agua y más adelante, las autoridades gubernamentales aprobaron un Plan Nacional de Aguas [1] , cuyo contenido técnico es público en la siguiente dirección electrónica: http://siga.geoportalsb.gob.ve/pngia/ . La Ley de 2007 nos presenta el Agua como un derecho humano, como un recurso fundamental para la erradicación de la pobreza y también como un bien social; en este sentido, expresamente señala que es deber del Estado, con la activa participación de la sociedad,  garantizar la conservación de las fuentes de aguas, tanto superficiales como subterráneas y  para ello la ley establece que la gestión integral del agua debe efectuarse en forma participativa. Por gestión integral de las aguas se debe entender toda actividad de índole técnica, científica, económica, financiera, institucional, gerencial, jurídica y operativa, dirigidas a la conservación y aprovechamiento del agua en beneficio colectivo, considerando las aguas en