Fudeco, las corporaciones de Desarrollo y el Consejo Federal de Gobierno

Yesica Freites en Tal Cual Digital con fecha 18 de marzo de 2011, publica una nota de prensa en la que se advierte qeu FUDECO podría desaparecer, al respecto Manuel Cols, ex Presidente de FUDECO, señaló que "está una estrategia de establecer líneas directas de instancias nacionales con instancias locales, dejando de lado organismos como las corporaciones, las alcaldías o las gobernaciones", afirmó Manuel Cols Briceño, ex presidente de Fudeco.

Creado en 1964, este ente regional tiene como funciones promover el desarrollo endógeno y el mejoramiento de las capacidades productivas de los estados Falcón, Lara, Portuguesa, Yaracuy. El organismo pasó a manos de la Vicepresidencia de la República el segundo semestre de 2010, momento desde el cual se conversó acerca de su eliminación, dice Cols.

El ex presidente de Fudeco asegura que, a raíz de la promulgación de la Ley de Consejo Federal de Gobierno, se concibe la creación de Oficinas Técnicas Regionales (OTR), cuya función es recibir los proyectos de los consejos Ccmunales y elaborar actividades de planificación a nivel de municipios.

El ingeniero explicó que en la ley de CFG establece que los organismos regionales pueden cumplir funciones de OTR. "Diríamos que se ignora ese artículo 33 la citada norma, pues se decide que la OTR van a ser unidades independientes y que se liquidan las corporaciones regionales", indicó el ingeniero.

Cols insiste en que detrás de la eliminación de Fudeco se esconde una estrategia de establecer líneas directas de instancias nacionales con instancias locales, dejando de lado organismos como las corporaciones, las alcaldías o las gobernaciones. Afirma que a pesar de que en los últimos años la institución ha mermado su capacidad técnica, conserva un equipo de trabajo muy calificado.

Ante la disyuntiva, Cols tiene dos propuestas que podrían ayudar a ver la luz en este conflicto: Se pueden fortalecer las corporaciones regionales de desarrollo (como Fudeco, Corpollano, Corpocentro y Corpoandes), tomando en consideración lo previsto en el artículo 33 del CFG. En este caso, la OTR formaría parte de la estructura de administrativa de los organismos regionales. O se pueden fortalecer las corporaciones regionales y que sus instalaciones funcionen con las OTR, con independencia administrativa.

Fuente:

http://www.talcualdigital.com/Avances/Viewer.aspx?id=50018&secid=28

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