Comunas y circuitos electorales.

Eugenio Martinez en El Universal, portal web de fecha 29 de enero de 2011 publica una nota de prensa en la que analiza que la construcción de Comunas puede modificar considerablemente el mapa electoral para los comicios del año 2012, la nota de prensa señala:

La Ley Orgánica de Procesos Electorales, aprobada por la anterior Asamblea Nacional, establece en su artículo 19 que para la elección de los cargos nominales a los cuerpos deliberantes "en los municipios o parroquias de alta densidad poblacional, las circunscripciones podrán conformarse en comunidades o comunas, considerando la dinámica política, económica, social y cultural de dichos espacios".

Esta disposición permitiría que el CNE -suponiendo que se mantenga el voto directo para los cargos de elección popular- pudiese crear circunscripciones de votación obviando las tradicionales estructuras de parroquias y municipios para utilizar las nueva división territorial que se plantea a través de las leyes del poder popular.

En este sentido la Ciudad Socialista Tiuna que se plantea construir en los terrenos de Fuerte Tiuna (parroquia El Valle del municipio Libertador del Distrito Capital) podría convertirse, en sì misma, en una sola circunscripción de votación, que albergaría a 160 mil potenciales votantes, prácticamente el doble de los electores que están inscritos en el municipio Chacao del estado Miranda (81.566 votantes).

Así podría ocurrir con todas las comunas que construya en los próximos 18 meses el Ejecutivo nacional. Aunque taxativamente está prohibido en la Ley Orgánica de Procesos Electorales diseñar circunscripciones de votación uniendo municipios o parroquias de distintos estados, esta prohibición no existe para el caso de las nuevas estructuras que componen el Poder Popular.

Este sería el caso de una eventual comuna que se planifique mezclando los límites del municipio Libertador (Distrito Capital) y del municipio Baruta (estado Miranda).

No obstante, no existe en la normativa electoral referencia de cómo reglamentar elecciones en las que las comunas sirvan como circunscripciones de votación. Tampoco se establece que en estas zonas se deba seguir utilizando el voto directo. Ya en la reforma de la Ley Orgánica de ´Poder Público Municipal se sustituyó por elecciones de segundo grado limitadas exclusivamente a los voceros de los consejos comunales.

Fuente:


http://www.eluniversal.com/2011/01/29/pol_art_cne-puede-usar-comun_2176259.shtml

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