Herman Escarrá y las Comunas

Con fecha 1 de julio de 2010, El Universal en su portal web, informa que para el abogado constitucionalista la Ley de Comunas y el parlamento comunal son figuras no previstas en la Constitución venezolana y tienen como único objetivo configurar el estado comunal sustituyendo las funciones legislativas de la Asamblea Nacional, de los Concejos Legislativos y de las Cámara Municipales.

"La figura del parlamento comunal esta dirigida a sustituir la estructura constitucional del Estado Democrático".

Agregó que la creación de esta figura y su implementación "genera ruido y distorsión frente a las funciones de gobierno y administrativas que corresponden a las gobernaciones de los Estados y a las Alcaldías. El proyecto de ley de comunas plantea que el Parlamento Comunal será la máxima instancia de gobierno de la comuna. Esto trastoca la naturaleza y competencia de las Asambleas de Ciudadanos previstas en la Constitución", se reseñó en una nota de prensa.

Explicó Escarrá que se pretende modificar el artículo 16 de la Constitución en cuanto a la organización de la República y del territorio nacional.

"Se trata al final de un mecanismo bonapartista, es decir, autocrático utilizando la figura del plebiscito y de la cooptación", aseguró.

Para el candidato al Parlatino, "La comuna como entidad local socialista modifica también el verdadero alcance del artículo 173 de la constitución referido a las entidades locales dentro del territorio municipal".

Fuente:
http://www.eluniversal.com/2010/07/01/pol_ava_ley-de-comunas-es-u_01A4119171.shtml

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