Se anuncia activar debate sobre Proyecto de Ley de Contraloría Social.

Con fecha 17 de mayo de 2010, el portal de la Asamblea Nacional, informa que la Comisión Permanente de Participación Ciudadana, tiene previsto considerar este miércoles durante su reunión ordinaria, el Proyecto de Ley de Contraloría Social, el cual una vez aprobado será remitido a la Plenaria a los efectos de su primera discusión.

La información la suministró el diputado Alfredo Murga, Presidente de la instancia parlamentaria, quien señaló que el proyecto será sometido a consideración de los diputados miembros de la comisión, y que una vez aprobado se enviará a la Directiva para que fije la fecha en que será discutida en Sesión.

Destacó el parlamentario que con esta Ley de Contraloría se busca dar permanencia, continuidad y fortaleza a la contraloría social en la cual prive el interés superior del pueblo. “Con este instrumento legislativo se prevé que éste pueda dar autoridad a las decisiones que tome el pueblo”.

Añadió que la contraloría social debe convertirse en una contraloría especial del poder popular que controle el manejo de los dineros del pueblo.

Cabe destacar que en la Exposición de Motivos del Anteproyecto de Ley se indica que la Contraloría Social en los actuales momentos es uno de los escenarios o mecanismos para ejercer el derecho a la participación ciudadana en los asuntos públicos y en el gobierno, constituida por un conjunto de acciones vinculadas al seguimiento, evaluación, vigilancia y control, que puede ser activada o ejercida de manera individual o colectiva.

Precisa que tiene como propósito garantizar que la gestión pública se realice de manera eficaz, eficiente, transparente, dentro del marco jurídico, libre de desviaciones o abuso de poder, que a su vez permita accionar las medidas cautelares, promover las correcciones y reorientaciones necesarias.

Se señala además que la Contraloría Social bajo el enfoque del ideario bolivariano, queda expresada como un deber y un derecho de todo ciudadano y en la obligación de rendición de cuentas públicas por parte de los funcionarios públicos. “Los cuales se concretan a través de la vigilancia y el control expresado mediante la activación de los mecanismos propiamente de control, es decir de denuncias”.

Fuente:
http://www.asambleanacional.gob.ve/index.php?option=com_content&task=view&id=24823&Itemid=27

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