Consejo Federal de Gobierno, instancia para fortalecer el Poder Popular.

El Universal con fecha 7 de mayo de 2010, registraba una declaración del diputado y miembro del Buró Político del PSUV Lara, Luis Jonás Reyes Flores, quien justificaba la solicitud que el Gobernador de Lara Henry Falcón interpuso ante el TSJ para impugnar la Ley que crea el Consejo Federal de Gobierno, señalando que la acción se produce porque Falcón le tiene miedo a esta instancia recién creada.

Igualmente dijo que con la Ley del Consejo Federal de Gobierno es la comunidad la que decide, sin alcabalas, sin intermediarios. Aclaró el diputado larense en la nota de prensa, que la Gobernación mantendrá su presupuesto del situado constitucional, el cual no se verá afectado, por lo que no entiende el miedo a una instancia que no toma decisiones paralelas como se ha pretendido hacer ver. Anunció que el martes se instalará oficialmente el Consejo Federal de Gobierno en Lara, cuya vocera oficial es la actual alcaldesa Amalia Sáez, reunión a la cual ha sido invitado el gobernador Henri Falcón.

La preocupación sobre el alcance de esta Ley la debemos tener todos aquellos venezolanos que en el cumplimiento de nuestro deber cívico, somos respetuosos de la Constitución Nacional, pues nos encontramos ante otra figura que viene a servir de instrumento para construir ese llamado estado nuevo o socialismo del siglo XXI, contradiciendo así a la propia constitución y el rechazo que el pueblo soberano dio al proyecto de reforma Constitucional que el presidente Chávez propuso en el año 2007.

El Presidente Chávez, para el 21 de febrero de 2010, en su columna Las Líneas de Chávez, al hacer referencia a la Ley Orgánica del Consejo Federal de Gobierno, nos señalaba:

“Con esta ley debemos comenzar –en serio y real– el desmontaje de todo el corroído andamiaje colonial sobre el cual se levanta una organización territorial con la que se pretendió hacer trizas la unidad nacional”.

La nota de prensa publicada el 20 de febrero de 2010 en el portal web de VTV, señalaba que el Presidente Chávez llamaba al pueblo a organizarse y prepararse para la transferencia y redistribución de los ámbitos del poder popular, y que con la Ley del Consejo Federal de Gobierno, se logra un instrumento legal clave para el desarrollo del Poder Popular y el desarrollo equitativo de las diferentes regiones para ampliar las prerrogativas de los Consejos Comunales.

El Consejo Federal de Gobierno planteado como quedó diseñado, se aleja del concepto de descentralización político administrativo que operó en el país desde 1988, además, hace que los gobernadores, alcaldes y comunidad en general, realmente no tengan un poder real sobre los recursos que anteriormente era FIDES y que ahora le llaman Fondo Compensación Interterritorial, y esta realidad se desprende claramente cuando analizamos las competencias de la Plenaria y de la Secretaria del Consejo Federal de Gobierno y en base a ese análisis nos preguntamos: ¿Quién maneja los recursos?, ¿Quién propone los lineamientos para su aprobación?, ¿Si la mayoría decide en Plenaria, cómo quedó integrado ese Consejo Federal de Gobierno?.

Veamos la estructura y sus funciones:

El Consejo Federal de Gobierno tiene 2 instancias:

La Plenaria: órgano que reúne a todos los miembros del Consejo Federal de Gobierno, aquí participan todos los gobernadores y 1 alcalde por cada estado, elegido según el artículo 12 cuando a tal efecto convoque el Presidente del Consejo Federal de Gobierno, por un período de 1 año y con posibilidad de ser seleccionado para el siguiente período.

En esta instancia además se menciona que participaran los ministros, por la redacción pareciera que pueden ser todos los ministros o sólo los dos que integran la secretaría del Consejo.

Además de estas autoridades elegidas por el pueblo y las designadas por el Presidente de la República como parte de su gabinete ejecutivo, en esta instancia participa el Poder Popular, con voceros o voceras de las organizaciones de base del poder popular, pero, esta selección se hará según se determine en el Reglamento de esta Ley.

La Secretaria: integra por el Vicepresidente de la República, quien preside el Consejo Federal, 1 ministro, 3 gobernadores y 3 alcaldes, estos últimos por períodos de 1 año, quienes constituyen el órgano de administración y ejecución de este Consejo.

Veamos las competencias:

Competencias de la Plenaria:
El artículo 14 señala las competencias de éste órgano, que las agrupo de la siguiente manera:

.-De transferencia de competencias:
1.- Proponer al Presidente de la República las transferencias de competencias y servicios a los Poderes Públicos Territoriales y a las organizacones de base del Poder Popular.

.- De una nueva geometría del poder:
1.- Proponer al Presidente de la República las modificaciones para obtener la eficiencia necesaria en la organización político-territorial de los estados.
2.- Proponer al Presidente de la Repúlica la creación de los Distritos Motores de Desarrollo.

.- De su funcionamiento interno:
1.- Aprobar su reglamento interno.
2.- Aprobar su proyecto de presupuesto y tramitarlo de conformidad con la ley que regula la materia.

3.- Aprobar su informe de Gestión anual.
4.- Estudiar las propuestas de la Secretaría relativas a los cálculos a las distintas áreas de inversión.

Competencias de la Secretaría:
El artículo 20 de la LOCFG establece las competencias que las agrupo de la siguiente manera:

.- De la Gestión:
1.- Elaborar y ejecutar los planes dirigidos a la realización de los objetivos y fines del Consejo Federal de Gobierno en el marco del Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación.
2.- Suscribir los actos de Plenaria y de la Secretaría del Consejo, ordernar su publicación cuando sea el caso.
3.- Elaborar orden del día para las sesiones de la Plenaria.
4.- Elaborar, suscribir y archivar los actos de la Plenaria.
5.- Crear, modificar y surpimir servicios relativos al funcionamiento del Consejo Federal de Gobierno.
6.- Examinar propuestas que deban ser presentadas a la Plenaria.
7.- Crear los organismos técnicos que sean necesarios para su gestión.
8.- Establecer las sedes de las distintas oficinas regionales en las cuales podrá operar el Consejo Federal de Gobierno.
9.- Elaborar y proponer a la Plenaria el proyecto de presupuesto anual del Consejo Federal de Gobierno.

.- De los recursos financieros.
1.- Dirigir, supervisar, evaluar y controlar la administración del Fondo de Compensación Interterritorial (FCI).
2.- Definir y proponer a la Plenaria las áreas de inversión de los recursos del FCI.
3.- Elaborar el proyecto de informe de gestión de los recursos del FCI y presentarlo en plenaria.
4.- Elaborar y evaluar los cálculos para las distintas áreas de inversión.
5.- Elaborar y evaluar los sistemas de indicadores e índice de desequilibrio territorial y de efectividad, eficiencia y eficacia de la ejecución de los recursos destinados a la compensación territorial y al desarrollo de las entidades territoriales.
6.- Distribuir los fondos y otros recursos destinados al desarrollo territorial equilibrado, de acuerdo a lo aprobado por la Plenaria.

.- De planificación.
1.- Elaborar el proyecto y los lineamientos generales del Plan de Desarrollo Regional, de acuerdo a los lineamientos del Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación, para someterlo a consideración del Presidente en Consejo de Ministro.

.- De capacitación.
1.- Capacitar a las organizaciones de base del Poder Popular en las competencias que estén en condiciones de asumir a través de programas formativos que serán cofinanciados por los estados y municipios.

En conclusión:Si comparan las competencias de cada una de las instancias podrán concluir que la Secretaría tiene mayor capacidad de decisión y de conducción del Consejo Federal de Gobierno. Y si analizan la integración de esa Secretaría es bien curioso que primero no hay representación del Poder Popular, es decir de los ciudadanos y en segundo lugar sólo 3 gobernadores y 3 alcaldes, que son previamente elegidos en la Plenaria, por lo que el manejo real del Consejo Federal de Gobierno queda en pocas manos centralizado.

Fuentes:

http://www.eluniversal.com/2010/05/07/pol_art_falcon-le-teme-al-c_1890882.shtml


Carlos Romero.

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