Venezuela referencia en el nuevo constitucionalismo latinoamericano, dice Francisco Carrasquero, magistrado TSJ.

Prensa del TSJ recoge la participación del magistrado Francisco Carrasquero López, magistrado del Tribunal Supremo y vicepresidente de la Sala Constitucional, en la segunda jornada del Congreso Internacional por los 10 años de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y allí se destacan las siguientes afirmaciónes de éste magistrado:

La Constitución referencia en latinoamérica.

-"La Carta Magna venezolana se enmarca en el nuevo constitucionalismo que está en boga actualmente en Latinoamérica, el cual está dejando a un lado toda la megaestructura jurídica establecida en las leyes de la democracia representativa."

-“Nosotros como intérpretes constitucionales vemos cómo nuestra Constitución es una Constitución enmarcada dentro del nuevo constitucionalismo, y desde este punto de vista, mediante la protección de los derechos fundamentales y la satisfacción y las necesidades del pueblo, vemos que es una Constitución protagónica, que le da participación al pueblo en las decisiones a nivel, no sólo gubernamental, sino por intermedio de las organizaciones civiles, como por ejemplo los consejos comunales; de tal manera, que ese es el aspecto fundamental del nuevo constitucionalismo latinoamericano, que encabeza Venezuela, Ecuador ahora con su nueva Constitución y Bolivia, etc.

La Constitución tienen normas qeu nos eternas.


-“La Constitución y su contenido de cláusulas no son cláusulas eternas, o de eternidad como dicen los autores del Derecho, o que son cláusulas inamovibles, inmodificables. En el nuevo constitucionalismo eso no es posible; toda la nueva Constitución está llena de Derecho, incluso, la parte dogmática. Si hay alguna norma de eternidad, sería sólo la referente a los derechos fundamentales, como por ejemplo, la libertad, pero lo que es la política, lo que es el mercado y con la lógica del mercado, el poder económico, todo eso puede ser modificado, incluso desde ese punto de vista, es uno de los fundamentos del nuevo constitucionalismo”.

Sobre la Separación de Poderes.


-"En el nuevo constitucionalismo se plantea que la división de Poderes debe verse como un sistema de colaboración sin perder por supuesto la autonomía y las competencias de las atribuciones de cada Poder.

“Nuestra Constitución establece las bases para eso, porque ella no establece absolutamente la división de Poderes al estilo del Derecho clásico al estilo del constitucionalismo liberal, porque establece el principio de la colaboración entre Poderes, de manera que el juez constitucional, en este caso, una Sala Constitucional, puede interpretar el verdadero sentido sustancial de la división de Poderes en el sentido opuesto de unicidad y colaboración interconectada, interdependiente de los Poderes, a los fines de alcanzar el objetivo común de bienestar y satisfacción de las necesidades sociales del pueblo, que es un pueblo protagónico porque interviene en la toma de decisiones, que no es como la democracia representativa que se olvida del pueblo y el pueblo no tiene participación”.

La Constituciones son políticas y las salas constitucionales deben tener eso presente.


Afirmó también que la Constitución venezolana es una gran Constitución que está estableciendo la tradición del esencialismo neoliberal al funcionalismo y, en esto juega un papel muy importante la Sala Constitucional, “porque al fin y al cabo, todas las constituciones son políticas y, las Salas Constitucionales no se pueden desprender en el momento de su actividad jurisdiccional y el sentido político que tiene la Constitución a los fines de la satisfacción de esas necesidades”.

“el Parlamento aquí imbricado con el Ejecutivo y con todos los Poderes, debe empezar mediante su actividad legislativa a desmontar toda esa superestructura jurídica que fue creada por las elites de la democracia participativa; sólo así podremos lograr el tránsito de la democracia representativa, al socialismo que profundiza nuestra Constitución y que es precisamente el proceso que estamos llevando a cabo para sacar a Venezuela de esa reminiscencia de democracia representativa y del sistema capitalista (…) las Salas Constitucionales, los Parlamentos, tienen mucha importancia en este papel, para desmontar toda esa megaestructura jurídica en las leyes de la democracia representativa”.

Siguiendo con el hilo de su discurso, indicó que “la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela tiene liderazgo en esto del nuevo constitucionalismo de la democracia constitucional que está en boga actualmente, a pesar de que nació en Europa, ahora quien está llevando la batuta es Latinoamérica.

Fuente: http://www.tsj.gov.ve/informacion/notasdeprensa/notasdeprensa.asp?codigo=7354

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