No desaparecen los Concejales Metropolitanos.

Tres noticias anunciaban la eliminación del Cabildo Metropolitano, veamos:

El Universal, 26 de mayo de 2009, informa:

"La plenaria de la Asamblea Nacional aprobó en primera discusión el proyecto de Ley de Régimen Municipal a dos niveles del Área Metropolitana, el cual, entre otros aspectos, elimina el Cabildo Metropolitano y sustituye por una Comisión Legislativa Metropolitana. No obstante, según informó la Asamblea Nacional en una nota de prensa, los concejales electos hasta el 2012 culminarán sus mandatos, de acuerdo a lo expuesto por el presidente de la Comisión de Participación Ciudadana, Darío Vivas. "
(http://www.eluniversal.com/2009/05/26/ccs_ava_nueva-ley-de-regimen_26A2349459.shtml)

Noticias24.com, 29 de mayo de 2009:

El 29 de mayo del 2009, Noticias 24.com, registra una nota de prensa en la cual el informa que durante la entrevista que realizara el periodista Miguel Ángel Rodríguez al concejal Metropolitano, Alejandro Vivas, éste legislador municipal advirtió que una nueva ley discutida en la Asamblea Nacional prevé “eliminar” el Cabildo Metropolitano.

Vivas, según la nota de prensa, explicó que la Ley de Regímenes Municipal -ya discutida en primera discusión- eliminará el Cabildo Metropolitano para darle paso a una estructura llamada “la Comisión Legislativa”.

(http://www.noticias24.com/actualidad/noticia/51823/advierte-que-la-an-eliminara-el-cabildo-metropolitano/)

asambleanacional.gob.ve, el 26 de mayo informa:

"Se elimina el Cabildo Metropolitano, dando paso a la Comisión Legislativa Metropolitana, sin embargo, los concejales electos hasta el 2012, culminarán sus mandatos, de acuerdo a lo expuesto por el presidente de la Comisión de Participación Ciudadana, diputado Darío Vivas. El Área Metropolitana tendrá facultad de planificación y coordinación en ordenación urbanística, ambiente, mancomunidades y asistencia técnica. "

(http://www.asambleanacional.gob.ve/index.php?option=com_content&task=view&id=22076&Itemid=27)

Y entonces el 1 de octubre de 2009, aparece publicado en Gaceta Oficial la Ley del Régimen Municipal a dos niveles del área metropolitana de Caracas, en la cual el artículo 4 señala que la función legislativa del área metropolitana de Caracas será responsabilidad del Cabildo Metropolitano.

Los artículos 13, 14 y 15 regula la figura del Cabildo Metropolitano, sus competencias las podemos agrupar de la siguiente manera:

Función legisladora:

Dictar ordenanzas sobre materia de competencias del área metropolitana.

Dictar su propio reglamento interno y de debates.

Función Política:

Promover la participación ciudadana.

Función de Control:

Recibir el informe anual del Alcalde.

Control política sobre la gestión del alcalde.

Pronunciarse sobre el proyecto de presupuesto de ingresos y gastos del Area Metropolitana de Caracas presentado por el Alcalde.

Función administrativa:

Aprobar los planes y otros instrumentos de ordenación urbanística.

Aprobar la creación de mancomunicades entre municipios del área metropolitana.

Aprobar o rechazar los contratos que establezca la ley.

Elegir Presidetne y secretario del Cabildo al inicio de la sesión ordinarias.

Aprobar el plan de ordenación urbanística.

¿Qué se había planteado sobre esta figura?

La nota de la Asamblea Nacional, de fecha 26 de mayo de 2009, decía sobre el Cabildo Metropolitano:

"La función legislativa corresponde a la Comisión Legislativa Metropolitana, el cual quedará integrado por los presidentes de los concejos municipales de cada uno de los municipios que integran el área metropolitana, se designará del seno del concejo municipal un concejal o concejala adicional por cada millón de habitantes que residan en el municipio y en caso de una cifra par, se designará otro concejal adicional del municipio con mayor población."
(http://www.asambleanacional.gob.ve/index.php?option=com_content&task=view&id=22076&Itemid=27)

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