La reglas de juego electoral y su cambio.

CNE obvia recomendaciones internacionales.
Enrique Naime, Coordinador de Asuntos Electorales de Copei:
El Universal 01 de junio de 2009.


Las recomendaciones realizadas por el Centro Carter en el año 2006 -a petición del CNE y de la AN- fueron "completamente ignoradas por el Poder Electoral, principalmente en lo que tiene que ver con la legislación sobre la materia y sobre el Registro Electoral".

"Se evidencia que ni al Parlamento ni al Poder Electoral les interesa resguardar los derechos políticos de los venezolanos -sostiene Naime-, lo cual se puede ver en el hecho de que el instrumento legal recomendó hacer otro Registro Electoral y eliminar las morochas, cosa que no se ha hecho".
“Lo que se refiere al Registro no está claro y se ignora el tema de las direcciones de los votantes, elemento que es indispensable para frenar flagelos como las migraciones fraudulentas".
Fuente:
http://www.eluniversal.com/2009/06/01/pol_art_copei-recuerda-que-s_1411204.shtml

Reportaje de El Universal: Hacia un partido hegemónico.
31 de mayo de 2009.

En ese trabajo periodístico firmado por Eugenio Martínez, se recuerda que en la elección de la Asamblea Nacional Constituyente de 1999 ya se demostró cuáles pueden ser los efectos de un sistema mayoritario en Venezuela. En aquella ocasión se votó uninominalmente (por nombre y apellido) por los 127 constituyentistas, estando todos los candidatos asociados al apoyo o al rechazo que otorgaban al presidente Hugo Chávez.
Quienes apoyaron al Presidente obtuvieron, en conjunto, 60% de los votos; no obstante, el sistema mayoritario aplicado a esa elección provocó que se les adjudicaran 95% de las curules.

La Ley Orgánica de Procesos Electorales (LOPE) aprobada en primera discusión en la Asamblea Nacional se incluye un sistema paralelo e independiente (aproximadamente 70% de los cargos serán escogidos por nombre y apellido y 30% por listas cerradas) que implica la instauración definitiva en el país de un sistema que garantiza la sobrerrepresentación de las mayorías aunque la Constitución Nacional garantiza la representación proporcional.
Así como sucedió en la elección de 1999, si se aprueba la LOPE en los términos en que fue redactada por los parlamentarios del PSUV -elegidos en 2005 con una abstención de 75%- la única forma de ser elegido para integrar la Asamblea Nacional, los consejos legislativos de los estados y los concejos municipales será perteneciendo al partido hegemónico, que en este momento es la organización dirigida por el presidente Chávez.
Concluye el reportaje en lo siguiente:
“Si los partidos perjudicados no se agrupan en una nueva organización, Venezuela caerá en un sistema de partido predominante, en donde se permite la existencia de toda clase de organizaciones, pero en la práctica sólo una gobierna mientras electoralmente continúe obteniendo una mayoría simple.”

Fuente:
http://www.eluniversal.com/2009/05/31/pol_art_de-la-representacion_1411044.shtml

Rafael Uzcátegui. Secretario de Organización de Patria Para Todos.
El Universal. 01/06/2006


"se parece a la ley electoral que dejó Augusto Pinochet en Chile".

“En esta ley no hay ningún esfuerzo por profundizar el socialismo".
-Entonces, ¿qué busca?. Pregunta el entrevistador Pedro Pablo Peñaloza.
A lo que responde el Secretario de PPT:
Controlar. Controlar sin ningún propósito ideológico ni revolucionario. Se quiere suplantar el esfuerzo de ganarse al pueblo para la idea del socialismo por la habilidad para ganar elecciones. Hay más preocupación por el control que por el proyecto socialista, razón por la cual desde PPT hemos invocado el socialismo productivo y ético.
El proyecto de partido único de izquierda deviene de un esquema en el cual todo debe estar en sintonía con el líder. Y no se construye un partido para transformar la sociedad ni para que sea la suma de los mejores, sino para controlar y evitar el debate ideológico. El discurso del 15 de diciembre de 2006 (cuando el presidente Hugo Chávez ordenó crear el PSUV) debe estudiarse porque es el discurso de la euforia, y la euforia se parece a las borracheras, donde tú exteriorizas lo que piensas.
Fuente:
http://www.eluniversal.com/2009/06/01/pol_art_esta-ley-electoral_1410743.shtml

Marcos Gómez, ex consultor jurídico del CNE:
El Universal. 31 de mayo de 2009.

Los diputados que avalan el contenido de la Ley Orgánica de Procesos Electorales se basan "en una interpretación descontextualizada y sesgada del artículo 63 constitucional" para decir que en Venezuela no se consagra la representación proporcional de las minorías.
No se trata de una discusión jurídica, legal o constitucional "ya que esto está resuelto en la Constitución; de lo que se trata es de un problema político trascendente porque el país, la sociedad venezolana está polarizada y políticamente profundamente dividida. En consecuencia, los diputados de la Asamblea Nacional deben escoger en-tre reconocer este hecho y facilitar la participación de todos los actores o desechar a todo el que disiente de quienes en la actualidad dirigen el país".
Para Gómez, los diputados del PSUV intentan "garantizarse la mayoría absoluta en la Asamblea Nacional, apelando al artilugio de circuitos cuya mayoría sea integrada por candidatos nominales. En esto reside su objetivo político; por ello rebajan, reducen, disminuyen el número de candidatos electos por lista, es decir, por representación proporcional".

Los residenciados en el exterior no votarían:

El reportaje Eugenio Medina, en un reportaje del 31 de mayo de 2009, destaca que entre las omisiones de la Ley Orgánica de Procesos Electorales (LOPE) destaca el voto de los venezolanos residenciados en el exterior.

En el reportaje se explica que en base al proyecto aprobado en primera discusión los venezolanos que se encuentren fuera del país no existirían como electores. En la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política (instrumento que será sustituido por la LOPE) se establece que las embajadas o misiones consulares deben funcionar como centros de votación de los venezolanos residenciados en el exterior (artículo 90), que los venezolanos que se encuentren fuera del país deben actualizar sus datos en el Registro Electoral ante la representación diplomática o consular para ejercer allí su derecho al voto (artículo 99) o que están exceptuados de realizar el servicio electoral obligatorio los venezolanos que se encuentren fuera del país.
No obstante, la ley aprobada en primera discusión del Parlamento por los diputados del Partido Socialista Unido de Venezuela y de Patria para Todos elimina todas las referencias que puedan existir sobre los derechos electorales de los venezolanos que se encuentren residenciados fuera de Venezuela. Según el último reporte del Registro Electoral, están inscritos para sufragar en las misiones diplomáticas y consulares del país 57 mil venezolanos
Fuente:

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