¿Y dónde están los 25 nuevos textos legales presidenciales?

El anuncio de la promulgación de 25 decretos leyes, fundamentados en la Ley Habilitante, justo cuando el tiempo de vigencia de la misma concluye, es algo que pone el tema de la función legislativa delegada al presidente en la agenda pública, y más cuando hay ciertas situaciones que causan curiosidad, porque generan confusión, y ante la dificultad de conseguir información, que pareciera ser una política de estado, genera grandes incertidumbres en nuestro orden jurídico.

1./ La primera situación está dada porque, curiosamente, Noticiero Digital, anuncia que la Sala Constitucional, el 31 de julio declara que es constitucional el decreto con fuerza, valor y rango de ley orgánica de ordenación y desarrollo del territorio. La página web nos lleva al link donde se publica la sentencia y el mismo es: http://www.tsj.gov.ve/decisiones/scon/Julio/1252-310708-08-0953.htm .

Si esto es así, ¿por qué esta ley en particular no aparece en el listado de leyes publicadas?, porque si se dictó una sentencia como en otros casos, ¿cuál podría ser la razón de que ésta no fuera publicada?, debería decir, por lo menos por ahora no ha sido publicada.

2./ Tomando en consideración, si acaso es útil, el artículo 215 de la Constitución de la República Bolívariana de Venezuela de 1999, reimpresa en el 2000, señala:

La ley quedará promulgada al publicarse con el correspondiente "Cúmplase" en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.

Si acudimos a El Universal, http://politica.eluniversal.com/2008/07/31/gaceta310708.pdf , encontramos unas 80 páginas de la Gaceta Oficial del 31 de julio del 2008 y en ella conseguimos las sentencias que validan la constitucionalidad de los siguientes decretos con fuerza, valor y rango de ley:

-Ley Orgánica de Administración Pública. (Página 30)
-Ley Orgánica de la Fuerza Armada. (Página 38)
-Ley Orgánica de espacios Acuáticos. (Pagina 32)

El contenido de estos y los restantes decretos leyes, no están allí contenidos, con su respectivo "cúmplase", porque deben ser publicados en Gaceta Oficial Extraordinaria, que es la que no se puede conseguir hasta avanzadas horas de la noche a través del internet, por lo que quedamos sin conocer el alcance de esos textos legales que han sido dictados justo cuando termina la vigencia de la habilitante.

Ahora lo que queda es esperar y ver el alcance de los mismos. Interesante esto que sucede en un país donde la participación y el protagonismo de los ciudadanos es un principio que escrito está en todos lados.

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